Ley 6/2012, de 2 de agosto, de acompañamiento de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha
También conocida como: L 6/2012, L 6/12Esta ley establece medidas de ahorro y recortes en servicios públicos, sanidad, educación y personal de la administración en Castilla-La Mancha.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
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- 23 de diciembre de 2013Reforma BOE-A-2014-1369Ver qué cambió →
- 6 de agosto de 2012Versión original BOE-A-2012-13950
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Prolongación de la permanencia en el servicio activo
No se conceden nuevas prórrogas de permanencia en activo por 2 años. Las autorizadas finalizan en 3 meses. Excepciones: jubilación, planificación de RRHH o necesidad del servicio. Para docentes, hasta cursos 2012-2014.
Artículo 2 — Reducción de la jornada de los puestos de trabajo ocupados por personal interino
El Consejo de Gobierno puede reducir la jornada del personal interino hasta un 15%, con reducción proporcional de retribuciones. Debe determinar personal afectado, duración y porcentaje.
Artículo 3 — Reducción voluntaria de jornada
El personal puede solicitar reducción de jornada con 15 días de antelación. Se puede acumular en días completos (sin dejar de trabajar un mes natural). Requiere acuerdo previo y cubrir necesidades del servicio.
Artículo 4 — Excedencia voluntaria especial
Funcionarios y estatutarios fijos pueden solicitar excedencia especial de 6 meses a 3 años, con reserva de puesto. No se puede trabajar en sector público. Requiere cubrir necesidades del servicio. Debe solicitarse reingreso antes de 3 años.
Artículo 5 — Licencia por asuntos propios
El personal funcionario y estatutario puede solicitar licencias por asuntos propios sin retribución, máx. 6 meses/año. La concesión depende de las necesidades del servicio y no permite sustitución.
Artículo 6 — Paga extraordinaria de diciembre de 2012 de los altos cargos
Los altos cargos y asimilados de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no percibirán la paga extraordinaria de diciembre de 2012, incluyendo todos sus conceptos retributivos.
Artículo 7 — Modificación de la Ley 11/1997, de 17 de diciembre, de creación de la empresa pública «Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha»
Se modifica la Ley 11/1997 de la empresa pública 'Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha', definiendo su objeto (infraestructuras sociales, culturales, etc.) y adscribiéndola a la Consejería de Fomento.
Artículo 8 — Reorganización administrativa
Se adscriben a la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías (Consejería de Fomento) puestos de TI y categorías laborales a extinguir, excepto personal del Organismo Pagador de Agricultura. Se permite asignación temporal a otras unidades.
Disposición adicional primera — Modificación de la Ley 5/2012, de 12 de julio, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2012
Modifica la Ley de Presupuestos 2012. Fija módulos económicos para centros concertados (Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato, FP, Especial) hasta el 31/12/2012. Establece cuotas máximas de 18-36 €/mes para Bachillerato y FP Superior.
Disposición adicional segunda — Modificación del artículo 142.2 de la Ley 7/2010, de 20 de julio de Educación de Castilla-La Mancha
El servicio es gratuito para alumnado de enseñanzas básicas. Puede extenderse a centros públicos y concertados, según disponibilidad presupuestaria y condiciones reglamentarias, a alumnos en dificultad social extrema o riesgo de exclusión.
Disposición adicional tercera — Medidas sobre el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se modifican tipos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: 8% general, 7% primera vivienda (<180.000€) y promesa compra (<36 años). 6% bienes muebles. Para Actos Jurídicos Documentados: 1,25% general, 0,75% primera vivienda y hipotecas. Bonificación 50% temporal hasta 31/12/2012 para escritu
Disposición adicional quinta — Modificación la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de medidas complementarias para la aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha
Se añade al art. 13 que los objetivos económicos del Sescam son condición necesaria. Su incumplimiento total o parcial impide percibir el concepto retributivo.
Disposición final primera
El Consejo de Gobierno está autorizado a dictar las disposiciones generales necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley.
Disposición final segunda
La Ley 6/2012 entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, salvo que sus preceptos establezcan otro plazo.
Disposición derogatoria
Se derogan artículos de la Ley 4/2011 y el Decreto 74/2002. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a esta Ley.
Información general
Temas
Notas oficiales
Publicada en el DOCM núm. 153, de 6 de agosto de 2012.
Leyes en las que se basa
- el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto BOE-A-1982-20820
- arts. 1 y 3.a) y AÑADE la disposición adicional 3 a la Ley 11/1997, de 17 de diciembre BOE-A-1998-1387
- arts. 10 apartados 1, 2 y 3, y 11 apartados 1, 2, 3 y 4, y AÑADE art. 10 bis y disposición transitoria 3 a la Ley 9/2008, de 4 de diciembre BOE-A-2009-8667
- art. 142.2 de la Ley 7/2010, de 20 de julio BOE-A-2010-15624
- arts. 68.7 párrafo 2, 69.3, 70.7, 72.2 y 115.5 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo BOE-A-2011-7752
- arts. 9 y 13 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero BOE-A-2012-10756
- arts. 25, 43.1, 43.9 y el anexo de la Ley 5/2012, de 12 de julio BOE-A-2012-13949
Leyes que la modifican
- el art. 8.1, por Ley 9/2013, de 12 de diciembre BOE-A-2014-1369
- el art. 8.2, por Ley 3/2016, de 5 de mayo BOE-A-2016-6725
- las disposición adicionales 4 y 5.1, por Ley 7/2017, de 21 de diciembre BOE-A-2018-989
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