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En vigorLey Orgánica

Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña

También conocida como: LO 1/2024, LO 1/24
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11 de junio de 2024·27 de marzo de 2026·Jefatura del Estado·BOE-A-2024-11776
Resumen en lenguaje sencillo

Esta ley perdona los actos relacionados con el proceso independentista catalán entre 2011 y 2023, eliminando responsabilidades penales y contables.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Artículo por artículo

Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (19 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.

  1. Artículo 1 — Ámbito objetivo

    Amnistía para actos entre 1/11/2011 y 13/11/2023 vinculados a consultas de 2014 y 2017. Incluye: a) secesión/independencia; b) convocatorias ilícitas; c) desobediencia, desórdenes, atentados, resistencia, prevaricación y críticas; d) apoyo a objetivos anteriores; e) acciones policiales; f) actos con

  2. Artículo 2 — Exclusiones

    Se excluyen: actos dolosos con muerte/lesiones graves, torturas, terrorismo con graves violaciones DDHH, delitos con motivación discriminatoria, delitos contra intereses financieros UE, traición contra la integridad territorial de España, y delitos contra la Comunidad Internacional.

  3. Artículo 3 — Extinción de la responsabilidad penal, administrativa o contable

    La amnistía extingue la responsabilidad penal, administrativa o contable.

  4. Artículo 4 — Efectos sobre la responsabilidad penal

    Se ordena libertad inmediata, alzamiento de medidas cautelares y órdenes de detención, finalización de penas, no abonamiento de penas cumplidas y eliminación de antecedentes penales.

  5. Artículo 5 — Efectos sobre la responsabilidad administrativa

    El archivo definitivo de procedimientos de responsabilidad administrativa. Eliminación de infracciones del Registro Central. Alzamiento de medidas cautelares, devolviendo consignaciones, salvo responsabilidad civil del art. 8.2.

  6. Artículo 6 — Efectos sobre los empleados públicos

    Reintegración de empleados públicos sancionados a sus cuerpos y derechos. Se reconoce antigüedad sin interrupción, sin haber por tiempo no trabajado. Eliminación de notas desfavorables en hojas de servicio.

  7. Artículo 7 — Efectos sobre indemnizaciones y restituciones

    Sin indemnización por amnistía. No restitución de multas, salvo las de la Ley Orgánica 4/2015 (seguridad ciudadana), excepto infracciones muy graves, si la Administración estima proporcionalidad.

  8. Artículo 8 — Efectos sobre la responsabilidad civil y contable

    Extinción de responsabilidades civiles y contables derivadas, salvo sentencias firmes ejecutadas. Se salva responsabilidad civil por daños a particulares. Alzamiento de medidas cautelares del Tribunal de Cuentas.

  9. Artículo 9 — Competencia para la aplicación de la amnistía

    Órganos judiciales aplican amnistía penal previa audiencia. Órganos competentes aplican amnistía administrativa/contable previa audiencia. Solo se entiende amnistiado acto declarado así por resolución firme.

  10. Artículo 10 — Tramitación preferente y urgente

    Los órganos judiciales, administrativos o contables aplican la amnistía con carácter preferente y urgente en máximo 2 meses. Los recursos no suspenden el efecto.

  11. Artículo 11 — Procedimiento en el ámbito penal

    En lo penal, se decreta sobreseimiento o absolución en cualquier fase. En sentencias no firmes, se declara la amnistía al resolver el recurso. Se levantan medidas cautelares.

  12. Artículo 12 — Procedimiento en el ámbito contencioso-administrativo

    En lo contencioso-administrativo, el juez declara la nulidad del acto sancionador. Si hay sentencia firme, se aplica el procedimiento del artículo 102 de la Ley 29/1998.

  13. Artículo 13 — Procedimiento en el ámbito contable

    El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía archivando actuaciones o absolviendo responsabilidad contable, previa audiencia del Ministerio Fiscal y entidades públicas perjudicadas.

  14. Artículo 14 — Procedimiento en el ámbito administrativo

    En lo administrativo, se archiva el procedimiento o se revisan resoluciones firmes. En recursos pendientes, se declara la amnistía de los hechos cuando concurran los presupuestos.

  15. Artículo 15 — Plazo para el reconocimiento de los derechos comprendidos en esta ley

    Las acciones para reconocer los derechos de esta ley prescriben a los 5 años.

  16. Artículo 16 — Recursos

    Contra resoluciones sobre extinción de responsabilidad o revisión de sentencias firmes, cabrán los recursos previstos en el ordenamiento jurídico.

  17. Disposición final primera — Modificación de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas

    Se modifica el artículo 39 de la Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas.

  18. Disposición final segunda — Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

    Se modifica el apartado 1 del artículo 130 del Código Penal.

