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En vigorLey

Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales

También conocida como: L 3/2004, L 3/04
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30 de diciembre de 2004·1 de octubre de 2014·Jefatura del Estado·BOE-A-2004-21830
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley establece los plazos máximos para que empresas y administraciones paguen sus facturas y regula los intereses por retrasos en los pagos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

19
Artículos
6
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4
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Qué ha cambiado

5 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (19 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La Ley combate la morosidad en pagos y el abuso en plazos de pago en operaciones comerciales entre empresas o con la Administración.

  2. Artículo 2 — Definiciones

    Empresa: actividad económica. Administración: sector público. Morosidad: incumplimiento plazos. Plazo de pago: incluye días vacacionales.

  3. Artículo 3 — Ámbito de aplicación

    Aplica a pagos entre empresas o con Administración. Excluye operaciones con consumidores, cheques/letras y deudas concursales.

  4. Artículo 4 — Determinación del plazo de pago

    El plazo de pago es de 30 días naturales desde la recepción. La factura debe llegar en 15 días. La aceptación dura máx. 30 días. El pago máximo pactado es de 60 días naturales.

  5. Artículo 5 — Devengo de intereses de demora

    El deudor incurre en mora automáticamente al no pagar en plazo. Debe intereses pactados o legales sin necesidad de aviso.

  6. Artículo 6 — Requisitos para que el acreedor pueda exigir los intereses de demora

    El acreedor cobra intereses si cumplió obligaciones y no recibió pago. En plazos, solo se calculan sobre cantidades vencidas.

  7. Artículo 7 — Interés de demora

    Interés: pactado o legal (tipo BCE + 8%). Se publica semestralmente en el BOE y dura seis meses.

  8. Artículo 8 — Indemnización por costes de cobro

    Al mora, se añaden 40 euros fijos a la deuda. Se reclaman costes de cobro acreditados que superen esa cantidad.

  9. Artículo 9 — Cláusulas y prácticas abusivas

    Son nulas las cláusulas abusivas. Si el interés pactado es un 70% inferior al legal, se considera abusivo. Las asociaciones de empresarios pueden demandar para cesar estas prácticas.

  10. Artículo 10 — Cláusula de reserva de dominio

    El vendedor conserva la propiedad hasta el pago total si hay cláusula expresa. Puede subrogar derechos a financiadores y retener documentación acreditativa.

  11. Artículo 11 — Transparencia en las buenas prácticas comerciales

    Las Administraciones Públicas promueven Códigos de buenas prácticas y sistemas de resolución de conflictos por mediación y arbitraje, de adscripción voluntaria.

  12. Disposición adicional primera — Régimen de pagos en el comercio minorista

    En comercio minorista, prima el artículo 17 de la Ley 7/1996. Esta ley se aplica de forma supletoria.

  13. Disposición adicional segunda — Informe del Gobierno al Congreso de los Diputados

    El Gobierno debe remitir al Congreso un informe en 2 años sobre los efectos de la ley en los plazos de pago entre empresas y con la Administración.

  14. Disposición transitoria única — Contratos preexistentes

    La ley aplica a contratos posteriores al 8 agosto 2002 para efectos futuros. La nulidad de cláusulas solo afecta a contratos posteriores a su entrada en vigor.

  15. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se derogan normas contradictorias con esta Ley, excepto las más beneficiosas para el acreedor en la determinación del plazo de pago.

  16. Disposición final primera — Modificación del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio

    La Administración debe pagar en 60 días. La liquidación del contrato debe acordarse en un mes. Los subcontratistas tienen derecho a intereses y costes de cobro en caso de demora.

  17. Disposición final segunda — Modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista

    El pago debe hacerse en 30 días. Los frescos tienen máx. 30 días; otros alimentos, 60 (máx. 90). Si supera 60 días, requiere documento cambiario. Intereses automáticos si hay demora.

  18. Disposición final tercera — Título competencial

    La ley se basa en competencias estatales de legislación mercantil y civil. La modificación del artículo 169.3 del texto refundido de la Ley de Contratos no es norma básica.

  19. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sobre medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de diciembre de 2004
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • art. 17 y AÑADE la disposición transitoria 2 a la Ley 7/1996, de 15 de enero BOE-A-1996-1072
  • los arts. 99, 110, 116, 169 y la disposición final primera de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio BOE-A-2000-11533
  • la Directiva 2000/35/CE, de 29 de junio DOUE-L-2000-81535

Leyes que la modifican

  • los arts. 2 a 4, 8 y 9 y SE AÑADE el art. 11, por Ley 15/2010, de 5 de julio BOE-A-2010-10708
  • los arts. 4 y 6 a 9, por Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero BOE-A-2013-2030
  • los arts. 4 y 6 a 9, por Ley 11/2013, de 26 de julio BOE-A-2013-8187
  • el art. 9.1, por Real Decreto-ley 4/2014, de 7 de marzo BOE-A-2014-2485
  • el art. 9.1, por Ley 17/2014, de 30 de septiembre BOE-A-2014-9896
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