Ley 9/1991, de 22 de marzo, por la que se modifican determinados artículos de la Ley 25/1983, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Altos Cargos; de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; de la Ley de Contratos del Estado, y de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores
También conocida como: L 9/1991, L 9/91Esta ley establece normas para evitar conflictos de intereses en políticos, regular contratos públicos y supervisar el funcionamiento de la bolsa.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1
Se modifican los artículos 1, 8, 9, 10 y 11 de la Ley 25/1983. Se definen altos cargos, se regulan incompatibilidades patrimoniales, deber de inhibición, declaraciones de bienes e ingresos en 3 meses, e infracciones con inscripción en Registro.
Artículo 2
Las declaraciones del artículo 10 se inscriben en Registros de Intereses del Ministerio competente. El Registro de causas de posible incompatibilidad y actividades tiene carácter público.
Artículo 3
Los preceptos de la Ley de Incompatibilidades se entienden sin perjuicio de incompatibilidades más rigurosas para ciertos altos cargos. También se aplica la abstención y recusación de los artículos 20 y 21 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Artículo 4
Los miembros de Corporaciones Locales con dedicación exclusiva perciben retribuciones incompatibles con otras públicas. Pueden recibir indemnizaciones acordadas por el Pleno. Deben declarar incompatibilidades, ingresos y bienes patrimoniales antes de tomar posesión, cese o cambio de circunstancias.
Artículo 5
Se prohíbe contratar a quienes tengan incompatibilidades de altos cargos o personal público, o sean cargos electivos. La prohibición se extiende a cónyuges, convivientes y descendientes menores.
Artículo 6
Se prohíbe el uso abusivo de información privilegiada en mercados de valores. Las infracciones conllevan multas mínimas de 5.000.000 de pesetas (uso de info) o entre 2.000.000 y 5.000.000 (divulgación), además de otras sanciones según la condición del infractor.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) BOE-A-1958-11341
- art. 9.6 de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abrilm BOE-A-1965-7156
- Ley 8/1980, de 10 de marzo BOE-A-1980-5683
- determinados preceptos de la Ley 25/1983, de 26 de diciembre BOE-A-1983-33885
- Ley 30/1984, de 2 de agosto BOE-A-1984-17387
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio BOE-A-1985-11672
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre BOE-A-1985-151
- art. 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril BOE-A-1985-5392
- determinados arts. de la Ley 24/1988, de 28 de julio BOE-A-1988-18764
Leyes que la modifican
- en BOE núm. 89, de 13 de abril de 1991 BOE-A-1991-8925
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