Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo, por el que se transponen directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero, mercantil y sanitario, y sobre el desplazamiento de trabajadores
También conocida como: RDL 9/2017, RDL 9/17Esta ley actualiza normas sobre trasplantes, protege a trabajadores desplazados en Europa y mejora los derechos de los clientes bancarios.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (18 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero — Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores
Las órdenes de transferencia en sistemas de pagos son firmes, irrevocables y oponibles a terceros. No pueden anularse. Los saldos en el Banco de España no pueden embargarse hasta finalizar la sesión. Las garantías no se ven afectadas por insolvencias.
Artículo segundo — Modificación del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre
Se añade una letra p) al art. 234.2 de la Ley del Mercado de Valores. Permite suspender cautelarmente los derechos de voto de las acciones adquiridas hasta que se constate el cumplimiento de las obligaciones de información del art. 125, al incoar o durante un expediente sancionador.
Artículo tercero — Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en materia de ejercicio de las acciones de daños y perjuicios por infracciones del Derecho de la competencia
Se modifica la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia. Se añade un Título VI sobre compensación de daños por infracciones. Establece la responsabilidad solidaria, el derecho al pleno resarcimiento (daño emergente, lucro cesante e intereses) y un plazo de prescripción de 5 años. Incluye reglas sobre sobrecostes, clemencia y efectos de resoluciones firmes.
Artículo cuarto — Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para regular el acceso a pruebas en demandas por daños por infracción de la competencia. El tribunal puede ordenar la exhibición de documentos, con medidas de confidencialidad. Si se obstaculiza el acceso, se imponen multas coercitivas de 600 a 60.000 euros diarios. El incumplimiento de confidencialidad puede acarrear multas de 6.000 a 1.000.000 de euros.
Artículo quinto
El Real Decreto-ley 9/2014 se modifica para regular la importación de tejidos y células. Se introduce el Código Único Europeo (SEC) obligatorio, se crean registros públicos de establecimientos y se exigen acuerdos escritos con proveedores de terceros países para garantizar la trazabilidad y seguridad.
Artículo sexto — Modificación de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional
Se modifica la Ley 45/1999 sobre desplazamiento de trabajadores. Se define cooperación transfronteriza. El empresario debe comunicar el desplazamiento por vía electrónica antes del inicio, aportando datos de empresa, trabajadores, duración y representante en España. Se establecen obligaciones de doc
Artículo séptimo — Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto
Se modifican las infracciones por desplazamiento de trabajadores. Leves: defectos formales en comunicación o accidentes leves. Graves: retraso en comunicación, falta de representante o documentación en España, accidentes graves/mortales, no presentar docs o sin traducir. También es infracción no dar
Disposición adicional primera — Ámbito de aplicación territorial de las modificaciones introducidas por los artículos tercero y cuarto en relación con el ejercicio de acciones por daños derivados de infracciones del Derecho de la competencia
Las acciones por daños por infracciones de competencia se aplican en España si el ejercicio ocurre en territorio español, independientemente de quién declare la infracción.
Disposición adicional segunda — Aplicación de los principios de efectividad y equivalencia en relación con el ejercicio de acciones por daños derivados de infracciones del Derecho de la competencia
Se aplican los principios de efectividad y equivalencia: el resarcimiento no debe ser difícil y las normas europeas no menos favorables que las nacionales.
Disposición transitoria primera — Régimen transitorio en materia de acciones de daños resultantes de infracciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea
Las normas sobre daños por infracciones de competencia no tienen efecto retroactivo. Las del artículo cuarto solo aplican a procedimientos iniciados tras su entrada en vigor.
Disposición transitoria segunda
Tejidos/células almacenados antes del 29/10/2016 están exentos del código único europeo si se comercializan en 5 años con trazabilidad alternativa. Si se almacenan congelados y excede el plazo, se usan etiquetas pequeñas.
Disposición transitoria tercera — Normas transitorias sobre desplazamiento de trabajadores a España
Las comunicaciones previas al real decreto-ley se rigen por la normativa antigua. Se mantienen los medios de comunicación vigentes. Las modificaciones aplican a desplazamientos iniciados si el trabajador sigue en España.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto-ley.
Disposición final primera — Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre
El empresario reembolsa sin demora indebida. Si se resuelve el contrato, devuelve todo. Si hay desistimiento, lo hace en 14 días naturales con el mismo medio de pago.
Disposición final segunda — Incorporación de Derecho de la Unión Europea
Se incorporan al Derecho español seis Directivas sobre liquidación de pagos, transparencia, acciones de daños, células y tejidos, y desplazamiento de trabajadores.
Disposición final tercera — Título competencial
Se atribuyen competencias al Estado en legislación mercantil, crédito, planificación económica, sanidad, justicia y laboral según la Constitución Española.
Disposición final cuarta — Habilitación normativa
Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo.
Disposición final quinta — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 11, 14.1 de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre BOE-A-1999-21980
- y AÑADE determinados preceptos a la Ley 45/1999, de 29 de noviembre BOE-A-1999-22895
- los arts. 2.11, 10 y el título de la subsección 3 de la sección 1 del Capítulo II de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE-A-2000-15060
- la sección 1 bis al capítulo V del titulo I del Libro II de la Ley 1/2000, de 7 de enero BOE-A-2000-323
- el art. 64.3.c) , la disposición adicional 4 y AÑADE el título VI a la Ley 15/2007, de 3 de julio BOE-A-2007-12946
- los arts. 66 bis.3 y 107.1 de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-20555
- y AÑADE determinados preceptos al Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio BOE-A-2014-7065
- el art. 234.2 de la Ley de Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11435
- la Directiva 98/26/CE, del 19 de mayo DOUE-L-1998-81006
- la Directiva 2013/50/UE, de 22 de octubre DOUE-L-2013-82320
- la Directiva 2014/67/UE, de 15 de mayo DOUE-L-2014-81097
- la Directiva 2014/104/UE, de 26 de noviembre DOUE-L-2014-83627
- la Directiva (UE) 2015/565, de 8 de abril DOUE-L-2015-80723
- la Directiva (UE) 2015/566, de 8 de abril DOUE-L-2015-80724
Leyes que la modifican
- con modificación de los arts. 6.1, 7.3 y disposición final 1, en BOE núm. 136 de 8 de junio de 2017 BOE-A-2017-6471
- por Resolución de 22 de junio de 2017 BOE-A-2017-7528
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