Orden HFP/1032/2021, de 29 de septiembre, por la que se aprueba el modelo de solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de Cuenta Corriente en materia Tributaria y se regula la forma, condiciones y procedimiento de su presentación
También conocida como: O 1032/2021, O 1032/21Esta norma regula cómo solicitar o renunciar al sistema de cuenta corriente para pagar tus impuestos de forma centralizada ante Hacienda.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Aprobación del modelo de la solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria
Se aprueba el modelo de solicitud de inclusión y renuncia al sistema de cuenta corriente tributaria. El anexo de esta orden recoge el contenido del modelo, disponible para presentación electrónica en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Artículo 2 — Plazo de presentación de la solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria
La solicitud de inclusión se presenta en el plazo del artículo 140.1 del Reglamento General de actuaciones tributarias. La renuncia puede comunicarse en cualquier momento, con los efectos previstos en el artículo 143 de dicho reglamento.
Artículo 3 — Habilitación, condiciones generales y procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo de solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria
La presentación del modelo es obligatoria por vía electrónica a través de Internet. Se siguen las vías del artículo 19 de la Orden HAP/2194/2013 y los procedimientos de sus artículos 20 y 21, excluyendo el procedimiento de la letra c) del apartado 1 del artículo 20.
Disposición derogatoria única — Derogación de los apartados primero y segundo de la Orden de 30 de septiembre de 1999
Se derogan los apartados primero y segundo de la Orden de 30 de septiembre de 1999, que aprobaba el modelo anterior de solicitud de inclusión en el sistema de cuenta corriente en materia tributaria.
Disposición final primera
Se modifica el artículo 1.4 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, añadiendo un nuevo párrafo con la mención al modelo de solicitud de inclusión y renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden HFP/1032/2021 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- los apartados 1 y 2 de la Orden de 30 de septiembre de 1999 BOE-A-1999-19566
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre BOE-A-2003-23186
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio BOE-A-2007-15984
- el art. 1.4 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre BOE-A-2013-12385
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