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Ya no está en vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, y para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo

También conocida como: RDL 7/2023, RDL 7/23
Ver en BOE
20 de diciembre de 2023·12 de enero de 2024·Jefatura del Estado·BOE-A-2023-25759
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley mejora los permisos para cuidar de la familia y simplifica los trámites para cobrar el subsidio por desempleo.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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2
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18
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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
20 de diciembre de 2023
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

Entrada en vigor: 21 de diciembre de 2023, en la forma indicada en la disposición final 9.

Leyes en las que se basa

  • el art. 7 del Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio BOE-A-1985-12676
  • los arts. 33 y 34 y AÑADE el 33 bis y 34 bis al Real Decreto 625/1985, de 2 de abril BOE-A-1985-8124
  • el art. 25.3 y, con efectos desde el 1 de junio de 2024, los arts. 24.3 y 4, 26.2 y 47.1 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE-A-2000-15060
  • la disposición transitoria 5 de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre BOE-A-2002-24244
  • con efectos desde el 1 de junio de 2024, la disposición adicional 6 del Real Decreto 426/2003, de 11 de abril BOE-A-2003-7616
  • con efectos desde el 1 de junio de 2024, el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre BOE-A-2006-21239
  • los arts. 37.4, 84.3 y 4, y AÑADE la disposición adicional 28 a la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11430
  • el art. 47 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11719
  • con efectos desde el 1 de junio de 2024, la disposición adicional 27 y, con los efectos indicados, MODIFICA determinados preceptos y AÑADE las disposiciones adicionales 54, 55 y 56 a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11724
  • hasta el 30 de junio de 2024, la vigencia del art. 24 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre BOE-A-2022-17040
  • la Directiva (UE) 2019/1158, de 20 de junio DOUE-L-2019-81171
  • el art. 24.2 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero DOUE-L-2021-80170

Leyes que la modifican

  • con variación de preceptos modificadores, en BOE núm. 3, de 3 de enero de 2024 BOE-A-2024-135
  • por Resolución de 10 de enero de 2024 BOE-A-2024-664
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