Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia
También conocida como: L 10/2021, L 10/21Esta ley regula tus derechos y obligaciones al trabajar desde casa, incluyendo el pago de gastos, el equipo necesario y tu derecho a desconectar.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (52 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Ámbito de aplicación
La ley aplica al trabajo a distancia regular, definido como prestar al menos el 30% de la jornada en un periodo de referencia de tres meses, o el porcentaje proporcional equivalente según la duración del contrato.
Artículo 2 — Definiciones
Se definen: trabajo a distancia (en domicilio o lugar elegido, regular); teletrabajo (uso exclusivo o prevalente de medios informáticos); y trabajo presencial (en centro de trabajo o lugar determinado por la empresa).
Artículo 3 — Limitaciones en el trabajo a distancia
En contratos con menores, en prácticas y de formación, el trabajo a distancia requiere al menos un 50% de prestación presencial, salvo la formación teórica telemática.
Artículo 4 — Igualdad de trato y de oportunidades y no discriminación
El trabajo a distancia garantiza igualdad de derechos, retribución y no discriminación. Las empresas deben evitar prejuicios, aplicar ajustes razonables, incluir a estos trabajadores en planes de igualdad y medidas contra el acoso, y respetar la conciliación.
Artículo 5 — Voluntariedad del trabajo a distancia y acuerdo de trabajo a distancia
El trabajo a distancia es voluntario y requiere acuerdo firmado, no pudiendo imponerse. La negativa o reversibilidad no justifican despido ni modificación sustancial de condiciones, pudiendo ejercerse esta reversibilidad según negociación colectiva o acuerdo.
Artículo 6 — Obligaciones formales del acuerdo de trabajo a distancia
El acuerdo de trabajo a distancia debe ser escrito y formalizarse antes de iniciar la actividad. La empresa entrega copia a la representación legal en 10 días y la envía a la oficina de empleo.
Artículo 7 — Contenido del acuerdo de trabajo a distancia
El acuerdo debe incluir: inventario de medios, gastos y compensación, horario, distribución presencial/distance, centros, lugar de trabajo, preaviso, control, incidencias técnicas, protección de datos, seguridad e duración.
Artículo 8 — Modificación del acuerdo de trabajo a distancia y ordenación de prioridades
Las modificaciones requieren acuerdo escrito previo. Quienes trabajan a distancia tienen prioridad para puestos presenciales. Los convenios pueden regular cambios y evitar estereotipos de género.
CAPÍTULO III
Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a la desconexión digital, a la intimidad, a la formación y a la promoción profesional. Se les debe proporcionar y mantener el equipamiento necesario, y se les debe compensar por los gastos derivados del teletrabajo.
Artículo 9 — Derecho a la formación
Las empresas deben garantizar formación equivalente a la presencial para trabajadores a distancia, incluyendo la necesaria para el uso de medios y tecnologías al inicio y ante cambios.
Artículo 10 — Derecho a la promoción profesional
El trabajador a distancia tiene derecho a la misma promoción profesional que el presencial. La empresa debe informar por escrito de las vacantes de ascenso, sean presenciales o a distancia.
Sección 2
La empresa debe proporcionar y mantener los equipos necesarios para el trabajo a distancia. También debe asumir los gastos que este trabajo ocasione y compensarlos, salvo que se demuestre que no se han producido o que el trabajador los ha asumido por otra vía.
Artículo 11 — Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas
La empresa debe dotar y mantener los medios necesarios, según el acuerdo y convenio. Para personas con discapacidad, los equipos deben ser universalmente accesibles. Se garantiza atención ante dificultades técnicas.
Artículo 12 — El derecho al abono y compensación de gastos
La empresa debe sufragar o compensar los gastos derivados del trabajo a distancia (equipos, herramientas). No puede asumirlos el trabajador. Los convenios colectivos pueden establecer el mecanismo de compensación.
Sección 3
La ley regula los derechos de las personas que trabajan a distancia, especialmente en lo referente al tiempo de trabajo. Se garantiza el derecho a la flexibilidad horaria y a la desconexión digital, asegurando la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Artículo 13 — Derecho al horario flexible en los términos del acuerdo
El trabajador a distancia puede flexibilizar su horario según el acuerdo y la negociación colectiva, respetando la disponibilidad obligatoria y la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso.
Artículo 14 — Derecho al registro horario adecuado
El registro horario debe reflejar fielmente el tiempo dedicado al trabajo a distancia, incluyendo inicio y fin de jornada, según el Estatuto de los Trabajadores y la negociación colectiva, sin perjuicio de la flexibilidad.
Sección 4
Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a la prevención de riesgos laborales. La empresa debe garantizar la seguridad y salud en el trabajo, evaluando los riesgos y adoptando medidas preventivas, al igual que en el trabajo presencial.
Artículo 15 — Aplicación de la normativa preventiva en el trabajo a distancia
Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a una adecuada protección en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 16 — Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva
La evaluación de riesgos se limita a la zona habilitada para el trabajo. La empresa debe obtener información sobre riesgos mediante metodología fiable. La visita al domicilio requiere permiso del trabajador; sin él, se basa en la información recabada.
