Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural
También conocida como: RDL 14/2022, RDL 14/22Esta ley incluye ayudas para estudiantes, medidas para ahorrar energía en edificios y comercios, y apoyos económicos al sector del transporte.
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Qué ha cambiado
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- 2 de agosto de 2022Versión original BOE-A-2022-12925
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Modificación la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías
Se modifica la Ley 15/2009 del transporte terrestre de mercancías. Se introduce el artículo 10 bis, se redactan los artículos 13 y 16, y se añade la disposición adicional novena.
Artículo 2 — Modificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
Se modifican los artículos 140, 141 y 143 de la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres, introduciendo nuevos apartados y modificando existentes.
Artículo 3
Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 3/2022, relativo a la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera.
Artículo 4 — Línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes
Ayudas directas de 450M€ para transportistas afectados por precios carburantes. Beneficiarios: autónomos y empresas con autorizaciones VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE o autobuses urbanos, dadas de alta el 15/07/2022. Solicitudes del 4 al 30 de septiembre de 2022 en la Sede electrónica de la AEAT.
Artículo 5 — Línea de ayudas directas a empresas del sector público titulares de autobuses urbanos afectadas por la subida de los precios de los carburantes
Ayudas de 12M€ para empresas públicas de autobuses urbanos. 950€ por bus. Alta en Tráfico al 15/07/2022. Solicitud hasta 30/09/2022 en Sede Electrónica. Excluidas empresas sancionadas por la UE.
Artículo 6 — Línea de ayudas directas a empresas ferroviarias afectadas por la subida de los precios de los carburantes
Ayudas de 1,9M€ a empresas ferroviarias con locomotoras diésel activas. 15€ por locomotora. Plazo solicitud: 30 días. Excluidas empresas sancionadas por la UE.
Artículo 7
Se modifican los apartados 4 del artículo 4, 2 del artículo 5, el artículo 10 y 1 del artículo 11 del Real Decreto-ley 11/2022.
Artículo 8 — Creación de títulos multiviaje y bonificación del 50 % de su precio en determinadas rutas de servicios ferroviarios prestados sobre la red ferroviaria de alta velocidad
Se crean títulos multiviaje con 50% de descuento en trenes AVANT (1 sep-31 dic 2022). Viajes <100 min, sin acuerdos marco ni OSP. Financiación: 3,6M RENFE y 0,1M otros operadores.
Artículo 9 — Medidas en el ámbito del transporte aéreo en situaciones de emergencia de salud pública de importancia internacional
El Comité de Facilitación adapta directrices sanitarias internacionales a España y las recomienda a AESA para aeropuertos. Son recomendaciones. Las comunidades autónomas regulan aeropuertos autonómicos.
Artículo 10 — Obligatoriedad de las directrices operativas
El Ministro de Transportes, con informe de Sanidad, puede hacer obligatorias directrices operativas. El procedimiento es urgente: plazos reducidos a la mitad, sin consulta pública general (solo 7 días de audiencia), y la falta de dictamen no para el trámite. El Comité de Facilitación puede declarar
Artículo 11 — Obligaciones de los gestores aeroportuarios y de las compañías aéreas
Los gestores aeroportuarios y compañías aéreas deben cumplir las directrices obligatorias e informar a los pasajeros sobre medidas preventivas (megafonía, cartelería, etc.). A solicitud de autoridades sanitarias, las aerolíneas facilitarán información a pasajeros para gestionar emergencias de salud.
Artículo 12 — Obligaciones de los pasajeros
Los pasajeros deben colaborar con autoridades y aerolíneas, someterse a controles sanitarios y adoptar medidas preventivas. Según la Ley Orgánica 3/1986, un resultado negativo en controles puede derivar en denegación de acceso al aeropuerto, denegación de embarque o desalojo de la aeronave.
Artículo 13 — Órganos de coordinación y aplicación de las Directrices Operativas adaptadas
El Comité de Facilitación coordina a los actores implicados en directrices operativas y recomendaciones equivalentes, determinando la reciprocidad y elaborando guías. La AESA desarrolla y coordina los aspectos prácticos de aplicación de estas directrices y recomendaciones internacionales equivalent.
Artículo 14 — Medidas para facilitar la ejecución del Reglamento (UE) 2017/2226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017, en la red de aeropuertos de interés general de Aena SME, SA
Aena debe facilitar infraestructuras y recursos al Ministerio del Interior para el Sistema de Entradas y Salidas (SES). Los datos son exclusivos del Ministerio; Aena no los almacena. Aena recupera gastos de operación y mantenimiento vía DORA, supervisados por la CNMC, incluyendo inversiones en la BA
Artículo 15
Se modifica el artículo 6 del Real Decreto-ley 3/2022 sobre revisión excepcional de precios en contratos de obras.