  19. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Información general

Tipo de ley
Ley Orgánica
Vigencia
En vigor
Publicación
11 de junio de 2024
Departamento
Jefatura del Estado

Leyes en las que se basa

  • Real Decreto-ley 10/1976, de 30 de julio BOE-A-1976-14963
  • Ley 46/1977, de 15 de octubre BOE-A-1977-24937
  • el art. 39 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo BOE-A-1982-11584
  • el art. 130.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre BOE-A-1995-25444

Leyes que la modifican

  • 6486/2024 BOE-A-2024-25861
  • 6596/2024 promovida por supuesta inconstitucionalidad de los arts. 1, 3, 11 y disposición final 2 BOE-A-2024-25863
  • 6552/2024 BOE-A-2024-26696
  • 6560/2024 BOE-A-2024-26698
  • 6616/2024 BOE-A-2024-26701
  • 6588/2024 BOE-A-2024-26768
  • 6607/2024 BOE-A-2024-26770
  • 6617/2024 BOE-A-2024-26918
  • 6547/2024 BOE-A-2024-27014
  • en el Recurso 6436/2024, la inconstitucionalidad del art. 1.1, con el alcance y los efectos indicados en el fj 8.3.5; la inconstitucionalidad y nulidad del art. 1.3, párrafo segundo; la constitucionalidad del art. 13.2 y 3, interpretado conforme al fj 20.4.3; y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 137/2025, de 26 de junio BOE-A-2025-15939
  • en la Cuestión 164/2025, conforme al fj 3 A) c), la inconstitucionalidad del art. 1.1 y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 164/2025, de 8 de octubre BOE-A-2025-22787
  • en el recurso 6486/2024, la pérdida sobrevenida de objeto en relación con los arts. 1.1 y lo indicado del 1.3, en los términos establecidos en los f. j. 6.3 y 7 d), y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 165/2025, de 8 de octubre BOE-A-2025-22788
  • en el Recurso 6560/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en los términos del fj 4.c) y g),en relación con lo indicado de los arts. 1.1 y 1.3, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 176/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26691
  • en el Recurso 6575/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en lo términos de los fj 6.3 y 10.2, en relación con lo indicado del art. 1 y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 177/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26692
  • en el Recurso 6588/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en los términos de los fj 6 y 7,en relación con lo indicado de los arts. 1.1 y 1.3, párrafo segundo, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 178/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26693
  • en el Recurso 6595/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en lo términos de los fj 6.2.3 y 7.2.b, en relación con lo indicado del art. 1 y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 179/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26694
  • en el Recurso 6596/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en los términos del fj 3.d),en relación con lo indicado de el art. 1.1.d), y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 180/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26695
  • en la Cuestión 6597/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en lo términos del fj 3 D), en relación con el art. 1.1.d) , y la desestimación de todo lo demás por Sentencia 181/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26696
  • en la Cuestión 6699/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en lo términos del fj 3 D), en relación con el art. 1.1.d), y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 182/2025, de 20 de noviembre BOE-A-2025-26697
  • en el Recurso 6547/2024, la pérdida sobrevenida del objeto en relación con los arts. 1.1 y 1.3 párrafo segundo, en los términos establecidos en el fj 2.b), y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 43/2026, de 9 de junio BOE-A-2026-14759
  • en el Recurso 6552/2024, la pérdida sobrevenida del objeto en relación con el art. 1.1. y lo indicado del 1.3, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 54/2026, de 8 de julio BOE-A-2026-16929
  • en el Recurso 6562/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en lo términos del fj 2 A) b) y B) a), en relación con lo indicado de los arts. 1.1 y 1.3, párrafo segundo, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 192/2025, de 16 de diciembre BOE-A-2026-1758
  • en el Recurso 6617/2024, la pérdida sobrevenida del objeto en relación con el art. 1.1. y lo indicado del 1.3, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 58/2026, de 21 de julio BOE-A-2026-17883
  • en el Recurso 6556/2024, la pérdida sobrevenida del objeto en relación con los arts. 1.1 y 1.3, párrafo segundo, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 10/2026, de 27 de enero BOE-A-2026-5213
  • en el Recurso 6549/2024, la desestimación, por Sentencia 185/2025, de 2 de diciembre BOE-A-2026-556
  • en el Recurso 6525/2024, la pérdida sobrevenida del objeto en los términos de los f.j. 4 b) y d, en relación con los arts. 1.1 y 1.3, párrafo segundo, y que no tienen carácter de ley orgánica lo indicado del art. 3 y los arts. 5 a 16, y la desestimación de todo lo demás BOE-A-2026-7120
  • en el Recurso 6621/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en los términos del fj 3.1 B) y 3.2 b), en relación con el art. 1.1 y 1.3, párrafo segundo, y se desestima todo lo demás, por Sentencia 19/2026, de 25 de febrero BOE-A-2026-7121
  • en el Recurso 6607/2024, la pérdida sobrevenida del objeto, en los términos del fj 3.1.e), en relación con el art. 1.1 y 1.3, párrafo segundo, y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 25/2026, de 12 de marzo BOE-A-2026-8280
  • en el Recurso 6616/2024, la pérdida sobrevenida del objeto en relación con lo indicado de los arts. 1.1 y 1.3, en los términos establecidos en el fj 2.a), y con los arts. 3 y 5 a 16, en los términos del fj 2.b) (iv); la constitucionalidad del art. 13.2 y 3, en los términos del fj 2.b) (iii); y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 26/2026, de 12 de marzo BOE-A-2026-8281
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