Saltar al contenido
← Volver
En vigorLey

Ley 6/2015, de 30 de junio, de medidas adicionales de protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y la fractura hidráulica o "fracking"

También conocida como: L 6/2015, L 6/15
Ver en BOE
24 de julio de 2015·21 de febrero de 2018·Comunidad Autónoma del País Vasco·BOE-A-2015-8274
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley regula y limita la técnica del fracking en el País Vasco para proteger el agua, el suelo y el medio ambiente de posibles daños.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

10
Artículos
4
Versiones
6
Categorías

Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (8 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La ley establece medidas de protección medioambiental para la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos en el País Vasco.

  2. Artículo 2 — Conceptos

    Recursos no convencionales: hidrocarburos en roca-madre (permeabilidad <1 millidarcy), en vetas de carbón/hulla e hidratos de metano marinos. Fracking: fractura rocosa con fluido a presión y químicos.

  3. Artículo 4

    Los planes o estrategias que contemplen fracking para hidrocarburos, como la estrategia energética vasca, deben contar con evaluación medioambiental estratégica.

  4. Artículo 5

    Se prohíbe el uso de fracking en espacios clasificados con riesgo de vulnerabilidad media, alta o muy alta en el mapa de contaminación de acuíferos de la CAV.

  5. Artículo 6

    Las autoridades vascas velan por el cumplimiento de la ley, paralizan actividades contrarias y ordenan la reposición del estado originario de los afectados.

  6. Disposición transitoria segunda

    El artículo 4 se aplica a planes tramitados tras la entrada en vigor y a los aprobados definitivamente tras el 21 de julio de 2006. No se conceden permisos de perforación hasta concluir la evaluación medioambiental estratégica.

  7. Disposición derogatoria

    Quedan derogadas las disposiciones normativas de igual o inferior rango que se opongan a la Ley 6/2015, de 30 de junio, o sean incompatibles con su contenido.

  8. Disposición final

    La Ley 6/2015, de 30 de junio, sobre protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y el fracking, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
24 de julio de 2015
Departamento
Comunidad Autónoma del País Vasco

Notas oficiales

Publicada en el BOPV núm. 128 de 9 de julio de 2015

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • 1941/2016 planteado en relación con los arts. 3 y 5, los incisos indicados del 2 y 6 y las disposiciones transitorias 1 y 2, con suspensión, desde el 5 de mayo de 2016, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 11 de abril, para las partes legitimadas BOE-A-2016-4311
  • en el Recurso 1941/2016, el levantamiento de la suspensión de la vigencia y aplicación los arts. 3 y 5, los incisos indicados del 2 y 6 y las disposiciones transitorias 1 y 2, por Auto de 6 de octubre de 2016 BOE-A-2016-9237
  • en el recurso 1941/2016, la inconstitucionalidad y nulidad del inciso indicado del art. 2, del art. 3 y la disposición transitoria 1, y se desestima en todo lo demás, por Sentencia 8/2018, de 25 de enero BOE-A-2018-2464
contaminación del sueloextracción de gasfrackingfractura hidráulicamedio ambiente País Vascoprotección del aguaseguridad industrial