Artículo 16 — Compensación de costes al gestor de los aeropuertos de interés general
Los costes adicionales por inflación en inversiones aeroportuarias 2022-2026 no afectan al límite de inversión. Se incluirán en la Base de Activos Regulada para 2027-2031.
Artículo 17 — Tripulantes ucranianos
Los tripulantes ucranianos se consideran nacionales del EEE. La medida dura hasta el fin de la protección temporal. Las autorizaciones se extienden hasta el fin del contrato, con un máximo de 6 meses tras su finalización.
Artículo 18 — Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre
Se añade la disposición adicional trigésima sexta al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto Legislativo 2/2011).
Artículo 19 — Ayudas de Estado complementarias a empresas armadoras de buques pesqueros
El MAPA concede ayudas complementarias a armadores pesqueros que superaron el límite de 35.000 euros, alcanzando un máximo de 75.000 euros. Se publicará una lista para rechazar o alegar en 5 días. El pago es de oficio tras comprobar obligaciones tributarias.
Artículo 20 — Objeto
Se establece una cuantía complementaria de 100 euros mensuales durante cuatro meses (septiembre a diciembre de 2022) para beneficiarios de becas y ayudas del curso 2022-2023, destinada a reforzar la igualdad de oportunidades.
Artículo 21 — Nueva cuantía complementaria para las becas en las enseñanzas postobligatorias
Los beneficiarios de becas postobligatorias del curso 2022-2023 tienen derecho a 100 euros mensuales adicionales durante cuatro meses (septiembre a diciembre de 2022). Esta cuantía es compatible con las restantes ayudas de la convocatoria.
Artículo 22 — Nueva cuantía complementaria para las ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Los beneficiarios de ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo del curso 2022-2023 reciben 100 euros mensuales adicionales durante cuatro meses (septiembre a diciembre de 2022), compatibles con otras ayudas.
Artículo 23 — Edad necesaria para acceder a las cuantías complementarias
Para acceder a las cuantías complementarias, los beneficiarios deben tener 16 años cumplidos a 31 de diciembre de 2022.
Artículo 24 — Procedimiento
No se requiere trámite adicional para recibir la cuantía complementaria. El Ministerio de Educación y las Administraciones educativas gestionan la solicitud de oficio y abonan la cantidad.
Artículo 25 — Abono de la cuantía complementaria a las personas beneficiarias
El pago se realiza en cuatro abonos mensuales entre septiembre y diciembre de 2022. Se abona 100 euros mensuales por adelantado a beneficiarios anteriores, regularizándose tras la resolución.
Artículo 26 — Financiación de la cuantía complementaria
Se modifican las cuantías establecidas en el artículo segundo de la Convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2022-2023 para estudiantes postobligatorios.
Artículo 27 — Modificación de la normativa reglamentaria
Se modifican el Real Decreto 1721/2007, el Real Decreto 154/2022 y las convocatorias de becas y ayudas de 2022-2023. La cuantía complementaria se integra prioritariamente en los créditos.
Artículo 28 — Carácter supletorio de las Convocatorias
Las convocatorias de becas generales y ayudas para alumnos con necesidades educativas específicas del curso 2022-2023 tienen carácter supletorio respecto a lo no regulado en este título del real decreto-ley.
Artículo 29 — Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización
Temperatura máxima 19°C (calefacción) y mínima 27°C (refrigeración). Se exige información en carteles, cierre automático de puertas y alumbrado apagado tras las 22h. Inspecciones energéticas pendientes se adelantan al 1 de diciembre de 2022.
Artículo 30 — Actuaciones por parte de las administraciones públicas
Hasta el 31/12/2022, las administraciones pueden usar procedimiento negociado sin publicidad para mejoras energéticas (rehabilitación, alumbrado, renovables, climatización). Plazo mínimo 10 días. Ejecución en 1 mes. Requiere memoria justificativa.
Artículo 31 — Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica
Se modifica el Real Decreto 244/2019 sobre autoconsumo eléctrico. Se cambia el artículo 8.5 y se introduce el nuevo artículo 16-bis.
Artículo 32 — Modificación del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica
Se modifica el Real Decreto 1955/2000 sobre instalaciones eléctricas. Se añaden párrafos a los artículos 115.1 y 115.2, se modifica el 127.6 y se añade frase al anexo II.
Artículo 33 — Incorporación de almacenamiento en instalaciones con régimen retributivo específico
Se modifica el Real Decreto 413/2014 sobre producción de energía renovable. Se redacta el artículo 4.1.c) y se añade el apartado n) al artículo 49.1.
