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En vigorReal Decreto

Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

También conocida como: RD 401/2021, RD 401/21
Ver en BOE
9 de junio de 2021·28 de febrero de 2026·Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana·BOE-A-2021-9560
Resumen en lenguaje sencillo

Regula cómo los propietarios pueden pedir una compensación si no pudieron desahuciar a inquilinos vulnerables durante la pandemia.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

7
Artículos
15
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

14 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Este real decreto adopta medidas para que las comunidades autónomas utilicen recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, cubriendo compensaciones a propietarios y arrendadores de los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, y establece el procedimiento para dichas solicitudes.

  2. Artículo 2 — Requisitos para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 para las compensaciones a arrendadores o propietarios previstas en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre

    Para usar recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla deben remitir al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en seis meses tras el plazo de solicitudes: número de solicitudes (estimadas/desestimadas por provincia/municipio), importe de

  3. Artículo 3 — Procedimiento para la presentación, tramitación y resolución de solicitudes formuladas por los arrendadores o propietarios de las viviendas afectadas

    Las solicitudes de compensación para arrendadores o propietarios pueden presentarse hasta el 31 de enero de 2026 ante el órgano competente de la comunidad autónoma o Ceuta y Melilla. Deben incluir una exposición razonada de la compensación por el período de suspensión del alquiler o lanzamiento, bas

  4. Disposición adicional única — Utilización de los recursos del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025

    Las compensaciones no realizadas con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 podrán financiarse con el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Los requisitos son los mismos que para el plan anterior, salvo que el acuerdo de liquidación e imputación lo adopta la persona titular de la

  5. Disposición final primera — Régimen específico de financiación de las compensaciones en la Comunidad Foral de Navarra y en la Comunidad Autónoma del País Vasco

    Las compensaciones en Navarra y País Vasco se financian mediante el convenio económico navarro y el concierto económico con el País Vasco.

  6. Disposición final segunda — Título competencial

    Este real decreto se basa en la competencia exclusiva del Estado para las bases y coordinación de la planificación económica general.

  7. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
9 de junio de 2021
Departamento
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • el art. 3, por Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto BOE-A-2021-13259
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre BOE-A-2021-17456
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio BOE-A-2022-10557
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre BOE-A-2022-22685
  • el art. 3 y SE AÑADE la disposición adicional única, por Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero BOE-A-2022-2849
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio BOE-A-2023-15135
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre BOE-A-2023-26452
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre BOE-A-2024-26915
  • la modificación del art. 3, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por Resolución de 22 de enero de 2025 BOE-A-2025-1136
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero BOE-A-2025-1560
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre BOE-A-2025-26458
  • la modificación del art. 3, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por Resolución de 27 de enero de 2026 BOE-A-2026-2024
  • el art. 3, por Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero BOE-A-2026-2547
  • la modificación del art. 3, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por Resolución de 26 de febrero de 2026 BOE-A-2026-4667
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