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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables

También conocida como: RDL 29/2021, RDL 29/21
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22 de diciembre de 2021·28 de diciembre de 2023·Jefatura del Estado·BOE-A-2021-21096
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley facilita la instalación de placas solares y puntos de carga para coches eléctricos para fomentar el ahorro y el uso de energías limpias.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

28
Artículos
6
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31
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Qué ha cambiado

5 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (28 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Instalación de puntos de recarga en zonas de protección de las carreteras

    Se modifica el artículo 28.2 de la Ley 37/2015, de carreteras, para regular la instalación de puntos de recarga en zonas de protección de la carretera.

  2. Artículo 2 — Puntos de recarga en concesiones en redes estatales de carreteras

    Concesionarios de carreteras con contratos en ejecución a 22 de mayo de 2021 deben instalar puntos de recarga: 150 kW (plazo 14 meses) si vendieron ≥10M litros en 2019; 50 kW (plazo 20 meses) si vendieron ≥5M litros. También aplica a reformas.

  3. Artículo 3 — Licencias o autorizaciones previas para la instalación de puntos de recarga

    Se añade un apartado 5 al artículo 48 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, para regular las licencias o autorizaciones previas necesarias para la instalación de puntos de recarga.

  4. Artículo 4 — Dotaciones mínimas de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos adscritos a edificios de uso distintos al residencial o estacionamientos existentes no adscritos a edificios

    Antes del 1/1/2023, edificios no residenciales y estacionamientos con >20 plazas deben instalar recargas: 1 por cada 40 plazas (hasta 1.000) + 1 por cada 100 adicionales. En edificios estatales, 1 por cada 20 plazas (hasta 500). Exentos edificios protegidos.

  5. Artículo 5 — Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica

    Se modifican los artículos 3 y 20 del Real Decreto 244/2019 sobre autoconsumo de energía eléctrica, actualizando su redacción.

  6. Artículo 6 — Modificación del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica

    Se modifica el artículo 23 del Real Decreto 1183/2020 sobre acceso y conexión a redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

  7. Disposición adicional primera — Prórroga de medidas tributarias

    Se prorroga el tipo del 0,5% en Impuesto Especial Electricidad hasta 31/12/2023. Se prorroga el IVA al 4% para mascarillas quirúrgicas y al 0% para bienes contra SARS-CoV-2 hasta 30/06/2023.

  8. Disposición adicional segunda — Determinación de la base imponible y del importe de los pagos fraccionados del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica durante el ejercicio 2022

    Para 2022, la base imponible del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica se calcula minorando retribuciones. Los pagos fraccionados trimestrales se calculan con valor de producción cero.

  9. Disposición adicional tercera — Revisión de los parámetros retributivos aplicables a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

    La CNMC adapta la retribución de instalaciones renovables, cogeneración y residuos, detrayendo cantidades no abonadas por la suspensión del impuesto, en la primera liquidación tras la entrada en vigor.

  10. Disposición adicional cuarta — Descuentos del bono social de electricidad hasta el 30 de abril de 2022

    Se prorrogan hasta el 30 de abril de 2022 los descuentos del bono social de electricidad para consumidores domésticos, según lo establecido en el Real Decreto 897/2017 y el Real Decreto-ley 23/2021.

  11. Disposición adicional quinta — Flexibilización de los contratos de suministro de gas natural

    Hasta el 31/03/2022, si el gas baja de 60 €/MWh, los titulares pueden modificar caudal (máx. 3 veces), cambiar escalón o suspender contrato sin coste ni corte. Los ahorros repercuten íntegramente al titular.

  12. Disposición adicional sexta

    Se autoriza a la CNMC a realizar operaciones no presupuestarias para pagar ayudas a distribuidoras de energía eléctrica para digitalización de redes y recarga de vehículos eléctricos con fondos del Plan de Recuperación.

  13. Disposición adicional séptima — Refuerzo del empleo público en las oficinas de prestaciones y atención a demandantes de empleo

    Se autorizan 926 plazas de empleo público para el SEPE en 2021: 192 en el Cuerpo de Gestión (179 general, 13 discapacidad) y 734 en el Cuerpo General Administrativo (683 general, 51 discapacidad).

  14. Disposición transitoria primera — Renuncia voluntaria a los permisos de acceso y conexión

    Los titulares de permisos de acceso y conexión obtenidos antes de la entrada en vigor del real decreto-ley podrán renunciar en un mes, con devolución de garantías y terminación del procedimiento.

