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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo, de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales

También conocida como: RDL 1/1986, RDL 1/86
Ver en BOE
26 de marzo de 1986·23 de diciembre de 2009·Jefatura del Estado·BOE-A-1986-7901
Resumen en lenguaje sencillo

Normativa que ajusta medidas urgentes en temas de empleo, impuestos, seguridad laboral y trámites administrativos para empresas y ciudadanos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

26
Artículos
9
Versiones
55
Categorías

Qué ha cambiado

8 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (17 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1

    Las licencias de instalación, traslado o ampliación se entienden otorgadas por silencio positivo tras 2 meses, salvo plazo inferior previo. Se aplica silencio negativo a las materias del anexo del Real Decreto-ley.

  2. Artículo 2

    Los particulares pueden solicitar información sobre licencias. La Administración debe entregar acuse de recibo con fecha, normativa aplicable y régimen de silencio administrativo.

  3. Artículo 3

    Se suprime el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados para instancias, documentos, certificaciones, autorizaciones, licencias, concesiones y permisos ante oficinas públicas.

  4. Artículo 4

    Las comunicaciones entre particulares y Administración pueden ser telegráficas, télex u otras con constancia escrita y garantías de autenticidad, salvo el escrito de iniciación.

  5. Artículo 5

    Los artículos 1, 2, 4 del capítulo 1 y la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1/1986 son normas de procedimiento administrativo común aplicables a todas las Administraciones Públicas.

  6. Artículo 6

    Se suprime la autorización previa para abrir centros. Basta con comunicar la apertura a la autoridad laboral (previa o en 30 días). En construcción, la comunicación es previa y solo por contratistas.

  7. Artículo 7

    Las empresas pueden contratar directamente si las pruebas objetivas se celebran más de tres días después de la convocatoria. Deben comunicar la convocatoria al INEM y las contrataciones a la Oficina de Empleo.

  8. Artículo 8

    La empresa debe elaborar anualmente el calendario laboral y exponer un ejemplar en un lugar visible de cada centro de trabajo.

  9. Artículo 9

    Los Convenios Colectivos pueden regular jornadas anuales, respetando el límite de jornada ordinaria de trabajo efectivo.

  10. Artículo 10

    Las horas extraordinarias se pagan con +75% o compensan con descanso +75%. Máximo 80 anuales, ajustado proporcionalmente. El Gobierno puede reducir este límite para fomentar empleo.

  11. Artículo 11

    Para transmisiones de 1986 de bienes adquiridos hace más de un año, se aplican coeficientes de actualización según año de adquisición (2,00 en 1978; 1,00 en 1985) para calcular incrementos patrimoniales.

  12. Artículo 21

    Los títulos cotizados en el Segundo Mercado de las Bolsas Oficiales de Comercio dan derecho a beneficios fiscales y sirven como activos para obligaciones de inversión obligatoria.

  13. DISPOSICIÓN FINAL

    El Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  14. Disposiciones transitorias — Primera

    El régimen del artículo 1.º se aplica a las Administraciones Públicas distintas de la Administración del Estado para solicitudes presentadas desde el 1 de julio de 1986.

  15. Disposiciones transitorias — Segunda

    El régimen del artículo 2.º se aplica a todas las instancias y solicitudes presentadas o reiteradas a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo.

  16. DISPOSICIÓN ADICIONAL

    Se autoriza al Gobierno y a los Ministros a dictar normas necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto-ley.

  17. DISPOSICIÓN DEROGATORIA

    Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo prevenido en el presente Real Decreto-ley.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
26 de marzo de 1986
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-11341
  • Lo indicado del art. 187.1 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refunndido aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo BOE-A-1974-1165
  • Arts 34.3.2, 34.4 y 35.1 y 2 del Estatuto aprobado por Ley 8/1980, de 1o de marzo BOE-A-1980-5683

Leyes que la modifican

  • regulando el acceso al registro administrativo de sociedades y fondos de capital-riesgo: Orden de 26 de septiembre de 1986 BOE-A-1986-26319
  • determinando los requisitos que deben reunir las comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades de los centros de trabajo: Orden de 6 de octubre de 1986 BOE-A-1986-26727
  • por Resolución de 8 de abril de 1986 BOE-A-1986-9170
  • los arts. 13.3 y 14, por la Ley 33/1987, de 23 de diciembre BOE-A-1987-28404
  • determinando los requisitos que deben reunir las comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades de los centros de trabajo: Orden de 6 de mayo de 1988 BOE-A-1988-11933
  • arts. 12.1, 14, 16.2.b) y 20, por el Real Decreto-ley 5/1992, de 21 de julio BOE-A-1992-17364
  • arts 12.1, 14, 16.2.b) y 20, por la Ley 28/1992, de 24 de noviembre BOE-A-1992-26147
  • sobre procedimiento Sancionador aplicable a los Sujetos que Actuan en Mercados Financieros: Real Decreto 2119/1993, de 3 de diciembre BOE-A-1993-30466
  • el art.19 y se modifican los arts. 12, 14, 16.2 y 20, por la Ley 3/1994, de 14 de abril BOE-A-1994-8489
  • el art. 16.2, por la Ley 43/1995, de 27 de diciembre BOE-A-1995-27752
  • los arts. 12 y 14, por Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio BOE-A-1996-13002
  • los arts. 12 a 20 , por Ley 1/1999, de 5 de enero BOE-A-1999-214
  • el art. 6, por Ley 25/2009, de 22 de diciembre BOE-A-2009-20725
  • sobre requisitos y datos de las comunicaciones de apertura o reanudación de actividades en los centros de trabajo: Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril BOE-A-2010-6871
  • en el recurso 706/1986, la desestimación en relación con los arts. 1, 2, 4, 5 y disposición transitoria 1, por Sentencia 23/1993, de 21 de enero BOE-T-1993-5111
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