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En vigorDecreto urgente

Decreto-ley 7/2021, de 7 de mayo, del Consell, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19

También conocida como: RDL 7/2021, RDL 7/21
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13 de mayo de 2021·26 de julio de 2021·Comunitat Valenciana·DOGV-r-2021-90177
Resumen en lenguaje sencillo

Ayudas económicas directas para autónomos y pequeñas empresas de la Comunidad Valenciana para superar las dificultades causadas por la pandemia.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (16 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y finalidad

    Las ayudas directas a autónomos y empresas no financieras son finalistas: se aplican a deuda, proveedores y costes fijos devengados entre marzo 2020 y mayo 2021, con contratos anteriores al 13 marzo 2021.

  2. Artículo 2 — Competencia

    La instrucción y resolución de las ayudas extraordinarias previstas en el Decreto-ley 7/2021 corresponde a la conselleria competente en materia de hacienda.

  3. Artículo 3 — Financiación

    El importe máximo de las ayudas es 647.081.980,00 €, financiadas por el Gobierno de España. El saldo no ejecutado a 31 diciembre 2021 se reintegra al Ministerio de Hacienda.

  4. Artículo 4 — Simplificación administrativa

    Se aplica urgencia y plazos reducidos a la mitad (excepto presentación y recursos). Trámites electrónicos. Representante requiere autorización previa. La solicitud autoriza intercambio de datos con Hacienda.

  5. Artículo 5 — Entidades colaboradoras

    El órgano concedente puede designar entidad colaboradora para entregar fondos o gestionar la subvención, conforme al artículo 16.6 de la Ley 38/2003 de subvenciones.

  6. Artículo 6 — Control interno

    Los expedientes no pasan por fiscalización previa de la Intervención General. Los gastos serán objeto de control financiero o auditoría pública conforme a la Ley 1/2015.

  7. Artículo 7 — Anticipos y avales

    Se podrá anticipar hasta el 100% del importe de la subvención sin necesidad de constituir garantías por parte de los beneficiarios.

  8. Disposición adicional primera — Colaboración interadministrativa

    Se solicitarán datos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, a la Tesorería General de Seguridad Social y a otras administraciones públicas necesarias para la gestión.

  9. Disposición adicional segunda — Financiación

    Las ayudas se financian por el Gobierno de España con cargo a la aplicación 37.01.941O.450. Se generan créditos en el presupuesto de la Generalitat para 2021 mediante modificación presupuestaria.

  10. Disposición adicional tercera — Generaciones de crédito asociadas a fondos REACT-EU

    En 2021, los fondos REACT-EU se financian con generación de créditos en el presupuesto de la Generalitat, mediante expediente de modificación presupuestaria e informe de la dirección general competente, sin aplicar los criterios del artículo 50.2 de la Ley 1/2015.

  11. Disposición adicional cuarta — Bonificación de la cuota del tributo sobre los juegos de suerte, envite o azar en caso de explotación de máquinas recreativas y de azar correspondiente al segundo trimestre natural del año 2021

    Se bonifica al 100% la cuota del tributo sobre juegos de suerte, envite o azar por explotación de máquinas recreativas y de azar correspondiente al segundo trimestre de 2021, si se devengó la cuota del primer trimestre.

  12. Disposición adicional quinta

    Desde el 1 de enero de 2021, se bonifica al 100% la cuota del primer trimestre de 2021 del tributo sobre juegos de suerte, envite o azar por explotación de máquinas recreativas y de azar, si la máquina se dio de baja por cese definitivo de la actividad.

  13. Disposición final primera — Modificación de la disposición adicional quinta de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021

    Se modifica la disposición adicional quinta de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, que queda redactada como sigue.

  14. Disposición final segunda — Modificación de la disposición adicional primera de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

    Se modifica la disposición adicional primera de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de organización de la Generalitat.

  15. Disposición final tercera — Habilitación para el desarrollo reglamentario

    Se faculta al Consell para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este decreto ley.

  16. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El Decreto-ley 7/2021, de 7 de mayo, del Consell, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
13 de mayo de 2021
Departamento
Comunitat Valenciana

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • que sustituye el anexo, en DOGV. núm. 8089 de 21 de mayo de 2021 DOGV-r-2021-90195
  • por Resolución de 10 de junio de 2021 DOGV-r-2021-90239
  • el art. 1 y SE SUPRIME el anexo, por Decreto-ley 12/2021, de 23 de julio DOGV-r-2021-90293
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