Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía
También conocida como: RDL 18/2022, RDL 18/22Medidas para bajar la factura de luz y gas, ayudas por sequía para trabajadores del campo y subida de sueldo para empleados públicos.
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Qué ha cambiado
6 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 27 de junio de 2024Reforma BOE-A-2024-12944Ver qué cambió →
- 12 de enero de 2024Reforma BOE-A-2024-664Ver qué cambió →
- 28 de diciembre de 2023Reforma BOE-A-2023-26452Ver qué cambió →
- 20 de diciembre de 2023Reforma BOE-A-2023-25759Ver qué cambió →
- 12 de mayo de 2023Reforma BOE-A-2023-11187Ver qué cambió →
- 28 de diciembre de 2022Reforma BOE-A-2022-22685Ver qué cambió →
- 19 de octubre de 2022Versión original BOE-A-2022-17040
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Modificación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania
Se modifica la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 6/2022 sobre medidas urgentes por la guerra en Ucrania, con nueva redacción.
Artículo 2 — Nueva tarifa de último recurso de gas natural aplicable temporalmente a las comunidades de propietarios de hogares
Hasta el 31/12/2023, comunidades con >50.000 kWh acceden a tarifa gas. Requieren pago al día, contadores individuales (o inviabilidad) e inspección energética positiva. La solicitud la presenta el presidente o empresa energética ante la comercializadora de último recurso. El ahorro en gas se trasla
Artículo 3 — Incremento de la cuantía de la ayuda mínima por beneficiario del bono social térmico
Se modifica la metodología para calcular la ayuda del Bono Social Térmico, incrementando su cuantía mínima por beneficiario, según el Real Decreto-ley 15/2018.
Artículo 4 — Refuerzo presupuestario para el Bono Social Térmico 2022
Se aprueba un suplemento de crédito de 225 millones de euros para financiar el incremento de precios de la energía en el Bono Social Térmico 2022.
Artículo 5 — Refuerzo de la protección a los consumidores en materia de rescisiones y resoluciones de contratos de suministro de gas natural
Se modifican los artículos 38 y 40 del Real Decreto 1434/2002 para reforzar la protección de los consumidores ante rescisiones de contratos de suministro de gas natural.
Artículo 6 — Ampliación del ámbito subjetivo y el alcance temporal de las medidas de flexibilización de contratos de suministro de gas natural
Se amplía el ámbito subjetivo y temporal de las medidas de flexibilización de contratos de suministro de gas natural, modificando la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 6/2022.
Artículo 7 — Flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica
Hasta el 31/12/2023, autónomos y empresas pueden cambiar potencias eléctricas. Las modificaciones se realizan en 5 días sin coste (salvo excepciones). Se destina un crédito de 187,4 M€ a la CNMC para financiar esta medida.
Artículo 8 — Mejora de la información disponible para el consumidor de gas natural en materia de consumo energético y elección de comercializadora
Se añaden dos letras m) y n) al apartado 2 del artículo 53 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, para mejorar la información del consumidor de gas natural.
Artículo 9 — Información sobre el consumo medio de energía eléctrica en la factura.
Las comercializadoras incluirán en facturas de potencia ≤15 kW el consumo medio por código postal. La CNMC establece el fichero de intercambio en menos de un mes.
Artículo 10 — Aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares trabajadores con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética
Hogares con renta entre 1,5 y 2 veces el IPREM (ajustado por miembros) obtienen bono social eléctrico (-40% PVPC) hasta el 31/12/2023. Extingue al dejar de cumplir requisitos o por fecha límite. No acumula bono térmico.
Artículo 11 — Nuevo incremento de los porcentajes de descuento del bono social eléctrico
Se modifican los porcentajes de descuento del bono social eléctrico, alterando el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2021.
Artículo 12 — Incremento de los límites máximos de consumo sujetos al descuento en factura del bono social eléctrico
Se incrementan los límites máximos de consumo sujetos al descuento en la factura del bono social eléctrico.
