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En vigorLey

Ley 4/2024, de 1 de julio, de medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja

También conocida como: L 4/2024, L 4/24
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9 de julio de 2024·2 de julio de 2024·Comunidad Autónoma de La Rioja·BOE-A-2024-14006
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley ajusta el presupuesto y la gestión de La Rioja para mejorar servicios como educación, vivienda, ayudas sociales y empleo público.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

21
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (21 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Modificación de la Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja

    La Ley 4/2024 modifica el artículo 42 de la Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  2. Artículo 2 — Modificación de la Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja

    Se suprime la creación del Consejo de la Economía Social y Solidaria. Se modifican los artículos 7, 26 y la disposición adicional segunda de la Ley 9/2022. Se eliminan los artículos 27 a 31.

  3. Artículo 3 — Modificación de la Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja

    Se modifican los artículos 2, 12, 17, 18, 26, 28 y 30 de la Ley 8/2023 sobre ciencia y tecnología. Se añade un apartado al artículo 12 y se elimina la disposición adicional única.

  4. Artículo 4 — Modificación de la Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo

    La Ley 4/2024 modifica el apartado 2 del artículo 21 de la Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  5. Artículo 5 — Modificación de la Ley 1/2019, de 4 de marzo, de Medidas Económicas, Presupuestarias y Fiscales Urgentes para el año 2019

    Se añade un apartado 7 al artículo 2 de la Ley 1/2019 de Medidas Económicas, Presupuestarias y Fiscales Urgentes para el año 2019.

  6. Artículo 6 — Objeto

    Se establece un marco regulador de la convivencia en centros públicos de La Rioja (Infantil, Primaria, ESO, FP, Bachillerato, Régimen Especial) para mejorar la calidad educativa y el respeto al profesorado y directivos.

  7. Artículo 7 — Marco normativo

    Los centros elaboran normas de organización y funcionamiento ajustadas al marco de convivencia. La normativa de desarrollo establece el sistema de recursos contra las medidas correctoras de los centros.

  8. Artículo 8 — Conductas que perturban la convivencia

    Los centros aplican medidas correctoras a conductas que perturban la convivencia escolar, dentro o fuera del recinto si están relacionadas con la vida escolar. Las medidas deben ser proporcionadas, educativas y compatibles con sanciones administrativas, penales o contencioso-administrativas.

  9. Artículo 9 — Tipificación de las conductas que perturban la convivencia

    Se tipifican faltas leves (ej. falta de puntualidad, deterioro leve) y graves/muy graves (ej. agresiones, acoso, discriminación). Las muy graves incluyen discriminación por género u origen. Los planes de convivencia deben incluir medidas correctoras.

  10. Artículo 10 — Correcciones y medidas educativas

    Medidas educativas: tareas (10d), horario (15d), extraescolares (20d), cambio grupo (15d), suspensión clases (10d), asistencia (10d). Graves: tareas (60d), extraescolares (20d-fin curso), grupo (15d-fin), clases (10-20d), evaluación (16+), asistencia (10-20d), cambio centro (obligatoria), expulsión.

  11. Artículo 11 — Graduación de medidas correctoras

    Atenuantes: reconocimiento, falta intencionalidad, ocasionalidad. Agravantes: premeditación, reiteración, violencia, acoso, discriminación, publicidad, no asumir responsabilidades.

  12. Artículo 12 — Asunción de responsabilidades y reparación de daños

    Quien cause daños en instalaciones o pertenencias debe repararlos. Las normas del centro pueden permitir sustituir la reparación por tareas. En sustracciones, se restituye el bien o su valor. En agresiones, se reparará el daño moral con excusas públicas o privadas.

  13. Artículo 13 — Modificación de la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja

    Se modifica la Ley 9/2023 de función pública de La Rioja. Se añaden los artículos 27 bis, 105 bis y 105 ter. Se redactan de nuevo los artículos 105 y el anexo I (tres veces). Se modifican las disposiciones adicionales tercera.b) y quinta.b).11.º, y se añade la vigesimoquinta.

  14. Artículo 14 — Modificación de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja

    Se modifica la Ley 7/2023 de igualdad de La Rioja. Se redactan de nuevo los apartados 1, 3 y 4 del artículo 9; el apartado 4 del artículo 12; los artículos 13, 15, 18 (apartados 1 y 3), 22 (apartado 1), 46 (apartado 1) y 49 (apartado 1). Se suprime el artículo 14.

