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En vigorLey

Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana

También conocida como: L 5/2023, L 5/23
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3 de mayo de 2023·2 de julio de 2026·Comunitat Valenciana·BOE-A-2023-10641
Resumen en lenguaje sencillo

Ley para mejorar los servicios, la economía y la calidad de vida en los pueblos de la Comunidad Valenciana y frenar la pérdida de habitantes.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Artículo 1 — Objeto y ámbito de aplicación

    La ley lucha contra el despoblamiento garantizando servicios básicos, calidad de vida y cohesión territorial. Aplica a la Generalitat y administraciones locales en colaboración.

  2. Artículo 2 — Fines

    La ley busca mejorar la calidad de vida y viabilidad de municipios en riesgo de despoblamiento. Fines: retener población, cohesión territorial, conservar patrimonio, igualdad de género, oportunidades para mayores/juventud, y permanencia educativa rural.

  3. Artículo 3 — Principios rectores

    La ley se rige por principios de transversalidad, colaboración, coordinación, información, evaluación y participación ciudadana. Incluye datos desagregados por sexo, foros de diálogo rural y enfoque cualitativo en la gestión pública.

  4. Artículo 4 — Competencias del Consell

    El Consell establece directrices, impulsa la perspectiva demográfica, aprueba planificación estratégica a 10 años y adapta normativa para ayuntamientos pequeños.

  5. Artículo 5 — Comisión Interdepartamental del Consell contra el Despoblamiento y por la Equidad Territorial

    La Comisión Interdepartamental asesora y coordina políticas contra el despoblamiento. Su composición y organización se regulan por decreto, con paridad de género y sin nuevo gasto.

  6. Artículo 6 — Informe de perspectiva sobre el despoblamiento

    Los proyectos normativos que afecten a municipios en riesgo de despoblación deben incluir un informe de perspectiva sobre el despoblamiento. Este informe lo elabora el departamento proponente desde el inicio de la tramitación. El órgano competente en políticas contra el despoblamiento proporciona la

  7. Artículo 7 — Planificación estratégica

    Se elabora una planificación estratégica contra el despoblamiento con vigencia mínima de 10 años y revisiones cada 3 años. El Plan Valenciano de Estadística incluirá indicadores de despoblamiento. Los datos se publicarán en formatos abiertos en el catálogo de la Generalitat.

  8. Artículo 8 — Fondo de Cooperación Municipal contra el Despoblamiento

    Se crea un Fondo de Cooperación Municipal contra el Despoblamiento para garantizar la suficiencia financiera de los municipios en riesgo. La dotación anual debe ser suficiente y no inferior a la presupuestada. Es incondicionado, no finalista y excluido del régimen de subvenciones.

  9. Artículo 9 — Colaboración y cooperación interadministrativa

    Se garantiza la participación de administraciones locales y sociedad civil. Se fomenta la colaboración interadministrativa, incluyendo financiación a la FVMP para actividades contra el despoblamiento (no subvenciones directas). Se apoya a mancomunidades y se establecen convenios con CCAA limítrofes.

  10. Artículo 10 — Participación ciudadana y colaboración con la sociedad civil

    Se garantiza la participación ciudadana, colectivos, tercer sector y privado en políticas contra el despoblamiento. El órgano competente desarrollará los mecanismos de participación en 6 meses, sin incrementar el gasto público.

  11. Artículo 11 — Estudio, investigación y divulgación en materia de reto demográfico y despoblamiento

    La Generalitat fomenta el estudio, investigación y divulgación sobre despoblamiento con instituciones académicas y medios de comunicación, para transferir conocimiento a la ciudadanía y sensibilizar socialmente.

  12. Artículo 12 — Estabilidad y formación del empleo público

    Se adoptan medidas para la estabilidad del empleo público en municipios en riesgo, como incentivos de residencia o teletrabajo. La formación sobre despoblamiento es transversal y parte de los procedimientos de acceso.

  13. Artículo 13 — Financiación de las medidas contra el despoblamiento

    La financiación corre a cargo de la Generalitat, con posible cofinanciación europea. Los presupuestos autonómicos destinarán créditos específicos con indicadores de cumplimiento, siendo mínimo el 0,1% del gasto no financiero.

  14. Artículo 14 — Definición de municipio en riesgo de despoblamiento

    Se definen municipios en riesgo mediante indicadores demográficos elaborados conjuntamente. La información geográfica se publica en la Infraestructura de Datos Espaciales para mejorar la planificación y gestión territorial.

  15. Artículo 15 — Criterios de zonificación del riesgo de despoblamiento

    Municipio en riesgo si cumple 4 de 6 indicadores (densidad ≤20 hab/km², crecimiento ≤0%, etc.) o tiene <300 hab. Categoría adicional si cumple 2 indicadores y tiene <1.000 hab.

