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En vigorLey Orgánica

Ley Orgánica 2/2020, de 16 de diciembre, de modificación del Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente

También conocida como: LO 2/2020, LO 2/20
Ver en BOE
17 de diciembre de 2020·Jefatura del Estado·BOE-A-2020-16345
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley prohíbe que se realicen esterilizaciones a personas con discapacidad sin su consentimiento, protegiendo su derecho a decidir sobre su cuerpo.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo único — Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

    Se suprime el párrafo segundo del artículo 156 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995).

  2. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se deroga la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2015, que modificaba el Código Penal.

  3. Disposición transitoria única — Procedimientos en curso

    Los procedimientos de esterilización no ejecutados quedan sin efecto. La persona recupera la plena libertad de decisión sobre tratamientos médicos.

  4. Disposición final primera — Disposiciones con carácter de ley ordinaria

    La disposición transitoria única y la disposición final tercera de la Ley Orgánica 2/2020 tienen carácter de ley ordinaria.

  5. Disposición final segunda — Título competencial

    La ley se basa en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre legislación penal.

  6. Disposición final tercera — Adaptación normativa

    El Gobierno remitirá a las Cortes un proyecto para modificar la Ley 41/2002 y la Ley Orgánica 2/2010, reforzando el acceso a información accesible y el derecho a la salud sexual y reproductiva de personas con discapacidad.

  7. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Ley Orgánica 2/2020, de 16 de diciembre, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley Orgánica
Vigencia
En vigor
Publicación
17 de diciembre de 2020
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

autonomía personalconsentimiento informadoderechos humanosderechos reproductivosesterilización forzadaprotección discapacidadviolencia contra personas con discapacidad