Orden TED/776/2020, de 4 de agosto, por la que se revisan los precios de producto y logística a emplear en la determinación del precio de combustible y se establece un valor tope del tiempo de arranque de liquidación por instalación tipo aplicable a las instalaciones de producción ubicadas en los territorios no peninsulares con régimen retributivo adicional
También conocida como: O 776/2020, O 776/20Esta norma ajusta los costes de combustible y logística para producir electricidad en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.
El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
1 modificación desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.
- 1 de febrero de 2022Reforma BOE-A-2022-1541Ver qué cambió →
- 7 de agosto de 2020Versión original BOE-A-2020-9339
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo 1 — Objeto
La orden revisa precios de producto y logística para el combustible de instalaciones categoría A con régimen adicional, y fija valores tope del tiempo de arranque.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
La orden aplica a instalaciones con régimen retributivo adicional en sistemas aislados no peninsulares que usen combustibles fósiles.
Artículo 3 — Modificación de los precios de producto dentro de los componentes del precio de combustibles fósiles a efectos de liquidación
Los precios de combustibles se aprueban semestralmente según cotizaciones de hulla, fuel oil, diésel y gasoil, usando índices específicos y tipo de cambio BCE.
Artículo 4 — Modificación de los precios de logística dentro de los componentes del precio de combustibles fósiles a efectos de liquidación y de despacho
Se fijan los costes de logística por tonelada métrica para combustibles en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla. Los valores varían según la isla y el tipo de combustible, como hulla, fuel oil, diésel o gasoil.
Artículo 5 — Valor tope de tiempo «t» desde la última parada
Se establecen valores tope de tiempo (horas) desde la última parada para instalaciones tipo: turbinas de vapor de carbón (150h), fuel (120-150h según potencia) y ciclo combinado (80h).
Disposición transitoria única — Retribución de la actividad de distribución para las empresas R1-205, R1-258 y R1-314 correspondiente al año 2019
Hasta aprobar la retribución 2019, el organismo liquidará a las empresas R1-205, R1-258 y R1-314 una entrega a cuenta proporcional a la asignada en la Orden IET/2444/2014. Luego se ajustarán pagos o cobros.
Disposición final primera — Títulos competenciales
La orden se basa en las competencias exclusivas del Estado en bases de planificación económica y régimen minero y energético, según los artículos 149.1 de la Constitución.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden TED/776/2020 entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. Sus efectos se retrotraen al 1 de enero de 2020.
Información general
Temas
Notas oficiales
Efectos desde el 1 de enero de 2020.
Leyes en las que se basa
- la Ley 24/2013, de 26 de diciembre BOE-A-2013-13645
- el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio BOE-A-2015-8646
- la Orden TEC/1260/2019, de 26 de diciembre BOE-A-2019-18620
- Real Decreto 647/2020, de 7 de julio BOE-A-2020-7439
Leyes que la modifican
- la nulidad del art. 4, por Sentencia del TS de 16 de noviembre de 2021 BOE-A-2022-1541
¿Quieres saber cuándo cambia esta ley?
Cada cambio queda registrado en nuestro repositorio público. Síguelo con cualquier lector de noticias, sin darnos ningún dato: canal de cambios de esta ley · historial en GitHub.