Artículo 13 — Declaración de utilidad pública de las líneas directas de conexión de plantas de producción de gases renovables con la red de transporte y distribución de gas natural
Se declara utilidad pública la conexión de plantas de gases renovables a la red de gas. Se modifican los artículos 78 de la Ley 34/1998 y los 92 y 93 del Real Decreto 1434/2002.
Artículo 14 — Despliegue de contadores inteligentes de gas natural
Se implantan contadores inteligentes de gas para clientes con consumo ≤50.000 kWh. La CNMC fija un precio transitorio de alquiler en 3 meses. La diferencia de precio se añade a la retribución de distribuidoras.
Artículo 15 — Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica
Se modifica el Real Decreto 244/2019 sobre autoconsumo eléctrico, añadiendo párrafos al artículo 3, apartado 7 del artículo 4 y apartado 4 de la disposición adicional segunda.
Artículo 16 — Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
Se modifica la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico añadiendo un párrafo al artículo 42.1 y modificando el primer párrafo del artículo 53.3.
Artículo 17 — Utilización temporal de la capacidad reservada en los nudos de concurso
El operador del sistema puede otorgar permisos de inyección excepcional en nudos reservados o transición justa. El gestor analiza requisitos en 2 meses. Caducan si se resuelve el concurso o incumplen requisitos técnicos.
Artículo 18 — Modificación del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
Se modifica el Real Decreto 1183/2020 sobre acceso a redes eléctricas: se cambia el art. 18.3, se añade el art. 20.11 y la disposición adicional séptima.
Artículo 19 — Exención de autorizaciones a instalaciones de pequeña potencia
Se añade un apartado 5 al artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, eximiendo de autorizaciones a instalaciones de pequeña potencia eléctrica.
Artículo 20 — Ahorro y eficiencia energética en alumbrado exterior
Se modifica la instrucción técnica EA-01 sobre eficiencia energética en alumbrado exterior, aprobada por el Real Decreto 1890/2008, con el contenido del anexo.
Artículo 21 — Deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
Desde el 1 de enero de 2023, se modifica la normativa del IRPF para incluir una deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
Artículo 22 — Libertad de amortización en inversiones que utilicen energías procedentes de fuentes renovables en el Impuesto sobre Sociedades
Se introduce una nueva disposición adicional en la Ley del Impuesto sobre Sociedades para permitir la libertad de amortización en inversiones con energías renovables.
Artículo 23 — Incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público para el año 2022
El personal público recibe un incremento retributivo adicional del 1,5% con efectos desde el 1 de enero de 2022, pagadero en noviembre de 2022 con atrasos.
Artículo 24
Trabajadores agrarios eventuales en Andalucía y Extremadura pueden acceder al subsidio o renta agraria con solo 10 jornadas cotizadas, entre noviembre 2022 y junio 2023.
Disposición adicional primera — Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P
La Fundación Ciudad de la Energía-CIUDEN, F.S.P., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica, promueve la descarbonización, economía circular y transición justa.
Disposición adicional segunda — Información de las comercializadoras de referencia a sus clientes del nuevo mecanismo temporal de protección a los hogares particularmente afectados por la crisis energética y otras medidas
Las comercializadoras informan sobre bono social temporal y aumento de descuentos: 60 a 65% (vulnerables) y 70 a 80% (severos), más incremento del 15% en límites de energía.
Disposición adicional tercera — Tarifa de último recurso aplicable a las comunidades de propietarios acogidas a los escalones de peajes de red local RL9, RL10 y RL11
Comunidades de propietarios en escalones RL9-RL11 pueden acogerse a tarifa último recurso solicitando autorización previa. Tarifas vigentes hasta 31/12/2022 con costes de materia prima específicos.
