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En vigorLey

Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

También conocida como: L 6/2021, L 6/21
Ver en BOE
29 de abril de 2021·27 de mayo de 2026·Jefatura del Estado·BOE-A-2021-6945
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley moderniza el Registro Civil para que puedas realizar la mayoría de tus trámites y gestiones de forma digital, rápida y sencilla desde casa.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículos
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Versiones
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Categorías

Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

    La Ley 6/2021 modifica la Ley 20/2011 del Registro Civil. Introduce un código personal único, firma electrónica avanzada, acceso electrónico a la información y estructura en Oficinas Centrales, Generales y Colaboradoras. Regula cambio de apellidos, supresión de Libros de Familia y transición a la e-

  2. Disposición adicional única — Modificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia

    Se amplía por cinco años el plazo para el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, según la Ley 16/1985 y otras normas fiscales y patrimoniales citadas.

  3. Disposición final primera — Título competencial

    La ley se basa en la competencia exclusiva del Estado en Administración de Justicia y ordenación de registros públicos, según el artículo 149 de la Constitución.

  4. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 6/2021, de 28 de abril, que modifica la Ley 20/2011 del Registro Civil, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de abril de 2021
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

La derogación con la salvedad indicada, del art. 27.1 y 2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se establece por la modificación de la disposición derogatoria de la Ley 20/2011, de 21 de julio .

Leyes en las que se basa

  • el plazo indicado de la disposición transitoria 5 de la Ley 16/1985, de 25 de junio BOE-A-1985-12534
  • con la salvedad indicada, el art. 27.1 y 2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre BOE-A-1988-29622
  • el plazo indicado de la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre BOE-A-1994-28968
  • el plazo indicado de la disposición adicional 2 de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre BOE-A-2004-21831
  • determinados preceptos y referencias y AÑADE la disposición transitoria 11 a la Ley 20/2011, de 21 de julio BOE-A-2011-12628

Leyes que la modifican

  • el plazo indicado de la disposición adicional única, por Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo BOE-A-2026-11397
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