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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo, por el que se transponen directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero, mercantil y sanitario, y sobre el desplazamiento de trabajadores

También conocida como: RDL 9/2017, RDL 9/17
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27 de mayo de 2017·Jefatura del Estado·BOE-A-2017-5855
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley actualiza normas sobre trasplantes, protege a trabajadores desplazados en Europa y mejora los derechos de los clientes bancarios.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

18
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (18 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero — Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores

    Las órdenes de transferencia en sistemas de pagos son firmes, irrevocables y oponibles a terceros. No pueden anularse. Los saldos en el Banco de España no pueden embargarse hasta finalizar la sesión. Las garantías no se ven afectadas por insolvencias.

  2. Artículo segundo — Modificación del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre

    Se añade una letra p) al art. 234.2 de la Ley del Mercado de Valores. Permite suspender cautelarmente los derechos de voto de las acciones adquiridas hasta que se constate el cumplimiento de las obligaciones de información del art. 125, al incoar o durante un expediente sancionador.

  3. Artículo tercero — Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en materia de ejercicio de las acciones de daños y perjuicios por infracciones del Derecho de la competencia

    Se modifica la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia. Se añade un Título VI sobre compensación de daños por infracciones. Establece la responsabilidad solidaria, el derecho al pleno resarcimiento (daño emergente, lucro cesante e intereses) y un plazo de prescripción de 5 años. Incluye reglas sobre sobrecostes, clemencia y efectos de resoluciones firmes.

  4. Artículo cuarto — Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

    Se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para regular el acceso a pruebas en demandas por daños por infracción de la competencia. El tribunal puede ordenar la exhibición de documentos, con medidas de confidencialidad. Si se obstaculiza el acceso, se imponen multas coercitivas de 600 a 60.000 euros diarios. El incumplimiento de confidencialidad puede acarrear multas de 6.000 a 1.000.000 de euros.

  5. Artículo quinto

    El Real Decreto-ley 9/2014 se modifica para regular la importación de tejidos y células. Se introduce el Código Único Europeo (SEC) obligatorio, se crean registros públicos de establecimientos y se exigen acuerdos escritos con proveedores de terceros países para garantizar la trazabilidad y seguridad.

  6. Artículo sexto — Modificación de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional

    Se modifica la Ley 45/1999 sobre desplazamiento de trabajadores. Se define cooperación transfronteriza. El empresario debe comunicar el desplazamiento por vía electrónica antes del inicio, aportando datos de empresa, trabajadores, duración y representante en España. Se establecen obligaciones de doc

  7. Artículo séptimo — Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto

    Se modifican las infracciones por desplazamiento de trabajadores. Leves: defectos formales en comunicación o accidentes leves. Graves: retraso en comunicación, falta de representante o documentación en España, accidentes graves/mortales, no presentar docs o sin traducir. También es infracción no dar

  8. Disposición adicional primera — Ámbito de aplicación territorial de las modificaciones introducidas por los artículos tercero y cuarto en relación con el ejercicio de acciones por daños derivados de infracciones del Derecho de la competencia

    Las acciones por daños por infracciones de competencia se aplican en España si el ejercicio ocurre en territorio español, independientemente de quién declare la infracción.

  9. Disposición adicional segunda — Aplicación de los principios de efectividad y equivalencia en relación con el ejercicio de acciones por daños derivados de infracciones del Derecho de la competencia

    Se aplican los principios de efectividad y equivalencia: el resarcimiento no debe ser difícil y las normas europeas no menos favorables que las nacionales.

  10. Disposición transitoria primera — Régimen transitorio en materia de acciones de daños resultantes de infracciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea

    Las normas sobre daños por infracciones de competencia no tienen efecto retroactivo. Las del artículo cuarto solo aplican a procedimientos iniciados tras su entrada en vigor.

  11. Disposición transitoria segunda

    Tejidos/células almacenados antes del 29/10/2016 están exentos del código único europeo si se comercializan en 5 años con trazabilidad alternativa. Si se almacenan congelados y excede el plazo, se usan etiquetas pequeñas.

  12. Disposición transitoria tercera — Normas transitorias sobre desplazamiento de trabajadores a España

    Las comunicaciones previas al real decreto-ley se rigen por la normativa antigua. Se mantienen los medios de comunicación vigentes. Las modificaciones aplican a desplazamientos iniciados si el trabajador sigue en España.

  13. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto-ley.

  14. Disposición final primera — Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre

    El empresario reembolsa sin demora indebida. Si se resuelve el contrato, devuelve todo. Si hay desistimiento, lo hace en 14 días naturales con el mismo medio de pago.

  15. Disposición final segunda — Incorporación de Derecho de la Unión Europea

    Se incorporan al Derecho español seis Directivas sobre liquidación de pagos, transparencia, acciones de daños, células y tejidos, y desplazamiento de trabajadores.

  16. Disposición final tercera — Título competencial

    Se atribuyen competencias al Estado en legislación mercantil, crédito, planificación económica, sanidad, justicia y laboral según la Constitución Española.

  17. Disposición final cuarta — Habilitación normativa

    Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo.

  18. Disposición final quinta — Entrada en vigor

    El Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
27 de mayo de 2017
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • los arts. 11, 14.1 de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre BOE-A-1999-21980
  • y AÑADE determinados preceptos a la Ley 45/1999, de 29 de noviembre BOE-A-1999-22895
  • los arts. 2.11, 10 y el título de la subsección 3 de la sección 1 del Capítulo II de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE-A-2000-15060
  • la sección 1 bis al capítulo V del titulo I del Libro II de la Ley 1/2000, de 7 de enero BOE-A-2000-323
  • el art. 64.3.c) , la disposición adicional 4 y AÑADE el título VI a la Ley 15/2007, de 3 de julio BOE-A-2007-12946
  • los arts. 66 bis.3 y 107.1 de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre BOE-A-2007-20555
  • y AÑADE determinados preceptos al Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio BOE-A-2014-7065
  • el art. 234.2 de la Ley de Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11435
  • la Directiva 98/26/CE, del 19 de mayo DOUE-L-1998-81006
  • la Directiva 2013/50/UE, de 22 de octubre DOUE-L-2013-82320
  • la Directiva 2014/67/UE, de 15 de mayo DOUE-L-2014-81097
  • la Directiva 2014/104/UE, de 26 de noviembre DOUE-L-2014-83627
  • la Directiva (UE) 2015/565, de 8 de abril DOUE-L-2015-80723
  • la Directiva (UE) 2015/566, de 8 de abril DOUE-L-2015-80724

Leyes que la modifican

  • con modificación de los arts. 6.1, 7.3 y disposición final 1, en BOE núm. 136 de 8 de junio de 2017 BOE-A-2017-6471
  • por Resolución de 22 de junio de 2017 BOE-A-2017-7528
calidad de tejidos humanosderechos bancariosdonación de órganosnormas de mercadoprotección de trabajadores desplazadosprotección del consumidor financieroseguridad en trasplantesseguridad sanitaria