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En vigorResolución

Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la Directriz 1/2022, de 19 de mayo, para la evaluación de las cabinas que alojan cinemómetros

También conocida como: Res 1/2022, Res 1/22
Ver en BOE
21 de mayo de 2022·Ministerio de Industria, Comercio y Turismo·BOE-A-2022-8355
Resumen en lenguaje sencillo

Normas para evaluar las cabinas que protegen los radares de velocidad para asegurar su correcto funcionamiento.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

8
Artículos
1
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6
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Apartado 1. Objeto

    La directriz establece la sistemática para evaluar cabinas que influyen en las características metrológicas de los cinemómetros. Incluye comprobaciones in situ cada 4 años, coincidiendo con la verificación periódica del Estado.

  2. Apartado 2. Cumplimiento de requisitos de las cabinas

    Las cabinas de cinemómetros deben incluir placa con modelo, serie, fabricante y fecha. Su diseño exige rigidez y seguridad, acreditadas por el fabricante. Los fabricantes obtienen un certificado de ensayos de la administración u organismos designados. Para la puesta en servicio, se realizan ensayos con cinemómetros en servicio; si son favorables, se emite certificado de revisión y se precintan las partes móviles.

  3. Apartado 3. Revisión de la cabina

    La revisión de cabinas de cinemómetros la realiza la administración u organismos autorizados. Se emite certificado y etiqueta si no hay influencia en la medida. Ante anomalías o precintos no numerados, se aplica etiqueta de fuera de servicio hasta superar nueva revisión.

  4. Apartado 4. Plazos para la revisión de la cabina

    Desde el 25 de octubre de 2020, las revisiones de cabinas con cinemómetros se realizan cada 4 años. Para las instaladas después de esa fecha, el plazo cuenta desde el primer certificado. Para las anteriores, la primera revisión es al vencer el certificado vigente y las siguientes cada 4 años.

  5. Apartado 5. Modelo de certificado de revisión de cabina

    El apartado 5 de la Directriz 1/2022 establece que el apéndice incluye un ejemplo del modelo de certificado de revisión de cabina que aloja cinemómetros.

  6. Apartado 6. Eficacia transitoria

    Las cabinas legalmente en servicio a la entrada en vigor de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, pueden continuar operando siempre que superen las revisiones correspondientes.

  7. Apartado 7. Aplicabilidad

    La Directriz 1/2022 sobre la evaluación de cabinas que alojan cinemómetros será exigible a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

  8. APÉNDICE

    El apéndice de la Directriz 1/2022, de 19 de mayo, para la evaluación de cabinas que alojan cinemómetros, incluye dos imágenes de referencia técnica.

Información general

Tipo de ley
Resolución
Vigencia
En vigor
Publicación
21 de mayo de 2022
Departamento
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Notas oficiales

Aplicable desde el 10 de junio de 2022.

Leyes en las que se basa

cinemómetroscontrol de tráficoevaluación de cabinashomologación de radaresinspección de equipos de mediciónradares de velocidadseguridad vial