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En vigorResolución

Resolución 4B0/38485/2025, de 17 de noviembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria

También conocida como: Res 0/3848, Res 0/48
Ver en BOE
26 de noviembre de 2025·Ministerio de Defensa·BOE-A-2025-23973
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma detalla los servicios médicos y prestaciones sanitarias a los que tienen derecho los afiliados al ISFAS y sus beneficiarios.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

11
Artículos
1
Versiones
3
Categorías

Qué ha cambiado

Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (11 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. 1. Consideraciones de carácter general

    El ISFAS ofrece prestaciones de atención primaria, especializada, urgencia, farmacéutica, dietética, transporte, ortoprotésica y complementarias. Titulares y beneficiarios a cargo tienen derecho. Solicitudes por Sede Electrónica o Delegaciones. Facturas con requisitos legales. Plazo resolución: 6mes

  2. 2. Atención primaria, atención especializada y servicios de urgencia

    La Cartera Básica incluye Atención Primaria, Especializada y Urgencia. Se cubren oxigenoterapia y lectores oculares para ELA. Ayudas: asistencia facultativo ajeno, hospitalización psiquiátrica (6 meses máx.), psicoterapia (20 sesiones/año) y gastos diabéticos (jeringuillas, bombas, glucómetros).

  3. 3. Prestación farmacéutica y con productos dietéticos, mediante dispensación ambulatoria

    La prestación farmacéutica incluye medicamentos y productos sanitarios, regulada por el RDL 1/2015. La prestación dietética cubre trastornos metabólicos y nutrición enteral domiciliaria (RD 1030/2006), suministrándose en farmacia con receta oficial.

  4. 4. Prestaciones por traslados de enfermos

    ISFAS financia transporte no urgente (ambulancia) o ayudas para medios ordinarios (viaje, hotel, comida) si hay impedimento clínico. Excluye traslados internacionales o no asignados. Requiere prescripción médica y documentación justificativa.

  5. 5. Prestación ortoprotésica

    El ISFAS financia prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales. Incluye implantes quirúrgicos. Se aplica el Importe Máximo de Financiación. Excluye uso deportivo/estético. Requiere prescripción médica. Hay aportaciones de 12-36€ en ortesis. Acto de servicio: financiación 10

  6. 6. Prestaciones sanitarias complementarias

    Las prestaciones complementarias (prótesis, bucodentales, oculares) se regulan en el anexo 5. Requieren prescripción y adaptación individual, prohibiendo la venta online salvo excepciones. El incumplimiento deniega la prestación.

  7. Disposicion transitoria primera

    Mantienen acceso a Hospitalización Psiquiátrica los beneficiarios adscritos a Servicios Públicos de Salud al 31/12/2019 con antecedentes de ingreso previo o en curso.

  8. Disposición transitoria segunda

    Las solicitudes pueden presentarse por Sede Electrónica, correo ordinario o presencialmente, sin necesidad de originales.

  9. Disposición derogatoria

    Quedan sin efecto la Resolución 4B0/38328/2022 y cualquier norma interna del ISFAS O.A. que contravenga esta resolución.

  10. Disposición final primera — Modificación de la Instrucción 4B0/19065/2010, de 25 de diciembre, de la Gerencia del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se regulan las prestaciones sociales del ISFAS

    Se modifica el artículo 1.8.4 «Facturas» de la Instrucción 4B0/19065/2010 sobre prestaciones sociales del ISFAS.

  11. Disposición final segunda

    La Resolución 4B0/38485/2025, de 17 de noviembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre la Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria, entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Información general

Tipo de ley
Resolución
Vigencia
En vigor
Publicación
26 de noviembre de 2025
Departamento
Ministerio de Defensa

Leyes en las que se basa

ISFASacceso a especialistas militaresasistencia sanitaria militarcobertura sanitaria militaresprestaciones sanitarias ISFASservicios médicos fuerzas armadastarjeta sanitaria ISFAS