Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal
También conocida como: L 38/2011, L 38/11Esta ley regula qué ocurre cuando una empresa no puede pagar sus deudas, buscando proteger los derechos de los trabajadores y cobrar los créditos.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo único — Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal
La Ley 38/2011 reforma la Ley Concursal. Introduce el art. 5 bis para negociar refinanciación sin solicitar concurso inmediato (plazo 3 meses). Modifica requisitos de solicitud, publicidad, administración concursal (requisitos, listas, incompatibilidades), concursos conexos, clasificación de credits
Disposición adicional única
El Gobierno debe remitir a las Cortes, en 6 meses, un informe sobre medidas para familias con hipoteca. El informe incluye posibles soluciones extrajudiciales (notariales, mediación).
Disposición transitoria primera — Régimen general
La ley se aplica a solicitudes y concursos desde su entrada en vigor. En tramitación, son de aplicación inmediata los artículos 9.2, 84.3, 4, 5, 154, 155.4, 156, 157.1, 163 y varias disposiciones finales.
Disposición transitoria segunda — Administración concursal
Los artículos 27, 27 bis, 28.2, 3 y 4, 29.1, 2, 4, 5 y 6, 30.1, 31 y 32.1 se aplican a concursos anteriores sin nombramiento de administrador. Los artículos 35.2, 3, 43.2 y 3, y 75.2 se aplican a concursos en tramitación, este último si no se presentó el informe.
Disposición transitoria tercera — Institutos preconcursales
Los artículos 5 bis, 15.3, 22.1 y disposición adicional cuarta se aplican desde la entrada en vigor. Los apartados 71.6 y 7, y disposición adicional quinta se aplican a acuerdos de refinanciación suscritos desde entonces. La restricción del artículo 72.2 se aplica a concursos en tramitación.
Disposición transitoria cuarta — Comunicación, reconocimiento y clasificación de créditos
Se aplican a concursos en tramitación (sin anuncio BOE o sin informe) los arts. 23.1, 29.4, 6, 85.2-4, 49, 84, 86.2-4, 90.1, 91, 92, 93.2, 94.4, 95.1, 96.4-5, 87.8, 96 bis, 97.1, 97 bis y 97 ter.
Disposición transitoria quinta — Convenio
Las modificaciones de los artículos 100.3, 101.2, 102, 115 bis. 1, 2 y 5, 122.1.2.º, 124, 128.3, 129.2, 131.1 y 3, y 133 de la Ley Concursal se aplican a convenios presentados, tramitados o votados desde la entrada en vigor, y a su oposición y eficacia.
Disposición transitoria sexta — Liquidación
Los artículos 142, 143.1.3.º, 144, 145.2 y 3, 148.1, 2 y 4, 149.1.2.ª y 3, y 152 de la Ley Concursal se aplican a concursos en tramitación en los que no se hubiese iniciado la liquidación ordinaria o anticipada.
Disposición transitoria séptima — Aspectos laborales
Los artículos 8.2.º, 44.4, 64 y 149.1.2.ª se aplican a procedimientos en curso para medidas que extingan, suspendan o modifiquen contratos. El artículo 65.1 se aplica a controversias sobre extinción o suspensión de contratos de alta dirección en concursos en tramitación.
Disposición transitoria octava — Concursos conexos
Los artículos 25 bis y 25 ter modificados se aplican a concursos en tramitación si no se aprobaron textos definitivos, lista de acreedores e inventario.
Disposición transitoria novena — Efectos del concurso respecto de las acciones individuales y de los créditos en particular
Se aplican a concursos sin informe o ejecución no reanudada los arts. 56.2-5, 58, 76.3, 58 y 59 bis, y la disposición final undécima. Rigen acciones individuales y créditos.
Disposición transitoria décima — Calificación concursal
Se aplican a procedimientos sin sección de calificación formada los arts. 164.1, 167, 168, 172.2-3 y 172 bis. El art. 13 del Código de Comercio rige sentencias dictadas tras la entrada en vigor.
Disposición transitoria undécima — Conclusión del concurso
Los artículos 176, 176 bis (excepto apdo. 4), 178 y 179 de la Ley Concursal, modificados por esta ley, se aplican a los concursos en tramitación desde su entrada en vigor.
Disposición transitoria duodécima — Procedimiento abreviado
Se aplican a procedimientos iniciados tras la entrada en vigor los apartados 5 y 6 del artículo 184 y los artículos 190, 191, 191 bis, 191 ter y 191 quáter de la Ley Concursal.
Disposición transitoria decimotercera — Régimen de recursos
Los apartados 4, 5 y 6 del artículo 197 de la Ley Concursal se aplican a los recursos contra resoluciones dictadas a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley.
Disposición derogatoria única — Derogación de normas
Se derogan: art. 3.5, 5.3, 6.4, 98, 142 bis de la Ley Concursal; y el art. 580 del Código de Comercio.
Disposición final primera — Referencias a la administración concursal
Las referencias a «administradores concursales» se sustituyen por «la administración concursal».
Disposición final segunda — Título competencial
La ley se basa en la competencia estatal sobre legislación mercantil y procesal (art. 149.1.6.ª Constitución).
Disposición final tercera — Entrada en vigor
La ley entra en vigor el 1/1/2012. Algunos artículos (5 bis, 15, 71.6/7, 84.2.11, 91.6, DA4) entran al día siguiente de su publicación.
Información general
Temas
Notas oficiales
Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 1 de enero de 2012.
Las modificaciones de las normas relacionadas se establecen de acuerdo con la redacción dada a la Ley 22/2003, de 9 de julio.
Leyes en las que se basa
- lo indicado del art. 580 y MODIFICA el art. 13.2 del Código de Comercio, publicado por Decreto de 22 de agosto de 1885 (Gazeta) BOE-A-1885-6627
- Art. 133 de la Ley 48/1960, de 21 de julio BOE-A-1960-10905
- Art. 19.1.2 de la Ley 20/1991, de 7 de junio BOE-A-1991-14463
- Art. 84.1.2 y disposición final 6 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre BOE-A-1992-28740
- Arts. 24 y 208.1 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE-A-1994-14960
- Art. 33.3 del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 34 de marzo BOE-A-1995-7730
- el art. 568.2 Ley 1/2000, de 7 de enero BOE-A-2000-323
- Arts. 3.5, 5.3, 6.4, 98, 142 bis y disposición final 2.7, MODIFICA y AÑADE determinados preceptos a la Ley 22/2003, de 9 de julio BOE-A-2003-13813
- Arts. 77.2 y 164 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre BOE-A-2003-23186
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 282 de 23 de noviembre de 2011 BOE-A-2011-18400
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