Disposición adicional cuarta — Información adicional a incluir en las facturas de electricidad
Las facturas de electricidad deben incluir textos sobre la reducción del IVA al 5% y del impuesto especial al 0,5%, vigentes hasta que finalicen las reducciones temporales. En mercado libre, se debe detallar el mecanismo ibérico, el precio medio del ajuste mensual y comparar el precio mayorista cony
Disposición adicional quinta — Prórroga del mecanismo de minoración del exceso de retribución del mercado eléctrico causado por el elevado precio de cotización del gas natural en los mercados internacionales
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el mecanismo de minoración del exceso de retribución en el mercado eléctrico causado por el alto precio del gas natural, regulado en el Real Decreto-ley 17/2021.
Disposición adicional sexta — Régimen normativo especial de determinados fondos gestionados por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) para el ejercicio presupuestario 2022
La gestión de los fondos del Programa Erasmus+ por el SEPIE en 2022 se rige por normas comunitarias. La acreditación de no exclusión se realiza mediante declaración responsable. Si el Gobierno cofinancia, el montante se gestiona unitariamente y la declaración sirve como justificante.
Disposición adicional séptima — Aumento del límite de endeudamiento de Renfe Operadora para la financiación del incremento de la flota de trenes de Cercanías para favorecer el impulso al transporte público
Se autoriza a Renfe Operadora a incrementar su endeudamiento hasta 879,3 millones de euros para financiar la compra de 69 trenes de Cercanías y 32 de Media Distancia. Renfe Viajeros debe obtener autorización previa de la Secretaría de Estado de Presupuestos para cada opción de compra.
Disposición transitoria primera — Adaptación de la aplicación telemática BOSCO
Se adapta la aplicación BOSCO. Hasta su uso, el COR verifica renta con declaraciones de renta o certificados de la AEAT. La aplicación se usará desde fecha fijada por Resolución.
Disposición transitoria segunda — Precios de los combustibles fósiles a efectos de despacho en los territorios no peninsulares
Hasta orden ministerial, los precios de combustibles fósiles en territorios no peninsulares se calculan como suma del precio de producto y costes de logística. En Baleares, el gas natural se calcula como media de precios diarios del mes anterior.
Disposición transitoria tercera — Plazo para la adaptación de la información adicional a incluir en las facturas de gas
Las facturas de gas deben incluir información adicional desde el 1 de diciembre de 2022. Deben mostrar inequívocamente que el IVA se reduce del 21% al 5% en virtud del Real Decreto-ley 17/2022.
Disposición transitoria cuarta — Instalaciones de alumbrado exterior pendientes de ejecución
Las instalaciones de alumbrado exterior en ejecución tienen un año para ponerse en servicio aplicando criterios de eficiencia energética de la Instrucción EA-01, sin aplicar cambios del artículo 20. Pueden acogerse a la nueva normativa desde su publicación.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al real decreto. En particular: párrafos del RD 1699/2011 sobre pequeña potencia; DA quinta del RD 900/2015 sobre autoconsumo; disposición final vigésima sexta de la Ley 3/2017 y punto 9 del Acuerdo de 2013 sobre CIUDEN; y el artículo
Disposición final primera
Desde el 1 de enero de 2022, se modifica el apartado 3 del artículo 87 de la Ley 35/2006 del IRPF.
Disposición final segunda — Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
Desde el 1 de enero de 2022, se modifica el art. 6.2 y se añade el art. 15 bis.12 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
Disposición final tercera — Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Se añade una nueva disposición adicional octava en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición final cuarta
Se modifica el apartado 3 del artículo 9 del Real Decreto 391/2021 sobre subvenciones del bono social térmico 2020.
Disposición final quinta
Se modifica el art. 2.7 y se añade el anexo III de la Orden ETU/943/2017 sobre el bono social y consumidor vulnerable.
Disposición final sexta — Salvaguarda de rango de disposiciones reglamentarias
Las normas reglamentarias modificadas por este real decreto-ley podrán ser modificadas por normas del mismo rango reglamentario.
Disposición final séptima — Títulos competenciales
El real decreto-ley se basa en los artículos 149.1.13.ª, 14.ª, 17.ª y 25.ª de la Constitución Española sobre competencias estatales.
Disposición final octava — Desarrollo reglamentario
Se habilita al Gobierno y a siete ministros para aprobar disposiciones de desarrollo de este real decreto-ley en sus competencias.
