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En vigorLey

Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social

También conocida como: L 1/2014, L 1/14
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1 de marzo de 2014·7 de mayo de 2020·Jefatura del Estado·BOE-A-2014-2219
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley mejora los derechos y la protección de quienes trabajan a tiempo parcial, facilitando el acceso a pensiones y prestaciones sociales.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (29 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea

    Se modifica la Ley de Seguridad Aérea. El ajuste por déficit limita incrementos: 2,5% (2014), 4,5% (2015), 5,5% (2016-2018). El déficit se recupera en 5 años. Si el resultado es inferior, se aplican máximos para recuperar déficits previos.

  2. Artículo 2 — Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario

    Modifica la Ley del Sector Ferroviario: actualiza cánones e incentivos; crea la Comisión de investigación de accidentes (independiente, 6 años mandato); exige asistencia integral a víctimas y contabilidad separada mercancías/viajeros.

  3. Artículo 3 — Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013

    Se fija en 1.684.298,00 miles de euros el importe autorizado para operaciones de crédito de ADIF en 2013, según el anexo III de la Ley 17/2012.

  4. Artículo 4 — Cobertura financiera subsidiaria para la atención inmediata de las personas afectadas por el accidente ferroviario ocurrido el día 24 de julio de 2013

    RENFE-Operadora puede abonar anticipos a las víctimas del accidente ferroviario del 24 de julio de 2013, por encima de lo pagado por seguros, sin reconocer responsabilidad.

  5. Artículo 5 — Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio

    Se modifica el cómputo de cotización a tiempo parcial aplicando un coeficiente de parcialidad. Para pensiones, se aplica un coeficiente global y un incremento del 1,5 en días cotizados.

  6. Artículo 6 — Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio

    Se modifica la Ley General de la Seguridad Social. Se exige inscripción como demandante de empleo para solicitar y conservar prestaciones. Se regulan estancias en el extranjero (hasta 90 días) y suspensiones por incumplimiento de obligaciones o falta de documentación.

  7. Artículo 7 — Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo

    Los beneficiarios de desempleo deben cumplir el itinerario de inserción. Los servicios públicos verifican el cumplimiento y comunican sanciones o incumplimientos de inscripción al Servicio Público de Empleo Estatal o al Instituto Social de la Marina por medios electrónicos.

  8. Artículo 8 — Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto

    Se tipifican infracciones por no comunicar despidos, no comparecer ante servicios de empleo, no facilitar información o no mantenerse inscrito. Las sanciones leves implican pérdida de prestación (1 a 6 meses o extinción). Las muy graves conllevan pérdida de 6 meses, extinción o exclusión de un año.

  9. Artículo 9 — Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo

    Modifica el Estatuto de los Trabajadores. Regula consultas de 15 días para traslados, modificaciones sustanciales, suspensiones y despidos colectivos (30 días, 15 si <50 trabajadores). Establece comisiones de hasta 13 miembros, plazos de constitución de 7/15 días y mediación.

  10. Artículo 11 — Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

    Modifica la Ley 36/2011. El empresario puede demandar en 20 días para declarar ajustado el despido colectivo. La sentencia se dicta en 5 días. Si no se impugna, el trabajador individual tiene 20 días para hacerlo. La nulidad afecta si no hubo consultas o se vulneraron derechos fundamentales.

  11. Disposición adicional primera — Atribución a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB) de la condición de entidad colaboradora de los planes estatales de vivienda

    SAREB es entidad colaboradora del Ministerio de Fomento para vivienda. Los préstamos mantienen su carácter. La gestión la realiza la entidad originaria hasta la cesión. Se exigen plazos de 30 días y 2 meses para subrogaciones.

  12. Disposición adicional segunda — Aplicación de incrementos de tarifas de las prestaciones patrimoniales de carácter público

    Los incrementos de tarifas de la Ley 21/2003 se aplican a las cuantías de 2013 de las prestaciones patrimoniales públicas de Aena Aeropuertos, S.A., incluidas en el anexo I de esta ley.

  13. Disposición adicional tercera — Vigencia de la Orden FOM/898/2005, de 8 de abril, por la que se fijan las cuantías de los cánones ferroviarios establecidos en los artículos 74 y 75 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario

    La Orden FOM/898/2005 rige hasta la 1ª actualización de cánones ferroviarios. El administrador usa sus parámetros modificados: canon acceso (Modalidad A) por tramos/actividad; canon tráfico (Modalidad D) por plazas-km. Se actualizan anexos I (niveles tráfico), II (líneas), III (servicios). Tras la 1

  14. Disposición adicional cuarta — Informe sobre las medidas relacionadas con los trabajadores a tiempo parcial

    El Gobierno elaborará un informe en un año sobre el impacto de las medidas en trabajadores a tiempo parcial, pudiendo proponer adaptaciones en cotización y protección.

  15. Disposición adicional quinta — Establecimiento de la Garantía Juvenil

    El Gobierno presentará el plan de Garantía Juvenil antes de 2013. Creará un Programa Operativo con comunidades autónomas para jóvenes hasta 25 años, ofreciendo empleo, educación o prácticas.