Artículo 17 — Derecho a la intimidad y a la protección de datos
El control telemático garantiza la intimidad y protección de datos. La empresa no puede exigir instalar programas en dispositivos personales ni usarlos para el trabajo. Deben establecerse criterios de uso respetando la intimidad, con participación de la representación legal.
Artículo 18 — Derecho a la desconexión digital
Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a la desconexión digital fuera de su horario. La empresa debe elaborar una política interna, previa audiencia de la representación legal, definiendo modalidades de ejercicio y acciones de formación.
Artículo 19 — Derechos colectivos de las personas que trabajan a distancia
Las personas trabajadoras a distancia ejercen derechos colectivos con igualdad de trato. La empresa debe facilitar acceso a comunicaciones electrónicas y tablón virtual, asegurar comunicación con representantes y garantizar participación efectiva, incluido el voto presencial.
Artículo 20 — Protección de datos y seguridad de la información
Las personas trabajadoras deben cumplir las instrucciones de la empresa sobre protección de datos y seguridad de la información, establecidas previa participación o información a la representación legal de las personas trabajadoras.
Artículo 21 — Condiciones e instrucciones de uso y conservación de equipos o útiles informáticos
Las personas trabajadoras deben cumplir las instrucciones de uso y conservación de equipos informáticos establecidas por la empresa, según lo pactado en la negociación colectiva.
Artículo 22 — Facultades de control empresarial
La empresa puede aplicar medidas de vigilancia y control, incluidas las telemáticas, para verificar el cumplimiento laboral, respetando siempre la dignidad y las circunstancias personales, como la discapacidad.
Disposición adicional primera — El trabajo a distancia en la negociación colectiva
Los convenios colectivos pueden regular puestos, condiciones, duración máxima, jornada mínima presencial, reversibilidad, porcentajes y desconexión, siempre que no se celebren con menores.
Disposición adicional segunda — Personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas
La Ley no se aplica al personal laboral de las Administraciones Públicas. Este personal se rige por su normativa específica en materia de trabajo a distancia.
Disposición adicional tercera — Domicilio a efectos de considerar la Autoridad Laboral competente y los servicios y programas públicos de fomento de empleo aplicables
El domicilio de referencia para la Autoridad Laboral competente y servicios de empleo es el del contrato. En su defecto, el de la empresa o centro de trabajo.
Disposición adicional cuarta
El contagio de SARS-CoV2 en centros sanitarios/socio-sanitarios durante la pandemia se considera accidente laboral si se acredita exposición. El fallecimiento se considera accidente si ocurre en 5 años tras el contagio.
Disposición adicional quinta — Convenios de colaboración entre las entidades gestoras de la Seguridad Social, las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para el control y seguimiento de la incapacidad temporal
Los convenios entre Seguridad Social, comunidades autónomas y INGESA para controlar la incapacidad temporal pueden prever anticipos de financiación. Requieren autorización del Consejo de Ministros.
Disposición adicional sexta — Régimen fiscal aplicable a la final de la «UEFA Women’s Champions League 2020»
Se establece un régimen fiscal y aduanero especial para la final de la UEFA Women's Champions League 2020. Las entidades organizadoras y equipos quedan exentos de Impuesto sobre Sociedades y Renta de no Residentes por rentas vinculadas al evento. Las mercancías importadas pueden acogerse a importación temporal por 24 meses. En el IVA, se facilita la devolución de cuotas a no establecidos, con liquidaciones mensuales y sin obligación de llevar libros en la Sede Electrónica.
Disposición adicional séptima — Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19
Hasta el 31 de octubre de 2020, el IVA es 0% para bienes contra el COVID-19 a entidades públicas, clínicas y sociales. Se facturan como exentas.
Disposición adicional octava — Profesorado de formación profesional
Las administraciones educativas pueden seleccionar funcionarios y nombrar interinos de Formación Profesional con requisitos anteriores a la Ley Orgánica 3/2020.
Disposición transitoria primera — Situaciones de trabajo a distancia existentes a la entrada en vigor de esta Ley
La ley se aplica a convenios previos al perder vigencia o tras un año (máx. 3 años si se acuerda). No elimina derechos mejores. El acuerdo de trabajo a distancia debe formalizarse en 3 meses.
Disposición transitoria segunda — Irretroactividad
Las infracciones sociales cometidas antes de la entrada en vigor de la disposición final primera se sancionan con las cuantías vigentes con anterioridad a dicha fecha.
Disposición transitoria tercera — Trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19
El trabajo a distancia por COVID-19 sigue la normativa ordinaria. Las empresas deben aportar medios y mantenimiento. La negociación colectiva establecerá compensación de gastos si procede.
Disposición transitoria cuarta — Procedimientos para el reconocimiento del ingreso mínimo vital iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley en los que no se haya dictado resolución expresa
Los expedientes de ingreso mínimo vital sin resolución tienen 6 meses para resolverse. Se verifica la vulnerabilidad (art. 7.1.b RDL 20/2020). Su denegación permite reclamación previa limitada a dicho requisito.
