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En vigorReal Decreto

Real Decreto 145/2023, de 28 de febrero, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para su adaptación al principio de reconocimiento mutuo

También conocida como: RD 145/2023, RD 145/23
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18 de marzo de 2023·Ministerio de Industria, Comercio y Turismo·BOE-A-2023-7056
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma facilita que productos industriales fabricados en otros países de la Unión Europea puedan venderse y usarse en España sin trabas.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (17 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero — Modificación del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre

    El Real Decreto 145/2023 modifica el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas (RD 2085/1994). El apartado 1 del artículo 10 queda redactado conforme a la adaptación al principio de reconocimiento mutuo en materia de seguridad industrial.

  2. Artículo segundo — Modificación del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial

    Se modifican la disposición adicional sexta y la transitoria cuarta del Reglamento de Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial (RD 2200/1995).

  3. Artículo tercero — Modificación del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto

    Se modifica el artículo 25 del Reglamento electrotécnico para baja tensión (RD 842/2002).

  4. Artículo cuarto — Modificación del Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, aprobado por el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre

    Se modifica el apartado 2 del artículo 15 del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (RD 2267/2004).

  5. Artículo quinto

    Se modifican el título y contenido del artículo 11 del Reglamento técnico de combustibles gaseosos (RD 919/2006).

  6. Artículo sexto

    Se modifican el título y contenido del artículo 7 del Reglamento sobre líneas eléctricas de alta tensión (RD 223/2008).

  7. Artículo séptimo

    Se modifica el artículo 7 del Reglamento sobre instalaciones eléctricas de alta tensión (RD 337/2014).

  8. Artículo octavo — Modificación del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo

    Se modifica la disposición adicional primera del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RD 513/2017).

  9. Disposición adicional única

    Se aplica el reconocimiento mutuo a grifería, armaduras de acero, detectores de monóxido, recubrimientos galvanizados, alambres, tubos de acero (8-220 mm) y cementos, comercializados legalmente en la UE, Turquía o EEE.

  10. Disposición transitoria primera — Procedimientos en fase de tramitación

    Los procedimientos de certificación o reconocimiento mutuo en tramitación al entrar en vigor la norma continuarán bajo la normativa vigente al inicio del expediente, finalizándolos en el plazo legal establecido.

  11. Disposición transitoria segunda

    Las modificaciones en el Real Decreto 1313/1988 sobre cementos entran en vigor con este real decreto. Existe un periodo de coexistencia de un año donde son válidas las referencias anteriores y las nuevas.

  12. Disposición derogatoria única — Derogación de normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.

  13. Disposición final primera

    Se corrigen errores en el Reglamento de equipos a presión (RD 809/2021) y sus ITC EP 3 y 5, modificando redacción de artículos, anexos y tablas de inspecciones.

  14. Disposición final segunda

    Se modifican las instrucciones MI-IP 01 (Refinerías, RD 2085/1994) y MI-IP 03 (Almacenamiento, RD 1427/1997), redactando artículos y anexos específicos.

  15. Disposición final tercera — Modificación del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados

    Se modifica el anexo del Real Decreto 1313/1988 sobre homologación de cementos, actualizando especificaciones técnicas, toma de muestras y métodos de ensayo.

  16. Disposición final cuarta — Título competencial

    El Estado tiene competencia exclusiva sobre bases de la planificación económica (art. 149.1.13 CE). Los arts. 1, 6 y 7 se amparan también en la competencia sobre bases mineras y energéticas (art. 149.1.25 CE).

  17. Disposición final quinta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 145/2023, de 28 de febrero, que modifica normas de seguridad industrial, entra en vigor el 1 de julio de 2023.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
18 de marzo de 2023
Departamento
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Leyes en las que se basa

  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el anexo del Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre BOE-A-1988-25427
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 10.1 del Reglamento y el art. 16.4 de la ITC MI-IP 01 aprobados por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre BOE-A-1995-2122
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, las disposiciones adicional 6 y transitoria 4 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre BOE-A-1996-2468
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 11 y el anexo de la instrucción técnica MI-IP 03 aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre BOE-A-1997-22316
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 25 del Reglamento aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto BOE-A-2002-18099
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 15.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre BOE-A-2004-21216
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 11 del Reglamento aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio BOE-A-2006-15345
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero BOE-A-2008-5269
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo BOE-A-2014-6084
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, la disposición adicional 1 del Reglamento aprobado por Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo BOE-A-2017-6606
  • con efectos desde el 1 de julio de 2023, el art. 8.3, los anexos I, III del Reglamento; el art. 3.2 y anexo I de la ITC EP-3 y el art. 4.12 de la ITC EP-5 aprobadas por Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre BOE-A-2021-16407
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