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En vigorLey

Ley 6/2025, de 11 de diciembre, de Medidas Urgentes en materia de Vivienda, Suelo y Urbanismo

También conocida como: L 6/2025, L 6/25
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20 de enero de 2026·29 de diciembre de 2025·Comunidad Autónoma del País Vasco·BOE-A-2026-1256
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley busca agilizar la construcción de viviendas y facilitar el acceso a hogares asequibles en el País Vasco simplificando los trámites urbanísticos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (18 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y finalidad

    La Ley 6/2025 establece medidas urgentes para garantizar el acceso a la vivienda en el País Vasco, movilizando suelo, agilizando procedimientos y regulando el mercado inmobiliario.

  2. Artículo 2 — Modificación de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo

    La Ley 6/2025 modifica la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo. Cambia títulos, redacta nuevos artículos (27, 56, 68, 73, 80, 94 bis, 135, 145, 194, 198, 207, 212) y actualiza referencias: ayuntamiento por administración; programa urbanizadora por unidad de ejecución o ejecución. Deroga secciones y apart

  3. Artículo 3 — Modificación de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda

    La Ley 6/2025 modifica la Ley 3/2015 de Vivienda. Añade incumplimiento de función social (art. 4), nuevo apartado en art. 7, fomento de alojamientos dotacionales (art. 23) e infracciones graves (art. 84).

  4. Artículo 4 — Modificación de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi

    La Ley 6/2025 modifica la Ley 10/2021 de Administración Ambiental de Euskadi. Añade párrafos y artículos (62, 75 bis), suprime punto en anexo II.A y añade apartado en anexo II.B.

  5. Artículo 5 — Modificación de la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo

    La Ley 6/2025 modifica la Ley 4/2015 sobre contaminación del suelo. Modifica el artículo 31 y añade la disposición adicional sexta para la prevención y corrección de dicha contaminación.

  6. Artículo 6 — Modificación de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi

    La Ley 6/2025 modifica la Ley 2/2016 de Instituciones Locales de Euskadi añadiendo una disposición adicional octava, cuyo contenido específico no se detalla en el texto proporcionado.

  7. Artículo 7 — Modificación de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo

    Se modifica el apartado 4 del artículo 20 de la Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo, estableciendo una nueva redacción para dicha norma.

  8. Disposición adicional primera — Cumplimiento conjunto y reducción del estándar de vivienda de protección pública

    Se reduce el estándar de vivienda protegida en suelo urbanizable hasta el 60% si se justifica por escasa oferta y viabilidad económica. Se aplica en ordenación pormenorizada sin modificar la estructural.

  9. Disposición adicional segunda — Informes sectoriales

    Los informes sectoriales se solicitan al Gobierno Vasco o diputaciones, que emiten un único informe. El plazo es de un mes para planeamiento o edificación protegida. La falta de respuesta equivale a informe favorable.

  10. Disposición adicional tercera — Contratación

    En promociones de vivienda protegida y alojamientos dotacionales, se permite contratar conjuntamente proyecto, dirección, trabajos técnicos y ejecución de obras. También se admite contrato doble con participación temprana del contratista.

  11. Disposición adicional cuarta — Modificación de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión

    Se modifica la Ley 14/2022 del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos. Se añade un apartado 3 al artículo 13 y se modifica el apartado 1 del artículo 25, estableciendo nuevas redacciones para ambos.

  12. Disposición transitoria primera — Instrumentos de ordenación pormenorizada

    Los suelos de actuación integrada no incluidos en unidad de ejecución forman una sola unidad por área o sector, con sistema de cooperación. Su delimitación puede alterarse mediante el procedimiento del artículo 145 de la Ley 2/2006.

  13. Disposición transitoria segunda — Vivienda protegida en alquiler

    Hasta adaptar los planes, el estándar de vivienda protegida de alquiler se cumple según reglas: planes no aprobados definitivamente, ámbitos receptores y transmisores de transferencias, y planes adaptados a la Ley 17/1994.

  14. Disposición transitoria tercera — Instrumentos de ordenación pormenorizada en curso de aprobación

    La ley exige exposición pública para incorporar sus previsiones a instrumentos de ordenación en curso. Si ya hubo aprobación inicial, no se requieren nuevos informes salvo en materias afectadas por cambios.

  15. Disposición transitoria cuarta — Valoración de los suelos calificados para viviendas de protección social en régimen de alquiler

    Hasta desarrollar la normativa específica, los suelos para alquiler protegido se valorarán como viviendas de protección social en venta, a efectos de reparcelación y expropiación.

  16. Disposición transitoria quinta — Aplicación de las reducciones de plazos

    Las reducciones de plazos se aplican a procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor, computándose desde esa fecha, salvo que el plazo anterior ya se hubiera agotado.

  17. Disposición final primera

    Transcurridos tres años desde la entrada en vigor, se revisarán la flexibilidad de ordenación estructural y la reducción del estándar de vivienda protegida, evaluando efectos y satisfacción de la demanda.

  18. Disposición final segunda

    La Ley 6/2025, de 11 de diciembre, de Medidas Urgentes en materia de Vivienda, Suelo y Urbanismo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
20 de enero de 2026
Departamento
Comunidad Autónoma del País Vasco

Notas oficiales

Publicada en el BOPV núm. 250, de 29 de diciembre de 2025.

Leyes en las que se basa

  • el art. 10.31 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre BOE-A-1979-30177
  • la sección 8 del capítulo I del título V, lo indicado de los arts. 159, 169 y de la disposición transitoria 3; MODIFICA determinados preceptos y las referencias indicadas; SUPRIME las referencias reseñadas y AÑADE los arts. 2 bis y el 94 bis a la Ley 2/2006, de 30 de junio BOE-A-2011-17400
  • los arts. 4.2, 7, 23 y 84 de la Ley 3/2015, de 18 de junio BOE-A-2015-7802
  • el art. 31.4 y AÑADE la disposición adicional 6 a la Ley 4/2015, de 25 de junio BOE-A-2015-8272
  • la disposición adicional 8 a la Ley 2/2016, de 7 de abril BOE-A-2016-4171
  • el art. 20.4 de la Ley 13/2016, de 28 de julio BOE-A-2016-8346
  • el art. 62, los anexos II.A y II.B y AÑADE el art. 75 bis a la Ley 10/2021, de 9 de diciembre BOE-A-2022-951
  • los arts. 13 y 25.1 de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre BOE-A-2023-1405
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