Disposición final primera — Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto
Se modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Se sanciona no formalizar por escrito el contrato o el acuerdo de trabajo a distancia. Se actualizan las cuantías de multas para infracciones leves, graves y muy graves en materia laboral, Seguridad Social, prevención de riesgos y
Disposición final segunda — Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social
Se modifica la Ley 36/2011: procedimiento urgente para reclamaciones sobre trabajo a distancia. Plazo de 20 días hábiles para demandar. Vista en 5 días, sentencia en 3 días. Si hay conciliación, se aplica el art. 139.
Disposición final tercera — Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
Se modifica el Estatuto de los Trabajadores: se regula el trabajo a distancia; se añade preferencia por turno y trabajo a distancia para estudios; víctimas de violencia/terrorismo tienen derecho a reducción jornada o trabajo a distancia si es compatible.
Disposición final cuarta — Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
Se añade al artículo 54 de la Ley 47/2003 un párrafo h) que incluye los destinados al sistema de protección por cese de actividad, con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley.
Disposición final quinta — Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
Se añade un apartado 6 al artículo 13 de la Ley 59/2003. Una Orden del Ministerio de Asuntos Económicos determinará requisitos técnicos para verificar identidad en certificados cualificados con métodos equivalentes a la presencia física.
Disposición final sexta — Modificación de la disposición transitoria primera de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego
Se modifica la Ley 13/2011. Las competencias de la Comisión Nacional del Juego las ejerce la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo, salvo la gestión y recaudación de tasas del artículo 49, que corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición final séptima — Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia
Se modifica la Ley 3/2013. Las referencias a la Comisión Nacional del Juego se entienden hechas a la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo. Esta asume sus funciones, salvo la gestión y recaudación de tasas del artículo 49 de la Ley 13/2011, que corresponde a la Agencia
Disposición final octava — Modificación de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario
Se añade una disposición adicional a la Ley 38/2015. La Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria puede conceder exenciones en emergencias si no hay alternativa, se garantiza la seguridad, se mitiga la distorsión del mercado y la exención es limitada y no discriminatoria.
Disposición final novena — Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
La Ley 39/2015 entra en vigor al año de su publicación. Excepcionalmente, los registros electrónicos y el archivo único surten efectos desde el 2 de abril de 2021.
Disposición final décima — Modificación del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública
Se modifica el RDL 6/2020. Se asimila a accidente de trabajo el aislamiento/contagio COVID-19 para la prestación de incapacidad temporal. Se extiende a trabajadores desplazados con restricción de salida/entrada, acreditada por ayuntamiento y empresa. La duración viene dada por el parte de baja/alta.
Disposición final undécima — Modificación del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital
Se modifican requisitos del ingreso mínimo vital: 1 año de residencia (excepciones para menores, víctimas de trata/violencia). Plazo resolución: 6 meses. Obligaciones: comunicar cambios en 30 días, declaración IRPF, inscripción como demandante de empleo en 6 meses (con excepciones).
Disposición final duodécima — Modificación del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo
Se modifica el RDL 25/2020: entidades colaboradoras públicas/estatales gestionan subvenciones; pagos por transferencia; mantener vehículo 2 años (o renting 2 años post-15/06/2020); crédito de 250 M€ (38 M€ empresas, 212 M€ familias).
Disposición final decimotercera — Título competencial
La Ley se aprueba basándose en las competencias exclusivas del Estado en legislación laboral y bases de la planificación económica, según los artículos 149.1.7.ª y 13.ª de la Constitución Española.
Disposición final decimocuarta — Entrada en vigor
La Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, excepto la modificación del artículo 40 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que entra en vigor el 1 de octubre de 2021.
Información general
Temas
Notas oficiales
Entrada en vigor: 11 de julio de 2021 y, para la disposición final 1.2, el 1 de octubre de 2021.
Leyes en las que se basa
- los arts. 7.1 y, con efectos desde el 1 de octubre de 2021, el 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE-A-2000-15060
- el art. 54.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre BOE-A-2003-21614
- el art. 13 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre BOE-A-2003-23399
- el título de la sección 4 del capítulo V del título II del libro 2 y AÑADE el art. 138 bis a la Ley 36/2011, de 10 de octubre BOE-A-2011-15936
- la disposición transitoria 1 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo BOE-A-2011-9280
- las disposiciones adicionales 2 y 10 de la Ley 3/2013, de 4 de junio BOE-A-2013-5940
- la disposición adicional 21 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre BOE-A-2015-10440
- la disposición final 7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre BOE-A-2015-10565
- los arts. 13, 23.1.a) y 37.8 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11430
- Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre BOE-A-2020-11043
- el art. 5 del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo BOE-A-2020-3434
- los arts. 7, 19, 25, 33 y disposiciones transitorias 1 y 2 del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo BOE-A-2020-5493
- los arts. 44.1, 46.4, 47.d) y la disposición adicional 1 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio BOE-A-2020-7311
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