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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

También conocida como: RDL 14/2021, RDL 14/21
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7 de julio de 2021·29 de diciembre de 2021·Jefatura del Estado·BOE-A-2021-11233
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma busca reducir el exceso de trabajadores temporales en la administración pública facilitando que obtengan una plaza fija.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (12 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

    Modifica la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (RD Legislativo 5/2015). Se redacta de nuevo el artículo 10, se añade el apartado 3 al artículo 11 y se introduce la disposición adicional decimoséptima.

  2. Artículo 2 — Procesos de estabilización de empleo temporal

    Autoriza tasa adicional para estabilizar empleo temporal ocupado ininterrumpidamente 3 años hasta el 31/12/2020. Plazos: ofertas antes 31/12/2021, convocatorias antes 31/12/2022, resolución antes 31/12/2024. Tasa temporal <8%. Sistema: concurso-oposición (40% concurso). Compensación: 20 días/año (má

  3. Disposición adicional primera — Medidas para el ámbito local

    Los municipios (excepto gran población) pueden encomendar la gestión de selección a diputaciones, cabildos, etc. Tras el proceso, la autoridad local nombra o contrata. Los procesos de estabilización local siguen el artículo 2, sin aplicar el RD 896/1991.

  4. Disposición adicional segunda — Medidas de seguimiento de la temporalidad

    El Ministerio de Política Territorial y Función Pública elaborará un informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el empleo público.

  5. Disposición adicional tercera — Medidas de seguimiento presupuestario

    Las Administraciones pueden nombrar interinos en vacantes por jubilación. Esas plazas deben incluirse en la oferta de empleo del mismo año o, si no fuera posible, en la del siguiente, según normativa presupuestaria.

  6. Disposición adicional cuarta — Medidas de agilización de los procesos selectivos

    Las Administraciones Públicas agilizarán los procesos de estabilización reduciendo plazos, digitalizando o acumulando pruebas. Los no superados con nota suficiente podrán integrarse en bolsas de interinos.

  7. Disposición adicional quinta — Procesos de estabilización de empleo temporal de personal investigador

    El sistema de concurso del artículo 26.4 de la Ley 14/2011 se aplica a plazas de personal investigador en procesos de estabilización, incluidas las no convocadas o sin cubrir de la Ley 6/2018.

  8. Disposición transitoria primera — Régimen jurídico de los procesos de estabilización de empleo temporal ya convocados

    Los procesos de estabilización convocados antes de la entrada en vigor de esta norma se rigen por sus convocatorias originales. Su resolución debe finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

  9. Disposición transitoria segunda — Efectos

    Las medidas del real decreto solo aplican al personal temporal nombrado o contratado después de su entrada en vigor.

  10. Disposición final primera — Títulos competenciales

    Este real decreto-ley se basa en las competencias exclusivas del Estado en legislación laboral, bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y planificación económica.

  11. Disposición final segunda — Adaptación de la normativa del personal docente y del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud

    En un año se adaptará la normativa de personal docente y sanitario al Estatuto Básico. Si no se adapta, se aplicarán directamente los preceptos del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

  12. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    El Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de julio de 2021
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

Esta norma se entiende implicitamente derogada, salvo su disposición final 2, que se declara expresamente vigente, por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre BOE-A-2021-21651

Leyes en las que se basa

  • los arts. 10, 11 y AÑADE la disposición adicional 17 a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre BOE-A-2015-11719
  • la Ley 3/2017, de 27 de junio BOE-A-2017-7387
  • la Ley 6/2018, de 3 de julio BOE-A-2018-9268

Leyes que la modifican

  • por Resolución de 21 de julio de 2021 BOE-A-2021-12605
  • de la disposición final 2 y SE DICTA EN RELACIÓN SOBRE SU tramitación como ley: Ley 20/2021, de 28 de diciembre BOE-A-2021-21651
  • con la disposición final 2 y se adoptan medidas para la reducción de la temporalidad en el empleo público del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud: Real Decreto-ley 12/2022, de 5 de julio BOE-A-2022-11132
  • en el Recurso 6345/2021, su desestimación, por Sentencia 145/2023, de 25 de octubre de 2023 BOE-A-2023-24508
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