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En vigorReal Decreto

Real Decreto 1056/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España y los criterios mínimos comunes de gestión coordinada y coherente de la Red

También conocida como: RD 1056/2022, RD 1056/22
Ver en BOE
30 de diciembre de 2022·Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico·BOE-A-2022-23750
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cómo se deben proteger y gestionar de forma coordinada las zonas marinas más valiosas de España para cuidar su biodiversidad.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
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1
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    Se aprueba el Plan Director de la RAMPE y sus criterios mínimos comunes de gestión. Se usa el término genérico 'espacio marino protegido' para todos los tipos.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación

    El Plan Director se aplica a espacios marinos protegidos que se incorporen voluntariamente a la RAMPE. La gestión sigue criterios mínimos, salvo lo previsto en la Ley 3/2001 de Pesca Marítima.

  3. Artículo 3 — Directrices para la planificación y conservación de los espacios marinos protegidos incluidos en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España

    Las directrices del Plan Director son orientadoras para cada espacio marino protegido que se incorpore voluntariamente a la RAMPE, sirviendo como denominador común.

  4. Artículo 4 — Criterios mínimos comunes para la gestión coordinada y coherente de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España

    Los criterios mínimos comunes del anexo se aplican a escala de red y de espacio. La Administración General del Estado vela por el cumplimiento a nivel de red.

  5. Disposición adicional única — Bienes afectados a la Defensa Nacional, al Ministerio de Defensa o al uso de las Fuerzas Armadas

    En espacios de la RAMPE con intereses de Defensa Nacional, se aplica lo dispuesto en la Disposición adicional duodécima de la Ley 42/2007 y el artículo 2.4 de la Ley 41/2010.

  6. Disposición final primera — Vigencia del Plan Director

    El Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas tiene una vigencia máxima de 10 años desde su entrada en vigor, prorrogándose hasta que se apruebe otro plan.

  7. Disposición final segunda — Modificación del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas

    Se modifica el artículo 7 del Real Decreto 139/2011, que desarrolla el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

  8. Disposición final tercera — Modificación del Real Decreto 1599/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen los criterios de integración de los espacios marinos protegidos en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España

    Se añade un nuevo artículo 6 al Real Decreto 1599/2011, que establece los criterios de integración de los espacios marinos protegidos en la RAMPE.

  9. Disposición final cuarta — Título competencial

    El real decreto se basa en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las normas autonómicas adicionales.

  10. Disposición final quinta — Habilitación normativa

    Se habilita al titular del MITECO para modificar el anexo por orden ministerial si el conocimiento científico lo requiere, sin perjuicio de la habilitación al Ministerio de Agricultura para reservas marinas de interés pesquero.

  11. Disposición final sexta — Entrada en vigor

    El Real Decreto 1056/2022, de 27 de diciembre, que aprueba el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Real Decreto
Vigencia
En vigor
Publicación
30 de diciembre de 2022
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Leyes en las que se basa

biodiversidad marinaconservación de costascuidado del medio ambienteespacios naturales protegidosgestión de playas y maresprotección del marreservas marinas