  16. Artículo 16 — Acceso a la educación pública

    La Generalitat garantiza educación pública rural: estabilidad plantillas, becas transporte/residencia, digitalización, infantil 0-3 universal, formación adultos, ocio itinerante, valores rurales, valenciano, comedores, aulas matutinas y formación docente en despoblamiento, género, envejecimiento, ec

  17. Artículo 17 — Medidas relativas a la formación profesional

    La formación profesional se adapta al tejido productivo y a municipios en riesgo de despoblación. Se facilitan alternativas laborales cercanas para la juventud, programas telemáticos/presenciales, y contratos programa de formación/prácticas para estudios no obligatorios.

  18. Artículo 18 — Acceso a la sanidad pública

    Se potencian centros de atención primaria, se adaptan prestaciones sanitarias, se mejora el acceso a farmacias y emergencias, y se incentiva la telemedicina en municipios en riesgo de despoblamiento.

  19. Artículo 19 — Acceso a los servicios sociales públicos

    La Generalitat garantiza acceso equitativo a servicios sociales en municipios despoblados. Se priorizan teleasistencia, atención domiciliaria, centros residenciales a menos de 20 km, capacitación digital para mayores de 55 años, apoyo a personas con discapacidad y proyectos de inclusión social.

  20. Artículo 20 — Acceso a los servicios de justicia próxima

    Se garantiza el acceso a la justicia próxima reduciendo brechas digital y territorial. Actuaciones: modernizar Juzgados de Paz, impulsar orientación y mediación de proximidad en municipios alejados, y acercar a víctimas a servicios de asistencia integral.

  21. Artículo 21 — Medidas para la juventud

    Se incluyen programas rurales para jóvenes, movilidad a bajo coste y coordinación en vivienda y empleo. La Xarxa Jove refuerza políticas en municipios despoblados y se promueve formación e identidad cultural.

  22. Artículo 22 — Medidas para las personas mayores

    Se garantiza servicio a mayores en rural, combate la soledad y exclusión. Se promueven planes de economía de cuidados, asesoramiento financiero, vivienda colaborativa y envejecimiento activo.

  23. Artículo 23 — Medidas para la igualdad de género

    Se garantiza igualdad de género en rural. Se promueve la permanencia de la mujer, su emprendimiento, autonomía, lucha contra la violencia y brecha de género, con enfoque de género en el envejecimiento.

  24. Artículo 24 — Acceso al transporte público

    Se garantiza transporte público accesible y eficiente en municipios despoblados, sin criterio de rentabilidad. Se incluyen servicios a demanda, movilidad sostenible, compra-recogida e información actualizada.

  25. Artículo 25 — Acceso a la vivienda

    La Generalitat elaborará una estrategia de vivienda pública en 1 año. Se ampliará la red Xarxa Xaloc. Se movilizarán viviendas vacías mediante tanteo/retricto, masovería y convenios. Se aplicará discriminación positiva, especialmente a jóvenes. Habrá ayudas para rehabilitación, eficiencia energética

  26. Artículo 26 — Seguridad y respuesta ante las emergencias

    La Generalitat mejora la seguridad y emergencias en municipios despoblados, aumentando dotaciones y formación. Promueve cooperación con fuerzas de seguridad y garantiza acceso universal al 112. Incluye formación sobre vulnerabilidad climática.

  27. Artículo 27 — Promoción de la cultura y el deporte

    Se impulsan planes culturales y deportivos en zonas rurales: redes patrimoniales, actividades itinerantes, bibliotecas a domicilio, librerías y formación. Los deportes favorecen la socialización. Se promueve colaboración interadministrativa.

  28. Artículo 28 — Acceso a las tecnologías de la información y la comunicación

    Se mejora la banda ancha en zonas despobladas y se evalúa su cumplimiento. Se prioriza formación digital (mayores, mujeres) y se incentiva la transformación digital de pymes/autónomos. Se fomenta la digitalización de la administración local y el acceso a equipamiento.

  29. Artículo 29 — Acceso a servicios bancarios

    Las entidades financieras deben garantizar el acceso a servicios bancarios en municipios sin cobertura mediante oficinas, cajeros o móviles. Se promueven acuerdos tecnológicos y sistemas alternativos de retirada de efectivo en farmacias, correos o comercios.

  30. Artículo 30 — Protección de los derechos de las personas consumidoras y acceso a los medios de comunicación

    La Generalitat garantiza acceso a recursos de protección al consumidor vía tele-presencial en municipios despoblados. Se impulsa información veraz, radiodifusión, televisión y otros medios de comunicación social.

  31. Artículo 31 — Medidas en materia de subvenciones y contratación pública

    Las subvenciones y contratación pública priorizan proyectos en municipios despoblados. Se incluyen criterios sociales, ambientales, igualdad de género, comercio justo y agricultura ecológica. Se facilita acceso a pymes y economía social.

  32. Artículo 32 — Medidas de fiscalidad diferenciada y acceso a la financiación

    Se aplica fiscalidad diferenciada e incentivos para iniciativas en municipios despoblados. El Instituto Valenciano de Finanzas ofrece préstamos, avales y subvenciones para proyectos empresariales, sociales y culturales.

  33. Artículo 33 — Reactivación y diversificación de la actividad económica

    Se reactiva la economía local priorizando digitalización, turismo sostenible, patrimonio y oficios tradicionales. Se apoyan pymes, emprendimiento femenino/juvenil, colaboración interadministrativa y responsabilidad social.