  15. Disposición transitoria segunda — Procedimientos de instalación de puntos de recarga en tramitación

    Los procedimientos de licencias o autorizaciones previas para instalar puntos de recarga iniciados antes de la entrada en vigor del real decreto-ley se rigen por la normativa anterior.

  16. Disposición final primera — Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos

    Se introduce una nueva letra ap) en el artículo 110 de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos.

  17. Disposición final segunda — Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico

    Se modifica la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico en los artículos 34.1, 38.2, 40, 64, 65, 66, 73.4 y la disposición adicional vigésimo tercera.

  18. Disposición final tercera — Modificación del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica

    Se modifican los apartados a) y b) del artículo 1.1 del Real Decreto-ley 23/2020, y el párrafo siguiente a dichos apartados.

  19. Disposición final cuarta

    Se añade un nuevo apartado en la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 12/2021 sobre fiscalidad energética y generación de energía.

  20. Disposición final quinta — Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo

    Se introducen modificaciones en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: nuevo apartado 7 en el artículo 74, y letra f) en los artículos 88 y 103.

  21. Disposición final sexta

    Se modifican la letra d) del artículo 34.2, y las disposiciones transitorias primera, segunda y final décima del Real Decreto-ley 24/2021.

  22. Disposición final séptima — Modificación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de cooperativas

    Se modifica la Ley 27/1999 de cooperativas: se añade el apartado 4 al artículo 25 y el apartado 6 al artículo 36.

  23. Disposición final octava — Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre

    Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional vigésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015.

  24. Disposición final novena — Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

    Se modifica la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en el artículo 22 y la disposición adicional décimo sexta.

  25. Disposición final décima — Títulos competenciales

    El real decreto-ley se basa en las competencias estatales de la Constitución (art. 149.1): laboral, económica, hacienda, seguridad social y minero-energética.

  26. Disposición final undécima — Habilitación normativa

    Se habilita al Gobierno y a los Ministerios de Hacienda, Trabajo, Transición Ecológica, Transportes, Asuntos Económicos y Ciencia para desarrollar este real decreto-ley.

  27. Disposición final duodécima — Salvaguardia del rango de ciertas disposiciones reglamentarias

    Las modificaciones posteriores a las normas reglamentarias modificadas, especialmente los artículos 5 y 6, podrán hacerse mediante real decreto.

  28. Disposición final decimotercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de diciembre de 2021
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, la Ley 2/1981, de 25 de marzo BOE-A-1981-8598
  • el art. 110 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre BOE-A-1998-23284
  • los arts. 25 y 36 de la Ley 27/1999, de 16 de julio BOE-A-1999-15681
  • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, el art. 13 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre BOE-A-2002-22807
  • los arts. 74, 88 y 103 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo BOE-A-2004-4214
  • el art. 22 y la disposición adicional 16 de la Ley 14/2011, de 1 de junio BOE-A-2011-9617
  • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, el art. 34 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre BOE-A-2013-10074
  • los arts. 34, 38, 40, 48, 64, 65, 66, 73 y la disposición adicional 23 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre BOE-A-2013-13645
  • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, la disposición adicional 1.2 del Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo BOE-A-2013-3199
  • el art. 28.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre BOE-A-2015-10439
  • la disposición adicional 23 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11724
  • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, la disposición adicional 4 de la Ley 5/2015, de 27 de abril BOE-A-2015-4607
  • lo indicado del art. 6.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre BOE-A-2017-11505
  • los arts. 3 y 20 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril BOE-A-2019-5089
  • lo indicado del art. 7 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre BOE-A-2020-14368
  • el art. 23 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre BOE-A-2020-17278
  • el art. 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio BOE-A-2020-6621
  • la disposición adicional 3 y PRORROGA lo indicado del art. 1 del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio BOE-A-2021-10584
  • lo indicado de la disposición adicional 6 del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre BOE-A-2021-14974
  • lo indicado del art. 1 del Real Decreto-ley 23/2021, de 26 de octubre BOE-A-2021-17458
  • el art. 34, las disposiciones adicionales 1, 2 y la final 10 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre BOE-A-2021-17910
  • lo indicado de la disposición adicional 1 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril BOE-A-2021-6872

Leyes que la modifican

  • con efectos desde el 1 de julio de 2022, las disposiciones adicionales 1 y 2, por Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio BOE-A-2022-10557
  • por Resolución de 25 de enero de 2022 BOE-A-2022-1420
  • la disposición adicional 5, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre BOE-A-2022-17040
  • la disposición adicional 1, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre BOE-A-2022-22685
  • las disposiciones adicionales 1 y 2, por Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo BOE-A-2022-4972
  • la disposición adicional 5, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre BOE-A-2023-26452
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