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En vigorDecreto urgente

Real Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero, por el que se modifican la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito; la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión; y el Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos, en relación con el régimen jurídico de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria

También conocida como: RDL 1/2022, RDL 1/22
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19 de enero de 2022·Jefatura del Estado·BOE-A-2022-800
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma ajusta el funcionamiento y control de la SAREB, el conocido como banco malo, para mejorar su gestión y transparencia ante el Estado.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
1
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14
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero — Modificación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito

    Se modifican los apartados 3, 4 y 5 de la disposición adicional séptima de la Ley 9/2012 sobre entidades de crédito.

  2. Artículo segundo — Modificación de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión

    Se modifica la Ley 11/2015. Se actualizan el apartado 6 del artículo 52 y el apartado 6 del artículo 54.

  3. Artículo tercero — Modificación del Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos

    Se modifica el Real Decreto 1559/2012. Se redacta el apartado 2 del artículo 17 y la disposición adicional segunda.

  4. Artículo cuarto — Modificación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo

    Se modifica el Real Decreto-ley 32/2021. Se redacta de nuevo el apartado 9 del artículo 1 y la disposición adicional cuarta.

  5. Disposición adicional única — Régimen transitorio de las zonas de gran afluencia turística para 2022, reguladas en la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales

    Para 2022, en zonas turísticas, se usa la media de 2017-2019 para habitantes y pernoctaciones, excluyendo datos de 2021.

  6. Disposición transitoria única — Adaptación de SAREB

    SAREB se adapta al real decreto-ley al entrar en vigor, y en 3 meses si la participación del FROB es mayoritaria. La Comisión de Seguimiento mantiene funciones hasta esa mayoritaria. Las indemnizaciones se rigen por la Ley 9/2012 modificada desde la entrada en vigor.

  7. Disposición derogatoria única

    Se deroga el apartado 9 de la disposición adicional séptima de la Ley 9/2012. Quedan derogadas las disposiciones contrarias a este real decreto-ley, especialmente el apartado 3 del artículo 19 y el artículo 27 del Real Decreto 1559/2012.

  8. Disposición final primera — Salvaguarda del rango de ciertas disposiciones reglamentarias

    Las normas reglamentarias modificadas en el artículo 3 pueden ser modificadas por normas del mismo rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.

  9. Disposición final segunda — Títulos competenciales

    Este real decreto-ley se basa en los artículos 149.1.6.ª, 11.ª, 13.ª y 14.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado competencias exclusivas sobre legislación mercantil, procesal, civil, banca, seguros, planificación económica y Hacienda.

  10. Disposición final tercera — Desarrollo reglamentario y habilitación normativa

    Se habilita al Gobierno para aprobar las disposiciones necesarias para el desarrollo, aplicación y ejecución de lo establecido en este real decreto-ley.

  11. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    El Real Decreto-ley 1/2022, de 18 de enero, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Decreto urgente
Vigencia
En vigor
Publicación
19 de enero de 2022
Departamento
Jefatura del Estado

Notas oficiales

La modificación del art. 84.2 la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se establece por estar modificado por el art. 9.1 del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre.

Leyes en las que se basa

  • la disposición adicional 7.9 y MODIFICA sus apartados 3 a 5, de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre BOE-A-2012-14062
  • los arts. 19.3 y 27 y MODIFICA el 17.2 y la disposición adicional 2 del Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre (BOE-A-2012-14118) BOE-A-2012-14118
  • el art. 84.2 la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre BOE-A-2015-11430
  • los arts. 52.6 y 54.6 de la Ley 11/2015, de 18 de junio BOE-A-2015-6789
  • el art. 1.9 y la disposición adicional 4 del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre BOE-A-2021-21788

Leyes que la modifican

  • por Resolución de 3 de febrero de 2022 BOE-A-2022-1981
  • 2191/2022 promovido contra el art. 4 BOE-A-2022-9433
  • en el Recurso 2191/2022, la desestimación en relación con el art. 4, por Sentencia 40/2026, de 26 de mayo BOE-A-2026-13752
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