Decreto-ley 2/2021, de 29 de enero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a trabajadores y trabajadoras, empresas y trabajadores y trabajadoras autónomas, para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia por la Covid-19
También conocida como: RDL 2/2021, RDL 2/21Ayudas económicas directas para autónomos, empresas y trabajadores de la Comunidad Valenciana afectados por la crisis del COVID-19.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 15 de diciembre de 2021Reforma BOE-A-2021-90432Ver qué cambió →
- 17 de febrero de 2021Reforma BOE-A-2021-90064Ver qué cambió →
- 29 de enero de 2021Versión original BOE-A-2021-90036
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (13 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto y finalidad
Este decreto ley aprueba ayudas extraordinarias a empresas, autónomos y trabajadores con sede en la Comunitat Valenciana para paliar los efectos de la crisis sanitaria del coronavirus.
Artículo 2 — Régimen jurídico
Las ayudas son subvenciones directas por interés público. Las bases y convocatorias se aprueban por decretos del Consell con procedimiento de urgencia.
Artículo 3 — Modalidades de ayudas
Existen tres ayudas: 1) a empresas y autónomos (CNAE anexo); 2) a autónomos con prestaciones Covid-19; 3) a trabajadores con ERTE por Covid-19.
Artículo 4 — Competencia
La Conselleria de Economía Sostenible gestiona las ayudas. Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación gestiona las ayudas a autónomos y trabajadores.
Artículo 5 — Financiación
El importe global máximo es 105 millones de euros. Se distribuye: 80M para empresas/autónomos, 8M para autónomos con prestaciones y 17M para trabajadores con ERTE.
Artículo 6 — Simplificación administrativa
Se aplica procedimiento de urgencia y plazos reducidos a la mitad. Se exceptúan ciertas prohibiciones de la Ley 38/2003 y requisitos de la Ley 1/2015.
Artículo 7 — Recursos humanos
La gestión de ayudas usa personal de la conselleria y organismo autónomo, redistribuyéndolo según la Ley 10/2010. Si no es posible, se aprueba empleo temporal con crédito adecuado.
Artículo 8 — Función interventora
La gestión de subvenciones está sujeta a control financiero permanente, sustituyendo la intervención previa de la Ley 1/2015.
Artículo 9 — Anticipos y avales
Se puede anticipar hasta el 100% del importe de la subvención sin necesidad de garantías por parte de los beneficiarios.
Disposición adicional primera — Colaboración interadministrativa
Para la gestión urgente, se solicitarán datos al SEPE, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a otras administraciones públicas.
Disposición adicional segunda — De la financiación
Las ayudas se financian con fondos REACT-EU y el programa FSE 2014-2020. Se generan créditos presupuestarios sin aplicar el artículo 50.2 de la Ley 1/2015.
Disposición final primera — Habilitación para el desarrollo
Se faculta al Consell y a la titular de la conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo para desarrollar este decreto-ley en el ámbito de sus competencias.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Decreto-ley 2/2021, de 29 de enero, del Consell, entra en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los arts. 44, 49 y 50 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio BOE-A-1982-17235
- el art. 22.2.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre BOE-A-2003-20977
- la Ley 1/2015, de 6 de febrero BOE-A-2015-1952
- el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre BOE-A-2020-12898
- Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre BOE-A-2020-13494
Leyes que la modifican
- el art. 6.2, por Decreto-ley 3/2021, de 12 de febrero DOGV-r-2021-90064
- por Resolución 278/X, de 11 de febrero DOGV-r-2021-90117
- lo indicado, por Decreto-ley 17/2021, de 10 de diciembre DOGV-r-2021-90432
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