  34. Artículo 34 — Creación y mantenimiento del empleo

    La Generalitat impulsará empleo en municipios en riesgo de despoblamiento, priorizando a mujeres, jóvenes y personas vulnerables. Labora garantizará orientación profesional presencial y online. Se reforzarán planes territoriales de empleo, formación y retención de talento, adaptados a sectores como energías renovables, digitalización y agricultura sostenible.

  35. Artículo 35 — Promoción del turismo sostenible

    Se promueve el turismo sostenible en municipios en riesgo de despoblamiento, respetando el medio ambiente y la cultura local. Se fomentan productos turísticos supramunicipales, ecoturismo, turismo activo y cultural. Se crean espacios turísticos y se apoya el agroturismo y las redes de producto local

  36. Artículo 36 — Apoyo al comercio de proximidad

    Se incentiva el pequeño comercio en municipios en riesgo de despoblamiento mediante medidas como cadenas cortas, mercados locales, innovación, digitalización, modernización de equipamientos, licencias multiservicios, relevo generacional y formación para autónomos. Se colabora con la FVMP para asesor

  37. Artículo 37 — Apoyo a la cadena de valor agroalimentaria

    La Consellería apoya el sistema agroalimentario en municipios rurales. Se fomenta el relevo generacional, la incorporación de jóvenes y mujeres, la simplificación de trámites, la formación, la diversificación productiva, la transformación a pequeña escala, la mejora estructural de explotaciones, el

  38. Artículo 38 — Impulso a la gestión forestal sostenible y a la prevención de incendios forestales

    La conselleria forestal valora servicios ecosistémicos, cuantifica su valor para compensación de carbono y gestiona pagos ambientales. Impulsa gestión sostenible, prevención de incendios con 9 líneas de acción (agricultura, biomasa, empleo, etc.) y recupera parcelas agrícolas.

  39. Artículo 39 — Fomento de las energías renovables

    Se fomentan energías renovables en municipios despoblados para generar empleo. Se apoyan cooperativas, ahorro energético, formación y eficiencia en edificios públicos, recarga de vehículos eléctricos y proyectos supramunicipales.

  40. Artículo 40 — Eficiencia en el consumo de agua

    La Generalitat promueve ahorro de agua: infraestructuras básicas para municipios en riesgo, planes de gestión rural y regadíos eficientes con energías renovables.

  41. Artículo 41 — Innovación y tecnología

    La Generalitat impulsa I+D+i con universidades y la Agencia Valenciana de Innovación, fomenta investigación aplicada y ayuda a entidades locales para planes de innovación.

  42. Artículo 42 — Instrumentos de planeamiento en los municipios con riesgo de despoblamiento

    Se agiliza el planeamiento en municipios en riesgo. Se elaboran planes de acción territorial que incluyen infraestructura verde, zonificación, patrimonio, modelos urbanos, economía, dotaciones, movilidad y gobernanza.

  43. Disposición transitoria primera — Indicadores e identificación del gasto en políticas contra la despoblación en los presupuestos anuales

    El presupuesto de la Generalitat de 2024 sirve como referencia para implantar las obligaciones de indicadores e identificación del gasto en políticas contra el despoblamiento territorial.

  44. Disposición transitoria segunda — Comisión Interdepartamental del Consell para la lucha contra el despoblamiento de los municipios de la Comunitat Valenciana

    La Comisión Interdepartamental sigue funcionando según el Decreto 58/2017 hasta que se apruebe el nuevo decreto que regule sus funciones, composición y organización.

  45. Disposición transitoria tercera — Fondo de cooperación municipal para municipios en riesgo de despoblamiento

    El fondo de cooperación municipal sigue vigente según el Decreto 182/2018 hasta que se apruebe el nuevo decreto que regule sus características.

  46. Disposición transitoria cuarta

    El Consell adaptará la normativa autonómica en tres años para desarrollar esta ley, salvo plazos más cortos para revisiones sectoriales concretas.

  47. Disposición derogatoria única — Derogación normativa

    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.

  48. Disposición final primera — Habilitación para el desarrollo reglamentario

    El Consell dictará las disposiciones necesarias para la ejecución y el desarrollo de lo establecido en esta ley.

  49. Disposición final segunda — Entrada en vigor

    La Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana, entra en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
3 de mayo de 2023
Departamento
Comunitat Valenciana

Notas oficiales

Publicada en el DOGV núm. 9580, de 21 de abril de 2023.

Leyes en las que se basa

Leyes que la modifican

  • con los efectos indicados, el art. 6 , por Ley 6/2024, de 5 de diciembre BOE-A-2025-1
  • los arts. 15, 16 y 38, por Ley 5/2025, de 30 de mayo BOE-A-2025-11959
  • el art. 8.4, por Ley 3/2026, de 29 de junio BOE-A-2026-15683
  • con los efectos indicados, el art. 6, por Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio DOGV-r-2024-90142
  • el art. 8.4, por Ley 3/2026, de 29 de junio DOGV-r-2026-90169
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