Orden PRE/1983/2012, de 14 de septiembre, por la que se declaran de aplicación a la Guardia Civil diversas normas del ordenamiento militar sobre mando, disciplina y régimen interior
También conocida como: O 1983/2012, O 1983/12Esta norma establece las reglas de disciplina, mando y funcionamiento interno que deben seguir los miembros de la Guardia Civil.
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- 21 de septiembre de 2012Versión original BOE-A-2012-11842
Artículo por artículo
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Artículo 1 — La acción de mando
La acción de mando en la Guardia Civil aplica normas del Ejército de Tierra (arts. 8-11, 14.1, 15 Orden 50/2011). La sucesión sigue el RD 1250/2001. Las unidades tienen Libro de Organización.
Artículo 2 — Las manifestaciones externas de la disciplina
La disciplina externa aplica Reales Ordenanzas (arts. 279-319 RD 2945/1983). El saludo a la bandera de buques de la Armada se extiende a los patrulleros oceánicos de la Guardia Civil.
Artículo 3 — Normas y actos de régimen interior
Las normas de régimen interior regulan la vida en las instalaciones. En la entrada principal figurará el lema «Todo por la Patria» y la Cartilla Fundacional. Se mantiene un Libro de Normas con vida, seguridad, administración y gobierno, adaptado a las unidades.
Artículo 4 — Actos solemnes y su ceremonial
Se aplican las Reales Ordenanzas del Ejército de Tierra (arts. 415-434) y de la Armada (arts. 606 y 613) para actos solemnes, salvo contradicción con la normativa específica. Otros actos oficiales se rigen por la normativa específica, con carácter supletorio del Ministerio de Defensa.
Artículo 5 — Festividades militares en la Guardia Civil
Se celebran: 6 enero (Pascua Militar), 2 mayo (Independencia), sábado próximo al 30 mayo (Día FF.AA.), 19 junio (Aniversario Rey), 12 octubre (Fiesta Nacional) y 2 noviembre (Día Caídos). El 12 octubre también se celebra la Patrona. Son inhábiles solo si el calendario oficial así lo establece.
Disposición adicional única — Adaptación
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor, el Libro de Organización y el Libro de Normas de Régimen Interior de las unidades e instalaciones de la Guardia Civil deben adaptarse a lo dispuesto en esta orden.
Disposición final primera — Facultades de ejecución
El Director General de la Guardia Civil dictará, en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor, las instrucciones u órdenes necesarias para su aplicación y adecuación a las Reales Ordenanzas y a esta orden.
Información general
Leyes en las que se basa
- art. 13.2 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo BOE-A-1986-6859
- Ley 39/2007, de 19 de noviembre BOE-A-2007-19880
- Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero BOE-A-2009-2074
Leyes que la modifican
- el art. 5.1, por Orden PRE/2093/2015, de 8 de octubre BOE-A-2015-10929
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