Artículo 34 — Tramitación de las modificaciones de instalaciones de la red de transporte o distribución del sistema gasista para adaptarlas a la inyección de gases renovables
Las modificaciones de la red gasista para inyección de gases renovables (sin nuevas válvulas) se tramitan como no alteración técnica básica. La solicitud la hace el titular ante la comunidad autónoma o Estado.
Disposición adicional primera
Se tramitarán las modificaciones presupuestarias necesarias para aplicar el título IV del real decreto-ley, conforme a la Ley General Presupuestaria.
Disposición adicional segunda — Aportaciones al Sector Eléctrico en el presupuesto de 2022
Se autoriza el libramiento de 1.360 millones de euros a la CNMC para financiar costes del sector eléctrico en 2022, sin aplicar el procedimiento habitual de la Ley 15/2012.
Disposición transitoria primera — Vigencia y naturaleza de la actualización de las Directrices ya operativas adoptadas
Las Directrices operativas COVID-19 para aviación siguen vigentes como recomendaciones hasta su modificación.
Disposición transitoria segunda — Aplicación de la nueva redacción de los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo
La nueva redacción de los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 3/2022 aplica a reclamaciones pendientes de resolución.
Disposición derogatoria única — Derogaciones normativas
Se deroga el capítulo II del Real Decreto-ley 26/2020. También se eliminan referencias en la Ley 14/2000 sobre autorizaciones de mantenimiento aeronáutico, certificación de aeronavegabilidad, modificaciones en aeronaves y certificación de tipo.
Disposición final primera — Modificación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania
Se modifica el artículo 25 del Real Decreto-ley 6/2022, con efectos desde el 1 de abril de 2022, para ajustar medidas urgentes en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Disposición final segunda — Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea
Se modifican los artículos 20, 21, 29 y 130, y el apartado 4 de la disposición adicional única de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea. Se adiciona un nuevo apartado 4 bis y un apartado 6 a la disposición adicional única de dicha ley.
Disposición final tercera — Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
La disposición adicional decimonovena de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, queda redactada en los términos establecidos en este real decreto-ley.
Disposición final cuarta
Se modifica el punto 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2017 sobre resolución alternativa de litigios (ADR) en materia de consumo.
Disposición final quinta — Modificación del Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías, con origen o destino en las Illes Balears
Se modifica la disposición adicional primera del Real Decreto 1034/1999 sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Illes Balears.
Disposición final sexta — Modificación de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario
Se añade un nuevo apartado 6 bis al artículo 4 de la Ley 38/2015 del sector ferroviario.
Disposición final séptima — Modificación de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
Se añade un nuevo apartado tres a la disposición adicional centésima trigésima quinta de la Ley 11/2020 sobre liquidación de situaciones pendientes de justiprecio y aprovechamientos urbanísticos en autopistas.
Disposición final octava — Plazas de la Escala Superior de Especialistas en Transporte, Infraestructuras y Seguridad de los Organismos Autónomos y las Agencias Estatales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Se autorizan 48 plazas de turno libre (2 para discapacidad) y 17 de promoción interna en la Escala Superior de Especialistas del Ministerio de Transportes, desglosadas por especialidades.
Disposición final novena
Se modifica el artículo 7 del Real Decreto-ley 3/2022 sobre revisión excepcional de precios en transporte de mercancías.
Disposición final décima — Modificación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad
Modifica el RDL 13/2022 sobre autónomos. Ajusta cotización y protección por cese de actividad. Cambia reglas de la Ley General de la Seguridad Social (art. 308, 330, disp. adic. 48 y 49). Modifica Ley 20/2007 (art. 38 ter) y RDL 2064/1995.
Disposición final decimoprimera — Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos
Se modifica la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos. Se redacta de nuevo la letra d) del apartado 2 del artículo 55 y se añade un nuevo apartado 4 al artículo 56.
Disposición final decimosegunda
Se añade un nuevo artículo 12 bis al Real Decreto 1434/2002, que regula las actividades de transporte, distribución y suministro de gas natural.
Disposición final decimotercera — Salvaguardia del rango de disposiciones reglamentarias
Se mantiene el rango de real decreto de la disposición adicional primera del Real Decreto 1034/1999 sobre compensación al transporte marítimo y aéreo. Las normas modificadas por los títulos IV y V y la disposición final decimosegunda podrán ser modificadas por normas reglamentarias del mismo rango.
Disposición final decimocuarta — Título competencial
El Real Decreto-ley 14/2022 se basa en competencias estatales exclusivas de la Constitución (arts. 149.1) sobre mercantil, transporte, sanidad, educación, energía y Seguridad Social, detallando el amparo legal de cada artículo y disposición final.
