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En vigorLey

Ley 5/2000, de 19 de octubre, de creación del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castilla-La Mancha

También conocida como: L 5/2000, L 5/00
Ver en BOE
5 de enero de 2001·3 de noviembre de 2000·Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha·BOE-A-2001-426
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley crea el Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castilla-La Mancha para organizar y regular a los profesionales de este sector en la región.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
Artículos
1
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3
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Creación

    Se crea el Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castilla-La Mancha como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia.

  2. Artículo 2 — Colegiación

    Para colegiarse, se requiere el título de Protésico Dental de FP segundo grado (Ley 10/1986). La colegiación es requisito previo para ejercer la profesión.

  3. Artículo 3 — Ámbito territorial

    El ámbito territorial del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castilla-La Mancha corresponde al de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

  4. Artículo 4 — Relaciones con la Administración autonómica

    El Colegio se relaciona con la Consejería de Administraciones Públicas en aspectos institucionales y con la Consejería de Sanidad en cuestiones profesionales.

  5. Disposición adicional única — Consejo de Colegios Profesionales

    El Colegio podrá asumir las funciones atribuidas a los Consejos de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha por la Ley 10/1999.

  6. Disposición transitoria primera — Estatutos y Asamblea constituyente

    En 6 meses se aprueban estatutos provisionales. La Asamblea Constituyente aprueba estatutos definitivos, elige cargos y ratifica gestores. Los estatutos se remiten para control de legalidad.

  7. Disposición transitoria segunda — Integración

    Quienes carezcan del título requerido podrán integrarse si acreditan condiciones reglamentarias para ejercer, según la disposición transitoria de la Ley 10/1986.

  8. Disposición final primera — Desarrollo

    El Consejo de Gobierno está autorizado a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en esta Ley.

  9. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 5/2000, de creación del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castilla-La Mancha, entra en vigor al mes de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
5 de enero de 2001
Departamento
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Notas oficiales

Publicada en el DOCM núm. 109, de 3 de noviembre de 2000.

Leyes en las que se basa

colegiados Castilla-La Manchacolegio profesionaldentistaprotésico dentalprótesis dentalregulación profesionalservicios odontológicos