Saltar al contenido
← Volver
Ya no está en vigorLey

Ley 7/1992, de 24 de julio, de Pesca Fluvial

También conocida como: L 7/1992, L 7/92
Ver en BOE
14 de octubre de 1992·15 de enero de 2021·Comunidad Autónoma de Galicia·BOE-A-1992-22922
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula cómo y dónde se puede pescar en los ríos de Galicia para proteger la fauna acuática y asegurar una práctica responsable.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

55
Artículos
4
Versiones
7
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
14 de octubre de 1992
Departamento
Comunidad Autónoma de Galicia

Notas oficiales

Publicada en el DOG núm. 151, de 5 de agosto de 1992.

Leyes en las que se basa

  • Ley de Pesca Fluvial, de 20 de febrero de 1942 (Gazeta) BOE-A-1942-2205
  • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-11341
  • Canje de Notas de 22 de junio de 1968 BOE-A-1968-934
  • arts. 13.2 y 27.15 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril BOE-A-1981-9564
  • art. 24 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero BOE-A-1983-23788

Leyes que la modifican

  • los arts. 5 y 17.2, por Ley 1/2010, de 11 de febrero BOE-A-2010-5665
  • los arts. 34 y 35, por Ley 9/2017, de 26 de diciembre BOE-A-2018-1753
  • con efectos desde el 4 de febrero de 2021, por Ley 2/2021, de 8 de enero BOE-A-2021-4520
especies pescableslicencia de pescanormas pesca Galiciapesca deportivapesca en ríosprotección de ríosépocas de pesca