Disposición final novena — Entrada en vigor
Entra en vigor al día siguiente de su publicación, salvo el artículo 20 (1 enero 2023) y la disposición transitoria segunda (mes siguiente).
Información general
Temas
Notas oficiales
Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 9, el 20 de octubre de 2022.
Las modificaciones del Real Decreto-ley 14/2021, de 14 de septiembre, y del Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, se establecen por estar modificados por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
La derogación de lo indicado de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, se establece por estar modificada por la Ley 3/2017, de 27 de junio
Leyes en las que se basa
- la reducción, en la forma indicada, del número mínimo de jornadas cotizadas para acceder al subsidio por desempleo en Andalucía y Extremadura del Real Decreto 5/1997, de 10 de enero BOE-A-1997-582
- el art. 78 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre BOE-A-1998-23284
- el art. 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre BOE-A-2000-24019
- los arts. 38, 40, 53.2, 92 y 93 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre BOE-A-2002-25421
- la reducción, en la forma indicada, del número mínimo de jornadas cotizadas para acceder a la renta agraria del Real Decreto 426/2003, de 11 de abril BOE-A-2003-7616
- con efectos desde el 1 de enero de 2022, el art. 87.3 y, con efectos desde el 1 de enero de 2023, la disposición adicional 50 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre BOE-A-2006-20764
- la ITC EA-01 aprobada por Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre BOE-A-2008-18634
- lo indicado del art. 2.3 del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre BOE-A-2011-19242
- lo indicado del anexo II.1.b) del Acuerdo publicado por Orden HAP/1816/2013, de 2 de octubre BOE-A-2013-10492
- los arts. 42.1 y 53.3 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre BOE-A-2013-13645
- la disposición adicional 17 y, con efectos desde el 1 de enero de 2022, MODIFICA los arts. 6.2 y 15 bis de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre BOE-A-2014-12328
- lo indicado del art. 4 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre BOE-A-2014-9467
- la disposición adicional 8 a la Ley 39/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10565
- la disposición adicional 5 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre BOE-A-2015-10927
- el anexo I.2 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre BOE-A-2017-11505
- el art. 2.7 y AÑADE el anexo III a la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre BOE-A-2017-11532
- lo indicado de la disposición final 26 de la Ley 3/2017, de 27 de junio BOE-A-2017-7387
- el anexo I.3 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre BOE-A-2018-13593
- los arts. 3, 4 y la disposición adicional 2 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril BOE-A-2019-5089
- los arts. 18, 20 y AÑADE la disposición adicional 7 al Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre BOE-A-2020-17278
- hasta el 31 de diciembre de 2023, lo indicado del título III y MODIFICA la disposición adicional 7 del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre BOE-A-2021-14974
- el art. 1.1 del Real Decreto-ley 23/2021, de 26 de octubre BOE-A-2021-17458
- la disposición adicional 5 del Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre BOE-A-2021-21096
- hasta el 31 de diciembre de 2022, el plazo indicado en el art. 9.3 del Real Decreto 391/2021, de 1 de junio BOE-A-2021-9177
- con efectos desde el 1 de noviembre de 2022, el art. 3 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo BOE-A-2022-4136
- las disposiciones adicionales 3 y 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo BOE-A-2022-4972
Leyes que la modifican
- por Resolución de 3 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-18252
- el art. 2.10, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre BOE-A-2022-22685
- hasta el 31 de diciembre de 2023, la vigencia del art. 24, por Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo BOE-A-2023-11187
- hasta el 30 de junio de 2024, la vigencia del art. 24, por Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre BOE-A-2023-25759
- lo indicado de los arts. 2, 7 y 10, hasta el 30 de junio de 2024, por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre BOE-A-2023-26452
- el art. 2 y SE PRORROGA, hasta el 31 de diciembre de 2024, lo indicado del art. 7, por Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio BOE-A-2024-12944
- la prórroga de vigencia del art. 24, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por Resolución de 10 de enero de 2024 BOE-A-2024-664
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