Instrucción de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la realización del traslado de inscripciones realizadas de conformidad con la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, a registros individuales
Esta norma regula cómo se pasan los datos antiguos del Registro Civil al nuevo formato digital para que sean más fáciles de consultar y gestionar.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (4 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
1. Reglas de apertura, asignación y tramitación de los procedimientos de traslado de inscripciones principales en libros para la práctica de inscripciones complementarias en DICIREG
Para traslados de inscripciones en libros manuscritos, se aportan copias electrónicas o certificados. En libros digitales, el sistema facilita datos. DICIREG genera automáticamente un asiento de cierre que cancela la inscripción original sin necesidad de cancelación manual.
2. Reglas de apertura, asignación y tramitación de los procedimientos de traslado de inscripciones principales en libros consulares y libros del Registro Civil Central para la práctica de inscripciones complementarias en DICIREG
En traslados de duplicados consulares, la oficina consular debe aportar copia electrónica del folio. DICIREG genera un asiento de cierre que cancela automáticamente la inscripción consular y su duplicado en el Registro Civil Central.
3. Publicidad
La publicidad de los asientos trasladados a DICIREG usa los medios de la Ley 20/2011 y muestra el cierre. Los asientos en libros ya trasladados tienen carácter extraordinario y no hacen fe, manteniendo su posible restricción previa.
4. Implantación gradual y diligencia de cierre de los libros procesados
El procesamiento de libros INFOREG es gradual. Al cargarlos en repositorio, se cierran con diligencia que impide nuevas inscripciones tras la fecha indicada. En oficinas colaboradoras, la firma la realiza el funcionario correspondiente.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- la Ley de 8 de junio de 1957 BOE-A-1957-7537
- la disposición transitoria 2 de la Ley 20/2011, de 21 de julio BOE-A-2011-12628
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