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En vigorOrden

Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y otras normas tributarias

También conocida como: O 769/2010, O 769/10
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29 de marzo de 2010·30 de diciembre de 2020·Ministerio de Economía y Hacienda·BOE-A-2010-5098
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo y cuándo las empresas deben declarar a Hacienda las ventas y compras realizadas con otros países de la Unión Europea.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

16
Artículos
4
Versiones
5
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Qué ha cambiado

3 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (10 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Aprobación del modelo 349

    Se aprueba el modelo 349 electrónico con número secuencial 349. Las complementarias se presentan en la sede electrónica de la AEAT.

  2. Artículo 2 — Obligados a presentar la declaración recapitulativa

    Obligados: empresarios que realicen entregas, adquisiciones o prestaciones intracomunitarias exentas o sujetas, transferencias en consigna o subsiguientes a adquisiciones.

  3. Artículo 3 — Formas de presentación

    La presentación del modelo 349 se rige por la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, que regula los procedimientos y condiciones generales para la presentación de declaraciones tributarias informativas.

  4. Artículo 10 — Plazo de presentación del modelo 349

    Plazo general: 20 días siguientes al mes. Julio en agosto y 20 primeros de septiembre; diciembre en 30 primeros de enero. Si ventas <50.000€, plazo trimestral. Superado el límite, declaración mensual inmediata.

  5. Disposición transitoria única — Umbral para la presentación de la Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido durante 2010 y 2011

    El umbral para presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias es de 100.000 euros durante los años 2010 y 2011.

  6. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Se derogan: la Orden HAC/360/2002 (modelo 349); la Disposición adicional cuarta de la Orden EHA/3895/2004; y el artículo 4 de la Orden EHA/3435/2007, en lo relativo al modelo 349.

  7. Disposición final primera — Modificación de la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido

    Se modifica la Orden HAC/3625/2003. El modelo 309 debe presentarse por: 1) Adquisiciones intracomunitarias (agricultura/ganadería/pesca, no deducción). 2) Entregas inmuebles (agricultura/ganadería/pesca). 3) Recargo equivalencia. 4) No empresarios, medios transporte nuevos. 5) Personas jurídicas no-

  8. Disposición final segunda

    Se modifica la Orden EHA/3786/2008. El ejemplar para la entidad colaboradora del modelo 303 (IVA) se sustituye por el anexo III de la presente Orden.

  9. Disposición final tercera

    Se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2000. Las presentaciones por teleproceso son provisionales. Si hay errores, se requiere subsanación en 10 días hábiles. Si persisten, se tiene por no presentada. El fichero de respuesta indica si se acepta, requiere sustitutiva o repetición.

  10. Disposición final cuarta — Entrada en vigor

    La Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
En vigor
Publicación
29 de marzo de 2010
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Leyes en las que se basa

  • art. 81 del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre BOE-A-1992-28925
  • art. 3.3 de la Orden de 21 de diciembre de 2000 BOE-A-2000-24115
  • Orden HAC/360/2002, de 19 de febrero BOE-A-2002-3600
  • art. 1.2 de la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre BOE-A-2003-23809
  • lo indicado De la disposición adicional 4 de la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre BOE-A-2004-20157
  • art. 11 de la Orden EHA/3061/2005 BOE-A-2005-16483
  • art. 117 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio BOE-A-2007-15984
  • lo indicado Del art. 4 de la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre BOE-A-2007-20485
  • Anexo I por la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre BOE-A-2008-20953

Leyes que la modifican

  • lo indicado del anexo II, por Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio BOE-A-2011-10827
  • el anexo, por Orden HAC/1274/2020, de 28 de diciembre BOE-A-2020-17269
  • los arts. 1, 2, 3, 10, el anexo I y su denominación, y SE SUPRIME los arts. 4 a 9 y el anexo II, por Orden HAC/174/2020, de 4 de febrero BOE-A-2020-2898
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