Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España
También conocida como: RDL 20/2018, RDL 20/18Esta ley establece medidas para mejorar la industria y el comercio, regulando instalaciones técnicas, el sector eléctrico y aspectos de jubilación.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (19 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre
Jubilación parcial con relevo antes del 1/1/2023: 6 años antigüedad, >70% contratos indefinidos, reducción 25-67% (80% si relevo indefinido), base relevista >=65% jubilado, 33 años cotización (25 si discapacidad >=33%).
Artículo 2 — Modificación de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria
Sanciones industria: leves hasta 60.000€, graves hasta 6M€, muy graves hasta 100M€. Se consideran daño, beneficio, capacidad económica, reincidencia, etc. En graves/muy graves, pérdida de subvenciones y prohibición contratar con Administraciones (2-5 años).
Artículo 3 — Redes de distribución de energía eléctrica cerrada
El Gobierno desarrolla en 6 meses las redes eléctricas cerradas para industria. Requieren autorización de la Dirección General de Política Energética y Minas, previo informe de la CNMC. La autorización se revoca si no se cumplen requisitos.
Artículo 4 — Estatuto de Consumidores Electrointensivos
El Gobierno aprueba en 6 meses el Estatuto de Consumidores Electrointensivos. Define características por consumo y potencia, y mecanismos para mitigar costes energéticos, con obligaciones en eficiencia energética e I+D+i.
Artículo 5 — Obligaciones de los beneficiarios de ayudas a la industria electrointensiva
Los beneficiarios de ayudas a la industria electrointensiva deben mantener la actividad durante 3 años. Se considera incumplimiento si se reduce la producción o plantilla en más del 85%. El incumplimiento causa reintegro de las ayudas, salvo excepciones reglamentarias.
Artículo 6 — Modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
Se modifican normas de comercio minorista: prohíbe ventas con pérdida desleales (inducir a error, desacreditar competidores). Regula franquicias exigiendo información 20 días antes. Define ventas a distancia según normativa de consumidores.
Disposición transitoria primera — Expedientes en curso de ayudas
El artículo 5 se aplica a los procedimientos de concesión de ayudas en tramitación donde no se haya dictado resolución de concesión al entrar en vigor el real decreto-ley.
Disposición transitoria segunda — Condiciones para las instalaciones que contengan refrigerantes del grupo A2L
Instalaciones con refrigerantes A2L: compactos <1,5m1 exentos; no compactos <1,5m1 requieren nivel 1 y docs; titulares exentos de seguro si cumplen límites UNE-EN 378-1:2017; instalaciones ≤100kW nivel 1; ≥1,5m1 ≤100kW requieren comunicación a CC.AA. con memoria, análisis riesgo, certificados y mant
Disposición transitoria tercera — Instalaciones de cogeneración que utilicen combustibles renovables o gas natural que han agotado su vida útil regulatoria
Las instalaciones de cogeneración con renovables o gas natural que superen su vida útil regulatoria tras el 1/1/2018 percibirán retribución por operación durante 2 años desde la entrada en vigor del real decreto-ley, manteniendo la eficiencia energética.
Disposición transitoria cuarta — Convocatoria del Programa de Becas ICEX de Internacionalización para el año 2019
La convocatoria de becas ICEX 2019 se adapta a la Ley 38/2003 de Subvenciones. La normativa reguladora de estas becas se ajustará a dicha ley para que las subvenciones sean de aplicación a las becas convocadas en 2020.
Disposición adicional primera — Información no financiera de las empresas con trabajadores acogidos a la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo
Las empresas con trabajadores en jubilación parcial con contrato de relevo deben incluir en su informe de gestión las medidas adoptadas para la transición justa hacia una economía descarbonizada.
Disposición adicional segunda — Evaluación de las medidas establecidas en el real decreto-ley
Transcurridos 5 años desde la entrada en vigor, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo evaluará las medidas del real decreto-ley, siguiendo criterios del Real Decreto 286/2017.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan el artículo 65.1.r) de la Ley 7/1996, el Real Decreto 225/2006 sobre ventas a distancia, y partes del Real Decreto 201/2010 sobre franquicias. También se derogan disposiciones de igual o inferior rango contrarias.
Disposición final primera — Modificación de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria
Se modifica la Ley 12/2013 para establecer el régimen de control de la Administración General del Estado que comprueba el cumplimiento de la ley.
Disposición final segunda — Modificación de la Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria
Se suprime la disposición transitoria única de la Ley 28/2015. Se añade una disposición adicional quinta: las infracciones en calidad alimentaria se regulan por cada comunidad autónoma.
Disposición final tercera — Incorporación de derecho de la Unión Europea
Se incorpora al derecho español el artículo 28 de la Directiva 2009/72/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad.
Disposición final cuarta — Título competencial
Se dicta amparado en los artículos 149.1.6.ª, 7.ª, 8.ª, 13.ª, 17.ª y 25.ª de la Constitución, que atribuyen competencias al Estado en materia mercantil, laboral, civil, económica, Seguridad Social y energética.
Disposición final quinta — Desarrollo y ejecución
Se habilita al Gobierno para aprobar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en este real decreto-ley.
Disposición final sexta — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 34 y 35 de la Ley 21/1992, de 16 de julio BOE-A-1992-17363
- el art. 65.1.r) y MODIFICA los arts. 14, 38, 62 y 65 de la de la Ley 7/1996, de 15 de enero BOE-A-1996-1072
- el Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero BOE-A-2006-5375
- el capítulo III y las disposiciones adicionales 1 y 2 y transitorias 1 y 2 del Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero BOE-A-2010-4175
- la disposición adicional 1.6.e) de la Ley 12/2013, de 2 de agosto BOE-A-2013-8554
- la disposición transitoria 4 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11724
- la disposición transitoria única y AÑADE la adicional 5 a la Ley 28/2015, de 30 de julio BOE-A-2015-8563
- parcialmente la Directiva 2009/72/CE, de 13 de julio DOUE-L-2009-81467
Leyes que la modifican
- por Resolución de 20 de diciembre de 2018 BOE-A-2018-17993
- el art. 4 y se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos: Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre BOE-A-2020-16350
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