Real Decreto-ley 18/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y se establecen medidas de Seguridad Social para las personas trabajadoras afectadas por la crisis de la bacteria "E.coli"
También conocida como: RDL 18/2011, RDL 18/11Regula ayudas para contratar personas con discapacidad en la ONCE y establece compensaciones para trabajadores afectados por la crisis de la E.coli.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1 — Bonificación de cuotas a la Seguridad Social
La ONCE obtiene bonificación del 100% en cuotas de la Seguridad Social para contratos con personas con discapacidad, incluyendo transformaciones a indefinidos, si está al corriente de pago.
Artículo 2 — Medidas de seguridad social para las personas trabajadoras afectadas por la crisis de la bacteria «E.coli»
Trabajadores afectados por la crisis E.coli pueden suscribir convenio especial con la TGSS. Requisitos: relación laboral previa e inactividad mayo-julio 2011. La solicitud retroactiva debe presentarse en 90 días desde la entrada en vigor. Se exige certificado empresarial y la base de cotización es l
Disposición adicional única — Financiación
Las bonificaciones para ONCE se financian con el programa 241.A, concepto 487.03 del SEPE. Las medidas por E.coli se financian con créditos en 2012, 2013 y 2014, con prioridad sobre otras acciones.
Disposición final primera — Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
Se modifica la Ley 47/2003. Si ONCE no alcanza objetivos de venta, Loterías y Apuestas del Estado realiza asignaciones financieras anuales entre 2005 y 2011, fijadas por el Gobierno.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley entra en vigor el día de su publicación en el BOE. Su artículo 1 tiene efectos económicos a partir del 1 de enero de 2012.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo BOE-A-1991-7271
- Disposición adicional 18 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre BOE-A-2003-21614
- Ley 39/2010, de 22 de diciembre BOE-A-2010-19703
Leyes que la modifican
- por Resolución de 12 de diciembre de 2011 BOE-A-2011-19593
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