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En vigorOrden

Orden IET/1344/2015, de 2 de julio, por la que se aprueban las instalaciones tipo y sus correspondientes parámetros retributivos, aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

También conocida como: O 1344/2015, O 1344/15
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7 de julio de 2015·6 de noviembre de 2017·Ministerio de Industria, Energía y Turismo·BOE-A-2015-7593
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma establece cuánto dinero reciben las empresas y particulares por generar electricidad mediante fuentes renovables o cogeneración.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Artículo por artículo

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  1. Artículo 1 — Objeto

    Esta orden establece instalaciones tipo y parámetros retributivos para el primer semiperiodo regulatorio del Real Decreto 413/2014. Fija equivalencias entre categorías anteriores y nuevas, asignando códigos para determinar el régimen retributivo aplicable.

  2. Artículo 2 — Ámbito de aplicación

    La orden se aplica a instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos con retribución primada al entrar en vigor el Real Decreto-ley 9/2013, referidas en el Real Decreto 413/2014, y que no correspondan a instalaciones tipo de la Orden IET/1045/2014.

  3. Artículo 3 — Aspectos retributivos de las instalaciones

    El anexo I establece equivalencias y códigos; el anexo II.1 retribución 2013; II.2 retribución 2014-2016 (inversión y operación). El anexo III fija retribución operación segundo semestre 2015 y parámetros A, B, C para actualizaciones hasta segundo semestre 2016.

  4. Artículo 4 — Vida útil regulatoria y valor estándar de la inversión inicial de las instalaciones tipo

    La vida útil regulatoria y el valor estándar de la inversión inicial se establecen en el anexo IV. Lo dispuesto se rige por el artículo 14.4 de la Ley 24/2013 y el artículo 20 del Real Decreto 413/2014.

  5. Disposición adicional primera — Liquidaciones del régimen retributivo específico

    El organismo liquidará el régimen retributivo desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013. Las liquidaciones se incluyen en la siguiente tras la comunicación del Ministerio de Industria, regularizando saldos negativos.

  6. Disposición adicional segunda — Referencias a autorización de explotación

    Las referencias a autorización de explotación se entienden realizadas al acta de puesta en marcha o en servicio.

  7. Disposición transitoria única — Aplicabilidad de Valores de la retribución a la operación

    Los valores retributivos del anexo III se aplican desde el primer día del mes siguiente a su publicación. Antes, rigen los del anexo II.

  8. Disposición final primera

    Se modifica la Orden IET/1045/2014. Se añade al artículo 6 que las horas umbral y mínima son las menores de los grupos de hibridación, y las máximas las mayores. Para licores negros c2, se usan valores IT-01036.

  9. Disposición final segunda — Títulos competenciales

    Esta orden se dicta al amparo de las reglas 13.ª y 25.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuyen al Estado competencia exclusiva en planificación económica y régimen energético.

  10. Disposición final tercera — Aplicación

    Los artículos 1 a 4 se aplican desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, sobre estabilidad financiera del sistema eléctrico.

  11. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Orden IET/1344/2015 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
7 de julio de 2015
Departamento
Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Notas oficiales

Aplicable desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, los arts. 1 a 4.

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio BOE-A-2013-7705
  • el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio BOE-A-2014-6123
  • el art. 6.4 y lo indicado del anexo I.6 de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio BOE-A-2014-6495
  • Orden IET/1168/2014, de 3 de julio BOE-A-2014-7113

Leyes que la modifican

  • la nulidad de la disposición final 1.1, por Sentencia del TS de 6 de octubre de 2017 BOE-A-2017-12726
  • la nulidad de la disposición final 1.1, por Sentencia de 10 de octubre de 2017 BOE-A-2017-13544
  • sobre los parámetros retributivos de las instalaciones tipo: Orden ETU/130/2017, de 17 de febrero BOE-A-2017-1793
  • sobre los parámetros retributivos de las instalaciones tipo: Orden TED/171/2020, de 24 de febrero BOE-A-2020-2838
  • y se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo: Orden TED/53/2026, de 27 de enero BOE-A-2026-2476
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