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En vigorOrden

Orden TED/371/2021, de 19 de abril, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021

También conocida como: O 371/2021, O 371/21
Ver en BOE
22 de abril de 2021·Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico·BOE-A-2021-6390
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma fija los costes que se incluyen en tu factura de la luz para financiar el funcionamiento del sistema eléctrico español.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

9
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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (9 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto

    La orden establece precios para cargos del sistema eléctrico, recargas públicas de vehículos eléctricos y financiación de pagos por capacidad, aplicables del 1 de junio al 31 de diciembre de 2021.

  2. Artículo 2 — Precios aplicables a los segmentos tarifarios de cargos

    Se fijan precios de potencia y energía para 6 segmentos tarifarios desde el 1 de junio de 2021. Los precios varían según el periodo (1-6) y el segmento, oscilando la potencia entre 0,35 y 9,29 €/kW año y la energía entre 0,0003 y 0,105 €/kWh.

  3. Artículo 3 — Precios aplicables a los segmentos tarifarios 2 VE y 3 VE

    Para recargas de vehículos eléctricos (2 VE y 3 VE) desde el 1 de junio de 2021, el término de potencia es 0 €/kW año. La energía varía: 2 VE entre 0,01 y 0,12 €/kWh; 3 VE entre 0,008 y 0,10 €/kWh según el periodo.

  4. Artículo 4 — Precios unitarios de aplicación a la financiación de los pagos por capacidad

    Se establecen precios unitarios para financiar pagos por capacidad desde el 1 de junio de 2021. Los valores de energía oscilan entre 0,0002 y 0,0024 €/kWh según el segmento. Los segmentos 2 y 3 se aplican a los segmentos VE 2 y 3 respectivamente.

  5. Disposición adicional única — Porcentajes a aplicar a efectos de la información sobre el destino del coste de los cargos del sistema eléctrico

    La factura eléctrica desglosa los cargos del sistema así: RECORE 47,93%, Déficit 37,89%, TNP 14,04% y Otros 0,13%.

  6. Disposición final primera — Modificación de la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, por la que se regula el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad para los consumidores que adquieren su energía en el mercado de producción

    Se modifica la Orden ITC/2370/2007. Los periodos tarifarios 1-6 se sustituyen por periodos horarios 1-6 de la Circular 3/2020. El art. 9.3 se redacta de nuevo.

  7. Disposición final segunda — Saldos de cuenta de la moratoria nuclear

    Se modifica la Orden IET/2444/2014. Los saldos de la cuenta de la moratoria nuclear, tras liquidar el Fondo de Titulización, se incorporan como ingresos del ejercicio.

  8. Disposición final tercera — Título competencial

    Esta orden se basa en los artículos 149.1.13 y 25 de la Constitución, que atribuyen al Estado competencias exclusivas sobre bases económicas, mineras y energéticas.

  9. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Orden TED/371/2021, de 19 de abril, que establece los precios de los cargos del sistema eléctrico y los pagos por capacidad, entra en vigor el 1 de junio de 2021.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
22 de abril de 2021
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Leyes en las que se basa

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