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En vigorInstrucción

Resolución de 13 de marzo de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen los protocolos de detalle de las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista

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4 de abril de 2006·14 de marzo de 2019·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2006-6003
Resumen en lenguaje sencillo

Normas técnicas que aseguran que el suministro y la calidad del gas natural que llega a los hogares y empresas sea seguro y eficiente.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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13 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo primero — Aprobación de los Protocolos de Detalle

    Se aprueban los Protocolos de Detalle de las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista, que se insertan como Anejo a la Resolución de 13 de marzo de 2006 de la Dirección General de Política Energética y Minas.

  2. Artículo segundo — Ámbito de aplicación

    Los Protocolos de Detalle se aplican al Gestor Técnico, sujetos que acceden al sistema, titulares de instalaciones y consumidores, en todas las instalaciones del sistema gasista español según el artículo 59 de la Ley 34/1998.

  3. Artículo tercero — Recursos

    Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el Secretario General de la Energía en un plazo de un mes, conforme a las Leyes 4/1999, 30/1992 y 6/1997.

  4. Disposición adicional primera — Mermas

    En menos de 60 días desde la publicación, el Grupo de Trabajo creará un subgrupo para estudiar las mermas del sistema SGERG-88. Sus conclusiones se incluirán en la propuesta anual de mermas del Gestor Técnico.

  5. Disposición transitoria primera — Publicación de información sobre poderes caloríficos y factores correctores

    En tres meses, el Gestor Técnico publicará en su web factores de corrección y poder calorífico. Para municipios con plantas satélites o gas manufacturado, la distribuidora es responsable de publicar y actualizar esta información.

  6. Disposición transitoria segunda — Adaptación de los equipos de medida

    Los titulares de equipos de medición tienen un mes desde la publicación de la resolución para adaptarlos al Protocolo de Detalle 1.

  7. Disposición final primera — Entrada en vigor

    La resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Instrucción
Vigencia
En vigor
Publicación
4 de abril de 2006
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • los protocolos PD-05 y PD-06, por Resolución de 17 de septiembre de 2007 BOE-A-2007-16727
  • el protocolo PD-02, por Resolución de 4 de julio de 2008 BOE-A-2008-12051
  • el protocolo PD-01, por Resolución de 22 de septiembre de 2011 BOE-A-2011-15496
  • el apartado 6 del protocolo PD-05, por Resolución de 22 de marzo de 2011 BOE-A-2011-5835
  • desde el 24 de abril de 2012, el protocolo PD-01, por Resolución de 29 de marzo de 2012 BOE-A-2012-5366
  • el protocolo PD-02, por Resolución de 7 de febrero de 2013 BOE-A-2013-1464
  • los apartados 3, 4, 5 y 9 del protocolo PD-01, por Resolución de 21 de diciembre de 2012 BOE-A-2013-185
  • el protocolo PD-04, por Resolución de 30 de abril de 2013 BOE-A-2013-5128
  • el protocolo PD-02, por Resolución de 23 de diciembre de 2015 BOE-A-2015-14346
  • el apartado 6.6.2 del protocolo PD-05, por Resolución de 4 de mayo de 2015 BOE-A-2015-5593
  • los protocolos PD-02 y PD-06, por Resolución de 4 de mayo de 2016 BOE-A-2016-4445
  • los protocolos PD-01 y PD-02, por Resolución de 8 de octubre de 2018 BOE-A-2018-14557
  • los protocolos PD-01, 02 y 05, por Resolución de 15 de febrero de 2019 BOE-A-2019-3691
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