  16. Disposición transitoria primera — Prestaciones de la Seguridad Social denegadas y en trámite respecto de trabajadores a tiempo parcial

    Las prestaciones denegadas antes del 4 agosto 2013 por falta de cotización mínima se rigen por esta ley si se cumple el nuevo período. El hecho causante es la fecha originaria, con retroactividad máxima de 3 meses desde la nueva solicitud.

  17. Disposición transitoria tercera — Régimen procesal aplicable a los despidos colectivos por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor

    El artículo 11 se aplica a los procesos por despidos colectivos por causas económicas, organizativas, técnicas, de producción o fuerza mayor que se inicien a partir del 4 de agosto de 2013.

  18. Disposición derogatoria — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.

  19. Disposición final primera — Título competencial

    El capítulo I se basa en competencias estatales sobre economía, transporte aéreo, terrestre y obras públicas. Los capítulos II a IV se basan en legislación procesal, laboral y Seguridad Social.

  20. Disposición final segunda — Modificación del Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación

    Se modifica el Real Decreto sobre agencias de colocación, prohibiendo subcontratar la actividad con terceros, salvo con otras agencias autorizadas.

  21. Disposición final tercera — Modificación del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de protección por desempleo

    El trabajador debe entregar documentación acreditativa de la causa de suspensión o extinción del derecho a la prestación por desempleo en la Oficina de Empleo. Si es por trabajos incompatibles, debe comunicarse previamente.

  22. Disposición final cuarta — Modificación del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada

    Modifica el Reglamento de despidos colectivos. Exige en la comunicación: causas, trabajadores afectados y habituales (desglosados por centro/provincia/CCAA), periodo, criterios de designación, copia de aviso a trabajadores y representantes. Para grupos de empresas, añade cuentas consolidadas auditad

  23. Disposición final quinta — Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo

    Se añade una disposición transitoria a la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Las autorizaciones de arrendamiento financiero (2007-2011) a favor de agrupaciones de interés económico no aplican si constituyen ayuda de Estado incompatible.

  24. Disposición final sexta — Modificación del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros

    Se modifican plazos para Entidades Locales: 15 sept 2013 para estar al corriente de pagos al Fondo, o 30 sept para solicitar inclusión. Se incluyen obligaciones vencidas antes del 31 mayo 2013 y transferencias autonómicas hasta el 31 dic 2012.

  25. Disposición final séptima — Modificación de la cuantía de la fianza definitiva en los contratos de gestión de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general

    Los adjudicatarios de contratos de gestión de servicios públicos de transporte de viajeros por carretera deben acreditar una fianza definitiva. El Gobierno establece reglas para determinar su cuantía.

  26. Disposición final octava — Modificación de disposiciones reglamentarias

    Las normas reglamentarias modificadas por esta ley podrán ser modificadas en el futuro por normas de rango reglamentario correspondiente.

  27. Disposición final novena — Incorporación de Derecho comunitario

    La ley incorpora parcialmente la Directiva 2012/34/UE sobre espacio ferroviario europeo único al derecho español.

  28. Disposición final décima — Habilitación normativa

    Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social.

  29. Disposición final undécima — Entrada en vigor

    La Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
1 de marzo de 2014
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Art. 28.2 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril BOE-A-1985-8124
  • Arts. 207, 209, 212, 213, 231, 233 y disposición adicional 7 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14960
  • Arts. 40, 41, 47, 51 y 82 de la ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo BOE-A-1995-7730
  • Arts. 22, 24, 25, 47 y 48 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE-A-2000-15060
  • Art. 92.2.c) de la Ley 21/2003, de 7 de julio BOE-A-2003-13616
  • Art. 64. 2 y 6 de la Ley 22/2003, de 9 de julio BOE-A-2003-13813
  • Arts. 21, 73, 77, 81, 89, 90 y disposición transitoria 3 y AÑADE las disposiciones adicionales 11 a 13 y transitoria 8 a la Ley 39/2003, de 17 de noviembre BOE-A-2003-20978
  • Art. 27.4 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre BOE-A-2003-23102
  • la disposición transitoria 42 a la Ley del Impuesto sobre Sociedades, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo BOE-A-2004-4456
  • Art. 1 y anexos I, II y III de la Orden FOM/898/2005, de 8 de abril BOE-A-2005-5755
  • Art. 5.f) del Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre BOE-A-2010-20151
  • los arts. 124 y 247 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre BOE-A-2011-15936
  • Arts. 3, 4, 6, 17, 19 y 26 a 28 del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre BOE-A-2012-13419
  • Anexo III de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre BOE-A-2012-15651
  • Arts. 14.3 y 9 del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio BOE-A-2013-7063
  • parcialmente la Directiva 2012/34/UE, de 21 de noviembre DOUE-L-2012-82548

Leyes que la modifican

  • la disposición transitoria 2, por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11430
  • en el recurso 7134/2014, inconstitucionales y nulos los arts. 7 y 8.5, por Sentencia 272/2015, de 17 de diciembre BOE-A-2016-633
  • el art. 10, por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo BOE-A-2020-4859
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