Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre, por la que se determina la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión
También conocida como: O 973/2026, O 973/26Clasifica los fondos de pensiones según su política de inversión para que sepas dónde va tu dinero.
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Qué ha cambiado
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Artículo por artículo
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Artículo 1 — Objeto
Esta orden determina la tipología de los fondos de pensiones para clasificarlos según su política de inversión, conforme al artículo 69.10 del Reglamento de planes y fondos de pensiones (Real Decreto 304/2004).
Artículo 2 — Ámbito subjetivo
Esta orden aplica a todos los fondos de pensiones inscritos en el Registro Especial de Fondos de Pensiones, establecido en el artículo 96.1.a) y 96.2 del Reglamento de planes y fondos de pensiones.
Artículo 3 — Tipos de fondos de pensiones según su política de inversión
Los fondos de pensiones se clasifican según su política de inversión, conforme a la tipología detallada en el anexo de la Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre.
Artículo 4 — Criterios de clasificación
La clasificación de fondos de pensiones se basa en su política de inversión, no en la cartera. Se consideran inversiones de contado y derivados (Circular 6/2010 CNMV). Si un fondo encaja en dos categorías, se elige la de mayor riesgo; en tres, la global. No coincide necesariamente con las categorías de comisiones del art. 84 del Reglamento de planes y fondos de pensiones.
Disposición transitoria única — Período transitorio para la inclusión de esta información
La información de la Orden ECM/973/2026 debe incorporarse al documento de datos fundamentales, normas de funcionamiento y principios de inversión hasta el 1 de abril de 2027. Además, la categoría del fondo debe constar en la información del cuarto trimestre de 2026, remitida antes del 10 de febrero de 2027.
Disposición final primera — Título competencial
La Orden ECM/973/2026 se dicta al amparo de los artículos 149.1.11.ª y 13.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre las bases de la ordenación del crédito, banca y seguros, y sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre, sobre la tipología de los fondos de pensiones, entrará en vigor el 2 de enero de 2027.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 16 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre BOE-A-2002-24252
- el art 69.10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero BOE-A-2004-3453
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