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En vigorLey

Ley 6/2009, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero

También conocida como: L 6/2009, L 6/09
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21 de enero de 2010·29 de diciembre de 2022·Comunidad Autónoma de Cantabria·BOE-A-2010-931
Resumen en lenguaje sencillo

Normativa de Cantabria que regula impuestos, tasas, ayudas públicas y normas de gestión en áreas como sanidad, urbanismo y medio ambiente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

4 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (24 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 2 — Modificación de la Ley 2/2002, de 29 de abril de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria

    La Agencia Cántabra de Administración Tributaria aplica el canon de saneamiento. El componente fijo es 14,88 €/año. El variable doméstico es 0,2437 €/m³ e industrial 0,3166 €/m³. También hay tarifas por carga contaminante (MES, DQO, fósforo, etc.).

  2. Artículo 3 — Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Medio Ambiente

    Se modifican tasas de Medio Ambiente: 41,19 €/tonelada para residuos urbanos; inspección atmosférica con 3 tipos (1100, 2600, 4600 €); y se crean tasas por clausura de vertederos (0,43 €/kg) y abastecimiento de agua con tarifas fijas y variables.

  3. Artículo 4 — Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad

    La Consejería modifica tasas por industrias agroalimentarias (hasta 60€+), pesca marítima (carnés 4,59€, licencias recreo 13,58€ con bonificación 50% y exención >65 años) y cotos de pesca continental (salmón 20,80€, trucha/cangrejo 10,40€ con bonificación 50% para socios).

  4. Artículo 5 — Modificación de las tasas aplicables por la Oficina de Calidad Alimentaria

    ODECA cobra tasas por distintivos (0,5%, 0,25% ecológico), precintas (200% valor) e inscripciones (58,41€, 50% ecológico). Pago anual o previo. Exentos: Administración autonómica.

  5. Artículo 6 — Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo

    La tasa por autorizaciones en suelo rústico y servidumbre marítimo-terrestre es de 37,33 euros. Se devenga al presentar la solicitud a la Administración Autonómica.

  6. Artículo 7 — Modificación de las Tasas aplicables por la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria

    Puertos de Cantabria suprime señalización marítima. Tarifa entrada barcos: 11,07-14,75€/100GT/día. Cabotaje x0,3125. Interior: 15x diario. Exentos: tarifa T-4.

  7. Artículo 8 — Modificación de las Tasas aplicables por la Consejería de Presidencia y Justicia

    Se modifican tasas del Boletín Oficial de Cantabria. Hecho imponible: inserciones y suscripciones en papel. Exentas: actos legales, electorales, justicia gratuita, judiciales y criminales. Sujetos pasivos: particulares, adjudicatarios, suscriptores y condenados en costas. Tarifas: 0,381€/palabra, 2,

  8. Artículo 9 — Modificación de las Tasas aplicables por la Consejería de Educación

    La Consejería de Educación modifica tasas por títulos: Bachillerato 48,96€, Técnico 19,95€, Superior 48,96€, idiomas 11,80-23,57€, Profesional 91,68€. Duplicados: 4,39€. Inspecciones: periódica 34,67€, autorización 69,36€, oficio 34,67€. Inscripción registro: 17,35€.

  9. Artículo 10 — Modificación del Texto Refundido de la Ley de Cantabria 11/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio

    Desde el 1 de enero de 2010, se modifica la Ley de Cantabria 11/2002. Se actualizan coeficientes del Impuesto de Sucesiones, se crean bonificaciones autonómicas (99% en herencias y donaciones de vivienda) y se fijan nuevos tipos de gravamen para transmisiones patrimoniales, actos documentados y juegos de azar.

  10. Artículo 11 — Modificación de la Ley de Cantabria 9/2006, de 29 de junio, de creación de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria

    Se modifican la Ley 9/2006 y su Anexo. Se adscriben a Puertos de Cantabria bienes de la Comunidad Autónoma bajo la Dirección General de Puertos y Costas, e inmuebles de la Consejería de Pesca para usos pesqueros, siguiendo la Ley de Patrimonio de Cantabria 3/2006.

  11. Artículo 12 — Modificación de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria

    Se modifica la Ley de Cantabria 2/2001. Los Ayuntamientos pueden formular Planes Especiales sin Plan Regional. La Administración Autonómica sustancia expropiaciones. Se regulan Planes de Suelo Rústico y Catálogos de Edificaciones, con informes vinculantes de la Comisión Regional en 3 meses.

  12. Artículo 13 — Modificación de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales

    Se modifican prestaciones complementarias (pensiones, hijos, acogimiento) equiparándolas a la Renta Social Básica. Se regula el Convenio de Incorporación Social. Se detallan causas de extinción de la Renta, incluyendo reincidencia tras 6 meses por incumplimiento.

  13. Artículo 14 — Modificación de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

    Se incorporan al silencio desestimatorio: formación profesional, tarjetas náutico-pesqueras, buceo, registros agroforestales y envasadores de vinos.

  14. Artículo 15 — Modificación de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria

    La voluntad sanitaria se otorga ante notario, tres testigos o funcionarios habilitados. La Fundación Valdecilla gestiona servicios. Las entidades sanitarias las preside el Consejero.

