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En vigorLey

Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa

También conocida como: L 2/2022, L 2/22
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9 de junio de 2022·29 de mayo de 2023·Comunidad Autónoma de Aragón·BOE-A-2022-9438
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley busca eliminar trámites innecesarios y agilizar las gestiones de los ciudadanos y empresas con la administración pública de Aragón.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

34
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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (33 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta ley adapta la intervención administrativa sustituyendo autorizaciones por declaraciones responsables, cambiando el silencio negativo por positivo, y reduciendo plazos y documentación en los procedimientos regulados.

  2. Artículo 2 — Publicación en el Catálogo de Procedimientos Administrativos y Servicios prestados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (Catálogo de Servicios)

    El Catálogo de Servicios incluye actuaciones con interacción ciudadana. Debe contener: información clara, modelo de solicitud, documentación, plazos y efectos del silencio. Se gestiona por aplicación informática.

  3. Artículo 3 — Aplicación ex lege del régimen de silencio positivo

    Se aplica el silencio positivo en: indemnizaciones por terrorismo/violencia; ayudas a víctimas; autorizaciones de buceo profesional y protección civil; compensaciones a árbitros; tarjeta discapacidad; acreditaciones menores; distintivo consumo; registro sociedades agrarias; marca producción; salud (

  4. Artículo 4 — Aplicación ex lege del plazo de resolución de tres meses

    Se aplica un plazo de 3 meses para resolver y notificar procedimientos en: víctimas del terrorismo, buceo profesional, juego, fundaciones, expropiaciones, artesanía, urbanismo, carreteras, economía, servicios sociales, agricultura, educación, sanidad y biocidas.

  5. Artículo 5 — Sustitución del régimen de autorización administrativa por declaración responsable o comunicación

    Se sustituyen autorizaciones por declaraciones responsables o comunicaciones previas en espectáculos, hacienda, agricultura y sanidad. Ejemplos: cursos de formación, liquidación tributaria, acreditación de cuidadores, ATRIA, veterinarios habilitados, libros de vinos y bronceado artificial.

  6. Artículo 6 — Mantenimiento del régimen de intervención administrativa mediante autorización o licencia previa

    Se mantiene la autorización previa en: espectáculos (taurinas, admisión, buceo); turismo (senderos, acampadas); universidades; economía (centros empleo); agricultura (presas, registros, fitosanitarios); sanidad (cementeros, legionela, tatuajes, biocidas, farmacia).

  7. Artículo 7 — Plazos de resolución y silencio administrativo de procedimientos autonómicos regulados en normativa estatal

    Los plazos de resolución y los efectos del silencio administrativo en procedimientos autonómicos regulados por normativa estatal se rigen por las normas estatales de aplicación.

  8. Artículo 8 — Vigencia de plazos de resolución y notificación de procedimientos y efectos del silencio administrativo en normas autonómicas con rango legal

    Los plazos de resolución, notificación y efectos del silencio administrativo establecidos en normas autonómicas con rango legal no modificadas por esta ley conservan su vigencia.

  9. Artículo 9 — Documentación a presentar por las asociaciones en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón

    Las asociaciones pueden presentar copias de la documentación original declarando responsablemente su veracidad. Si el solicitante no es miembro, debe tener habilitación para dicha declaración. La Administración puede requerir el original excepcionalmente.

  10. Artículo 10 — Legalización de libros por parte del Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón

    El Registro de Fundaciones legaliza libros electrónicos (diario, actas, inventarios) en la sede del Gobierno de Aragón.

  11. Artículo 11 — Adaptación de procedimientos incluidos en la Ley 8/2001, de 31 de mayo, de adaptación de procedimientos a la regulación del silencio administrativo y los plazos de resolución y notificación

    Se fijan plazos de 3-6 meses y silencio desestimatorio para vivienda y servicios sociales, excluyendo normativa estatal.

  12. Artículo 12 — Modificación de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón

    Se añade una nueva disposición adicional decimoprimina a la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón.

  13. Artículo 13 — Modificación del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón

    Se deroga la modificación del texto refundido de la Ley de Hacienda de Aragón aprobada por Decreto legislativo 1/2000.

  14. Artículo 15 — Modificación del texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón

    Se modifican los artículos 42, 48, 58 y 69 de la Ley de actividad industrial de Aragón (Decreto Legislativo 3/2013).

  15. Artículo 16 — Modificación de la Ley 17/2001, de 29 de octubre, sobre la Plataforma Logística de Zaragoza

    Se modifica el artículo 7 de la Ley 17/2001 sobre la Plataforma Logística de Zaragoza.

  16. Artículo 17 — Modificación del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón

    Se modifica el artículo 11 del Decreto Ley 1/2008 sobre medidas administrativas urgentes para la actividad económica en Aragón.

  17. Artículo 18 — Modificación del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón

    Se modifican los artículos 10, 12, 13 (apartado 9) y se añade el 13 bis de la Ley de Cooperativas de Aragón.

  18. Artículo 19 — Modificación del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón

    Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 62 y se añade el artículo 82 bis de la Ley de Urbanismo de Aragón.