  15. Artículo 15 — Modificación de la Ley 12/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2024

    Se modifica la Ley 12/2023 de Presupuestos de La Rioja para 2024. Se modifica el artículo 20 (apartado 3) y el 30 (apartados 2 y 4). Se añade el artículo 66 bis y el apartado e) al 67. Se suprimen subvenciones nominativas de Educación y Empleo en el anexo III.

  16. Artículo 16 — Modificación de la Ley 3/2008, de 13 de octubre, de reconocimiento de la Universidad Internacional de La Rioja

    Se modifica el artículo 1 de la Ley 3/2008, de 13 de octubre, de reconocimiento de la Universidad Internacional de La Rioja. El texto del artículo queda redactado conforme a la nueva disposición, aunque el contenido específico no se detalla en este fragmento.

  17. Artículo 17 — Modificación de la Ley 3/2022, de 29 de marzo, reguladora del juego y las apuestas de La Rioja y de la prevención del juego problemático y patológico

    Se modifica la Ley 3/2022 reguladora del juego en La Rioja. Se añade una nueva disposición adicional quinta con el contenido especificado en la ley.

  18. Disposición adicional única — Participación en concursos de méritos y de traslados tras los procesos de estabilización

    Los adjudicatarios de la oferta de estabilización (Ley 20/2021) en La Rioja no podrán participar en el siguiente concurso de traslados ni de méritos tras tomar posesión. Quedan exceptuados el personal docente no universitario y el estatutario del Servicio Riojano de Salud.

  19. Disposición transitoria única — Aplicación del apartado 3 de la disposición derogatoria de esta ley

    Lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición derogatoria de esta ley se aplica a los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.

  20. Disposición derogatoria única — Derogación de otras disposiciones legales

    Se derogan: Ley 5/2021 (enseñanza religión); apartados 4 art. 9 y 3 art. 26 de Ley 9/2022 (economía social); disposición adicional 10 de Ley 5/2006 (urbanismo); apartado 3 art. 31 de Ley 4/2000 (espectáculos); y artículo 14 de Ley 7/2023 (igualdad).

  21. Disposición final única — Entrada en vigor

    La ley entra en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja». La medida del artículo 5 entra en vigor para el curso académico 2024/2025.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de julio de 2024
Departamento
Comunidad Autónoma de La Rioja

Notas oficiales

Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final única, el 2 de julio de 2024.

Publicada en el BOR núm. 127, de 2 de julio de 2024

Leyes en las que se basa

  • el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio BOE-A-1982-15030
  • el art. 31.3 de la Ley 4/2000, de 25 de octubre BOE-A-2000-21563
  • el art. 21.2 de la Ley 4/2002, de 1 de julio BOE-A-2002-14082
  • la disposición adicional 10 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo BOE-A-2006-9008
  • el art. 42 de la Ley 2/2007, de 1 de marzo BOE-A-2007-6609
  • el art. 1 de la Ley 3/2008, de 13 de octubre BOE-A-2008-17257
  • con los efectos indicados, el art. 2 de la Ley 1/2019, de 4 de marzo BOE-A-2019-3643
  • la Ley 5/2021, de 26 de octubre BOE-A-2021-18190
  • los arts. 9.4 y 26.3, MODIFICA la exposición de motivos, los arts. 7, 26 y la disposición adicional 2 y SUPRIME el capítulo VIII de la Ley 9/2022, de 20 de julio BOE-A-2022-13067
  • la disposición adicional 5 a la Ley 3/2022, de 29 de marzo BOE-A-2022-6677
  • el art. 14 y MODIFICA los arts. 9, 12, 13, 15, 18, 22, 46 y 49 de la Ley 7/2023, de 20 de abril BOE-A-2023-11337
  • la exposición de motivos, los arts. 2, 12, 17, 18, 26, 28, 30 y SUPRIME la disposición adicional única de la Ley 8/2023, de 20 de abril BOE-A-2023-11338
  • el art. 105, el anexo I, las disposiciones adicionales 3 y 5 y AÑADE los arts. 27 bis, 105 bis, 105 ter y la disposición adicional 25 a la Ley 9/2023, de 5 de mayo BOE-A-2023-12918
  • los arts. 20, 30, 67, el anexo III y AÑADE el art. 66 bis a la Ley 12/2023, de 28 de diciembre BOE-A-2024-1777
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