  15. Artículo 16 — Modificación de la Ley de Cantabria 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria

    Se modifican normas farmacéuticas: se añaden unidades de radiofarmacia, se restringen traslados de farmacias y se regulan responsabilidades técnicas y calidad en el ámbito hospitalario.

  16. Artículo 18 — Modificaciones de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria

    Se modifican exenciones de subvenciones (convenios, aportaciones a organismos internacionales) y se regulan las concesiones directas por interés público. Estas requieren decreto con memoria económica e informes de Presupuestos, Jurídico e Intervención. Deben publicarse en el BOC si superan 3.000 €.

  17. Artículo 20 — Modificaciones a la Ley de Cantabria 2/2008, de 11 de julio, por la que se crea el Instituto de Finanzas de Cantabria

    Se derogan funciones del Instituto de Finanzas de Cantabria relacionadas con la gestión financiera del sector público empresarial y fundacional, así como la reordenación de dicho sector. También se modifica el artículo 15.2.h).

  18. Artículo 21 — Modificación de la Ley de Cantabria 3/2006, de 18 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria

    Se derogan el párrafo 2 del apartado 1 del artículo 56 y el apartado 3 del artículo 85 de la Ley de Patrimonio de Cantabria, ambos introducidos por la Ley 2/2008.

  19. Artículo 22 — Modificación del artículo 8 de la Ley de Cantabria 8/1993, de 18 de noviembre, del Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos

    Se declaran servicios públicos autonómicos: recogida selectiva, almacenamiento en centros de transferencia y gestión final (valorización/eliminación). Los servicios b) y c) son de recepción obligatoria para entes locales y devengan tasa idéntica, sin importar la distancia.

  20. Disposición adicional primera — Modificación de disposiciones legales

    Se modifican disposiciones legales como la Ley de Tasas de Cantabria 9/1992, Ley de Ordenación Territorial 2/2001, Ley Farmacéutica 7/2001, Saneamiento 2/2002, Régimen Jurídico 6/2002, Sanitaria 7/2002, Puertos 9/2006, Subvenciones 10/2006, Finanzas 14/2006, Derechos Sociales 2/2007, Medidas Fiscale

  21. Disposición adicional segunda — Reducción de canon por ocupación del dominio público a las Cofradías de Pescadores

    Las Cofradías de Pescadores tienen una reducción del 90% en cánones de ocupación portuaria durante 2010. El importe se repercute obligatoriamente sobre el primer comprador de las pescas, constando de forma expresa y separada en la factura de primera venta o documento equivalente.

  22. Disposición derogatoria única

    Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la Ley 6/2009, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero.

  23. Disposición final primera — Desarrollo Reglamentario

    Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en esta Ley.

  24. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley entra en vigor el 1 de enero de 2010.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
21 de enero de 2010
Departamento
Comunidad Autónoma de Cantabria

Notas oficiales

Publicada en el BOCT núm. 25, de 30 de diciembre de 2009.

Leyes en las que se basa

  • determinados preceptos del Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio BOCT-c-2008-90028
  • el art. 15.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre BOE-A-1982-635
  • art. 8 de la Ley 8/1993, de 18 de noviembre BOE-A-1993-31102
  • Tasas indicadas de la Ley 9/1992, de 18 de diciembre BOE-A-1993-5274
  • arts. 59.3, 29.7, disposición adicional 5 y disposición transitoria 11 y AÑADE la disposición transitoria 12 a la Ley 2/2001, de 25 de junio BOE-A-2001-16695
  • arts. 4.b), 28, 37 y la disposición transitoria 5 de la Ley 7/2001, de 19 de diciembre BOE-A-2002-915
  • arts. 24.2 y 31.4 de la Ley 2/2002, de 29 de abril BOE-A-2002-9789
  • Anexo II de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre BOE-A-2003-322
  • Arts 34.2, 94.1 y la disposición adicional 4 de la Ley 7/2002, de 10 de diciembre BOE-A-2003-323
  • art. 85.3 y el párrafo 2 del art. 56.1 de la Ley 3/2006, de 18 de abril BOE-A-2006-14082
  • arts. 5.3 y el 10.3 del anexo de la Ley 9/2006, de 29 de junio BOE-A-2006-15079
  • arts. 4 y 29 de la Ley 10/2006, de 17 de julio BOE-A-2006-15113
  • arts. 21.4, 107, 143. a) y la disposición adicional 2 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre BOE-A-2006-20767
  • arts. 27.B.1, 30.b) 31.1, 32.5, 38, 45.2 y 60 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo BOE-A-2007-8186
  • arts. 12, 15.2.h) y la disposición adicional 2 y renumera el 15.2 de la Ley 2/2008, de 11 de julio BOE-A-2008-13911

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2010 BOE-A-2010-2531
  • el art. 19, por Ley 2/2014, de 26 de noviembre BOE-A-2014-13624
  • el art. 1.13, por Ley 7/2014, de 26 de diciembre BOE-A-2015-685
  • el art. 1, por Ley 11/2022, de 28 de diciembre BOE-A-2023-3297
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