  19. Artículo 20 — Modificación de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón

    Se añaden los artículos 13 bis y 14 bis a la Ley 5/2005, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

  20. Artículo 21 — Modificación de la Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de Medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón

    Se modifica el artículo 4 de la Ley 10/2016 sobre prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y acceso a la vivienda en Aragón.

  21. Artículo 22 — Modificación de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas

    Se modifica el artículo 36 de la Ley 26/2003, de Medidas tributarias y administrativas.

  22. Artículo 23 — Modificación de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de Vías Pecuarias de Aragón

    Se modifica la Ley 10/2005 de Vías Pecuarias de Aragón: se redacta el art. 20.1 y se añade el art. 25.1 bis.

  23. Artículo 24 — Modificación de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón

    Se modifica el apartado 2 del artículo 67 de la Ley 10/2014, de Aguas y Ríos de Aragón.

  24. Artículo 25 — Modificación de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón

    Se modifica la Ley 11/2014 de Aragón. Se añade un apartado 5 al artículo 53. Se redacta el apartado a) del Anexo V sobre actividades excluidas de licencia ambiental.

  25. Disposición adicional primera — Lenguaje claro y lectura fácil

    La Administración adoptará medidas para garantizar la accesibilidad cognitiva según la Ley 5/2019. Se identificarán materiales y contenidos susceptibles de adaptación a lectura fácil y lenguaje claro.

  26. Disposición adicional segunda — Encargos a medios propios y relaciones de colaboración entre las sociedades mercantiles públicas

    Las sociedades mercantiles autonómicas pueden prestarse servicios recíprocos como medios propios. Se requiere un catálogo aprobado por el Gobierno de Aragón y un expediente que justifique la eficiencia, el objeto, la disponibilidad presupuestaria y la idoneidad de los medios.

  27. Disposición adicional tercera — Creación del Registro de Entidades Colaboradoras

    El Gobierno de Aragón creará el Registro de Entidades Colaboradoras en 6 meses desde la entrada en vigor de esta ley, a través del departamento competente en simplificación administrativa.

  28. Disposición transitoria única — Régimen transitorio de procedimientos

    Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la ley se rigen por la normativa anterior.

  29. Disposición derogatoria única — Cláusula derogatoria

    Se derogan normas contrarias a esta ley. Queda derogada la Ley 8/2001. También se derogan 86 normas reglamentarias aragonesas específicas, incluyendo decretos sobre laboratorios, formación, empresas públicas, registros de prevención y numerosos ficheros de datos personales.

  30. Disposición final primera — Modificación de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa

    Modifica la letra b) del artículo 2 y el apartado 1 del artículo 15 de la Ley 1/2021, de simplificación administrativa.

  31. Disposición final segunda — Delegación legislativa

    El Gobierno de Aragón tiene un año para aprobar textos refundidos de: Hacienda (D.L. 1/2000), Espectáculos (Ley 11/2005), Patrimonio (D.L. 4/2013) y Subvenciones (Ley 5/2015).

  32. Disposición final tercera — Desarrollo reglamentario

    Se faculta al Gobierno de Aragón y a los departamentos competentes para dictar disposiciones de desarrollo y ejecución de esta ley.

  33. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa, entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de junio de 2022
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón

Notas oficiales

Publicada en el BOA el 27 de mayo de 2022.

Leyes en las que se basa

  • los arts. 41, 42, 44, 51, 55, 72, 96 y 108 de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio BOA-d-2000-90001
  • el art. 11 del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre BOA-d-2008-90036
  • los arts. 42, 48, 58 y 69 de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre BOA-d-2013-90259
  • los arts. 10, 12, 13 y AÑADE el 13 bis a la Ley de Cooperativas de Aragón, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto BOA-d-2014-90375
  • el art. 62 y AÑADE el 82 bis a la Ley de Urbanismo de Aragón, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio BOA-d-2014-90410
  • la disposición adicional 11 a la Ley 7/1999, de 9 de abril BOE-A-1999-10151
  • con efectos desde el 27 de agosto de 2022, la Ley 8/2001, de 31 de mayo BOE-A-2001-11884
  • el art. 7 de la Ley 17/2001, de 29 de octubre BOE-A-2001-21721
  • el art. 36 de la Ley 26/2003, de 30 de diciembre BOE-A-2004-2227
  • los arts. 13 bis y 14 bis a la Ley 5/2005, de 14 de junio BOE-A-2005-14406
  • los arts. 20 y 25 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre BOE-A-2005-20235
  • el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril BOE-A-2007-8444
  • el art. 67.2 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre BOE-A-2015-185
  • el art. 53 y el anexo V de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre BOE-A-2015-186
  • los arts. 20, 30, 32 y 40 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo BOE-A-2015-5329
  • el art. 4 de la Ley 10/2016, de 1 de diciembre BOE-A-2017-490
  • los arts. 2.b) y 15.1 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero BOE-A-2021-4247

Leyes que la modifican

ayudas y subvencionescrear una empresagestiones con el gobierno de Aragónlicencias y permisosmenos papeleosimplificación administrativatrámites más rápidostrámites urbanísticos