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Resolución-circular de 14 de julio de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre obligaciones formales y de información a los interesados en materia de derechos arancelarios de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles

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28 de julio de 1998·Ministerio de Justicia·BOE-A-1998-17972
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma obliga a notarios y registradores a informar claramente sobre sus tarifas y a entregar facturas detalladas por sus servicios.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Resolución-circular de 14 de julio de 1998, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre obligaciones formales y de información a los interesados en materia de derechos arancelarios de notarios y registradores de la propiedad y mercantiles — Primero

    Las minutas de Notarios y Registradores deben desglosar claramente cada concepto arancelario, número de arancel, base aplicada, honorarios individuales y total, sin agrupar conceptos. También deben indicar cómo se obtuvieron los valores y suplidos.

  2. Resolución-circular de 14 de julio de 1998, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre obligaciones formales y de información a los interesados en materia de derechos arancelarios de notarios y registradores de la propiedad y mercantiles — Segundo

    Notarios y Registradores deben tener disponibles las normas arancelarias y un folleto explicativo con ejemplos prácticos sobre la Ley 8/1989, el arancel, sus normas de aplicación, recursos procedentes y modelos de minuta aprobados.

  3. Resolución-circular de 14 de julio de 1998, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre obligaciones formales y de información a los interesados en materia de derechos arancelarios de notarios y registradores de la propiedad y mercantiles — Tercero

    Se mantiene a disposición un índice anual de resoluciones sobre honorarios de Notarios y Registradores, suministrado por los colegios profesionales.

  4. Resolución-circular de 14 de julio de 1998, de la dirección general de los registros y del notariado, sobre obligaciones formales y de información a los interesados en materia de derechos arancelarios de notarios y registradores de la propiedad y mercantiles — Cuarto

    Los colegios profesionales informan sobre el cálculo de honorarios y facilitan el texto completo de las Resoluciones arancelarias mediante consulta personal, telemática, correo electrónico u ordinario, sin perjuicio de los recursos e inspección.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
28 de julio de 1998
Departamento
Ministerio de Justicia

Leyes en las que se basa

  • Ley Hipotecaria, texto refundido aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1946 (Gazeta) BOE-A-1946-2453
  • Decreto 757/1973, de 29 de marzo BOE-A-1973-561
  • Ley 26/1984, de 19 de julio BOE-A-1984-16737
  • Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre BOE-A-1989-28111
  • Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre BOE-A-1989-28112
  • Ley 8/1989, de 13 de abril BOE-A-1989-8508
  • Resolución de 8 de enero de 1990 BOE-A-1990-1346
  • Resolución de 6 de abril de 1990 BOE-A-1990-9388
  • Ley 7/1998, de 13 de abril BOE-A-1998-8789
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