Orden de 17 de enero de 1994 sobre presentación de las solicitudes de afiliación y altas de los trabajadores en la Seguridad Social y de afiliación, altas y bajas relativas a determinados trabajadores contratados a tiempo parcial
Esta norma regula cómo las empresas deben comunicar a la Seguridad Social el alta, baja o afiliación de sus trabajadores, incluidos los contratados a tiempo parcial.
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Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
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Artículo 1
Alta Seguridad Social previa al inicio. Si es urgente, se envían datos clave por fax/telemático y se formaliza al día hábil siguiente. Efectos desde el inicio de la actividad. Aplica a varios regímenes especiales.
Artículo 2
La afiliación y bajas de trabajadores a tiempo parcial (<12h/semana) se formalizan ante la Tesorería General de la Seguridad Social o sus Direcciones Provinciales, aplicando los plazos y formas del artículo anterior.
Artículo 3
La Tesorería General de la Seguridad Social puede autorizar excepcionalmente otros plazos de presentación si se justifica dificultad. Estas autorizaciones pueden ser revocadas por el Director general si perjudican a trabajadores o dificultan la gestión.
Disposición derogatoria
Quedan sin efecto las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta Orden, especialmente los artículos 11.2 y 17.2 de la Orden de 28 de diciembre de 1966 sobre plazos de afiliación y altas.
Disposición final
La Orden de 17 de enero de 1994 sobre afiliación y altas en la Seguridad Social entra en vigor el 1 de febrero de 1994.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- lo indicado de los arts. 11.2 y 17.2 de la Orden de 28 de diciembre de 1966 BOE-A-1966-21122
- Decreto 2346/1969, de 25 de septiembre BOE-A-1969-1187
- Decreto 1867/1970, de 9 de julio BOE-A-1970-748
- Decreto 3772/1972, de 23 de diciembre BOE-A-1973-234
- Ley General de la Seguridad social, texto refundido aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo BOE-A-1974-1165
- Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre BOE-A-1986-33763
- Real Decreto-ley 18/1993, de 3 de diciembre BOE-A-1993-29068
Leyes que la modifican
- sobre Uso de medios Electronicos e Informaticos en la Seguridad social: Orden de 3 de abril de 1995 BOE-A-1995-8502
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