Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida
También conocida como: RDL 3/2014, RDL 3/14Esta norma ofrece incentivos económicos a las empresas que contraten trabajadores de forma indefinida para fomentar la creación de empleo estable.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 30 de diciembre de 2014Reforma BOE-A-2014-10517Ver qué cambió →
- 17 de octubre de 2014Reforma BOE-A-2014-10517Ver qué cambió →
- 5 de julio de 2014Reforma BOE-A-2014-7064Ver qué cambió →
- 1 de marzo de 2014Versión original BOE-A-2014-2220
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (5 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo único — Reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida
Reducción cotizaciones indefinidos: 100€ (tiempo completo), 75€ (≥75% jornada) o 50€ (≥50%) durante 24 meses. Requisitos: cumplir obligaciones, no despidos improcedentes/colectivos recientes, incrementar empleo y mantenerlo 36 meses. Incompatible con otros beneficios.
Disposición adicional única — Cotización por horas complementarias
La reducción de cotización no aplica a horas complementarias de trabajadores a tiempo parcial con contrato que las permita.
Disposición final primera — Título competencial
El Estado tiene competencia exclusiva sobre legislación básica de Seguridad Social, según el artículo 149.1.17.ª de la Constitución.
Disposición final segunda — Facultades de desarrollo
Se faculta al Gobierno y a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar disposiciones de desarrollo y ejecución.
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- Ley 20/2007, de 11 de julio BOE-A-2007-13409
- Ley 22/2013, de 23 de diciembre BOE-A-2013-13616
Leyes que la modifican
- el art. único, por Ley 18/2014, de 15 de octubre BOE-A-2014-10517
- por tres meses, lo indicado, por Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre BOE-A-2014-13613
- por Resolución de 13 de marzo de 2014 BOE-A-2014-2994
- el art. único, por Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio BOE-A-2014-7064
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