Disposición final decimoquinta — Habilitación para el desarrollo reglamentario
El Gobierno desarrolla este real decreto-ley. El Ministerio de Transportes desarrolla los artículos 9 a 13. El Ministerio para la Transición Ecológica desarrolla la ejecución. Hacienda, Educación y Universidades desarrollan el título IV. Las disposiciones conjuntas se dictan mediante orden del Presi
Disposición final decimosexta — Límites a la subcontratación del transporte de mercancías por carretera
El Gobierno presentará a las Cortes Generales, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor, un proyecto de ley para revisar el régimen de subcontratación del transporte de mercancías por carretera, evaluando la efectividad de las medidas implantadas.
Disposición final decimoséptima — Entrada en vigor
El real decreto-ley entra en vigor el día de su publicación. Excepcionalmente: arts. 29.1 y 4 a los 7 días (vigencia hasta 1 nov 2023); art. 29.2 tras un mes (vigencia hasta 1 nov 2023); art. 29.3 antes del 30 sept 2022; disposición final décima el 1 enero 2023.
Información general
Temas
Notas oficiales
Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 17, el 2 de agosto de 2022.
Las modificaciones del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, de la Ley 20/2007, de 11 de julio y del Real Decreto 2064/1995, de 1 de enero, se establecen por estar modificadas por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
Leyes en las que se basa
- los arts. 20, 21, 29, 130 y la disposición adicional única de la Ley 48/1960, de 21 de julio BOE-A-1960-10905
- los arts. 140, 141, 143 y la disposición adicional 13 de la Ley 16/1987, de 30 de julio BOE-A-1987-17803
- con efectos desde el 1 de enero de 2023, los arts. 44.3.e) y 46.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2064/1995, de 1 de enero BOE-A-1996-1579
- los arts. 55.2.d) y 56 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre BOE-A-1998-23284
- la disposición adicional 1 del Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio BOE-A-1999-14614
- los arts. 115.1 y 2, 127.6 y anexo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre BOE-A-2000-24019
- lo indicado del anexo II de la disposición adicional 29 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre BOE-A-2000-24357
- el art. 12 bis al Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre BOE-A-2002-25421
- la disposición adicional 19 de la Ley 21/2003, de 7 de julio BOE-A-2003-13616
- con efectos desde el 1 de enero de 2023, los arts. 38, 38 bis y 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio BOE-A-2007-13409
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio BOE-A-2007-15820
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre BOE-A-2008-18634
- lo indicado del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre BOE-A-2008-821
- los arts. 13, 16 y AÑADE el 10 bis, la disposición adicional 9 a la Ley 15/2009, de 11 de noviembre BOE-A-2009-18004
- la disposición adicional 36 a la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre BOE-A-2011-16467
- los arts. 4.1.c) y 49.1 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio BOE-A-2014-6123
- el art. 4 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre BOE-A-2015-10440
- con efectos desde el 1 de enero de 2023, los arts. 308, 330, 342 y las disposiciones adicionales 48, 49 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11724
- la disposición adicional 2.3 de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre BOE-A-2017-12659
- el art. 8.5 y AÑADE el 16 bis al Real Decreto 244/2019, de 5 de abril BOE-A-2019-5089
- la disposición adicional 135 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre BOE-A-2020-17339
- el capítulo II del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio BOE-A-2020-7432
- los arts. 4.4, 5.2, 10 y 11.1 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio BOE-A-2022-10557
- con efectos desde el 1 de enero de 2023, los arts. 1, 3, 5 y la disposición transitoria 5 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio BOE-A-2022-12482
- lo indicado del Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero BOE-A-2022-2852
- los arts. 6, 7 y la disposición adicional 1.2 del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo BOE-A-2022-3290
- con efectos desde el 1 de abril de 2022, el art. 25.2 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo BOE-A-2022-4972
Leyes que la modifican
- por Resolución de 25 de agosto de 2022 BOE-A-2022-14221
- 7079/2022, promovido contra los arts. 1.1 y 4; 2.1; 10 y 29.1 y 4 BOE-A-2022-20550
- el art. 2.5 y SE PRORROGA, hasta el 30 de junio de 2023, lo indicado del art. 30, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre BOE-A-2022-22685
- en el Recurso 6309/2022, la pérdida sobrevenida del objeto en relación a los apartados 1, 2, 4 y 5 del art. 29 y la desestimación en todo lo demás, por Sentencia 20/2024, de 31 de enero BOE-A-2024-3942
- en el Recurso 7079/2022, el desistimiento parcial en relación con lo indicado de los arts. 1 y 2, la pérdida sobrevenida del objeto en relación con el art. 29.1 y 4 y la desestimación en todo lo demás, por Sentencia 4/2026, de 14 de enero BOE-A-2026-3478
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