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En vigorReal Decreto

Real Decreto 786/2023, de 17 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura

También conocida como: RD 786/2023, RD 786/23
Ver en BOE
18 de octubre de 2023·Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación·BOE-A-2023-21477
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma actualiza las ayudas y las reglas de venta para profesionales de la pesca y la acuicultura, facilitando el acceso a fondos europeos.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

7
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1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único

    Modificación del Real Decreto 956/2017 sobre ayudas a organizaciones profesionales de pesca y acuicultura. Se redactan artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 13, 14, 16, 17, 19, 24, 25, 26, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 38 y anexo. Se suprimen artículos 7, 8 y letra b) del art. 29.

  2. Disposición transitoria única — Aplicación a convocatorias previas

    Las modificaciones de este real decreto no se aplican a convocatorias de ayudas publicadas antes de su entrada en vigor.

  3. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Queda derogado el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 16 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, que establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y la acuicultura.

  4. Disposición final primera — Modificación del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura

    Modificación del Real Decreto 277/2016 sobre organizaciones profesionales de pesca y acuicultura. Se redacta el apartado 1 del artículo 10 ter y se añade un párrafo a la disposición transitoria única.

  5. Disposición final segunda

    Modificación del Real Decreto 849/2017 sobre subvenciones al fomento del asociacionismo en el sector pesquero. Se añade un nuevo apartado 8 bis al artículo 8.

  6. Disposición final tercera — Referencias normativas

    Las referencias al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en la normativa de ayudas a organizaciones pesqueras y acuícolas se entienden hechas al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).

  7. Disposición final cuarta — Entrada en vigor y efectos

    El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. Los artículos 4.4 y 16.2 entran el 2 de enero de 2024. Las autoridades pueden aprobar hasta el 31 de diciembre de 2023 convocatorias bajo la normativa anterior.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
18 de octubre de 2023
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Notas oficiales

Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 4, el 19 de octubre de 2023.

Leyes en las que se basa

  • la Ley 38/1994, de 30 de diciembre BOE-A-1994-28964
  • la disposición final 2 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo BOE-A-2001-6008
  • la Ley 38/2003, de 17 de noviembre BOE-A-2003-20977
  • el art. 10 ter.1 y la disposición transitoria única del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio BOE-A-2016-6569
  • el art. 8 del Real Decreto 849/2017, de 22 de septiembre BOE-A-2017-10833
  • el art. 16.2 párrafo 2; MODIFICA, con los efectos señalados, determinados preceptos y las referencias indicadas; AÑADE los arts. 2 bis y 2 ter; y SUPRIME los arts. 7 y 8 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre BOE-A-2017-12663

Leyes que la modifican

  • en BOE núm. 256, de 26 de octubre de 2023 BOE-A-2023-21925
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