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En vigorLey

Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas

También conocida como: L 5/2025, L 5/25
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14 de febrero de 2026·2 de marzo de 2026·Comunidad Autónoma de Galicia·BOE-A-2026-3385
Resumen en lenguaje sencillo

Normativa gallega que actualiza impuestos, tasas y trámites administrativos para mejorar la gestión de servicios públicos y ayudas en la región.

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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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  1. Artículo 1 — Conceptos generales

    Se añade un punto 8 al artículo 3 del texto refundido gallego sobre tributos cedidos por el Estado (Decreto legislativo 1/2011).

  2. Artículo 2 — Deducciones en la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas

    Se modifica la Ley 10/2017 sobre espectáculos. Se añade la letra d) al art. 32. Se modifican las letras d) y e) del art. 32. Se redactan las letras a) y b) del art. 39.

  3. Artículo 3 — Aplicación de las reducciones de carácter subjetivo en el impuesto sobre sucesiones y donaciones

    Se añade un apartado cinco al artículo 6 del Decreto legislativo 1/2011 sobre sucesiones y donaciones en Galicia.

  4. Artículo 4 — Reducciones de carácter objetivo en la base imponible en adquisiciones lucrativas inter vivos

    Se añade un apartado diez al artículo 8 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio.

  5. Artículo 5 — Especialidades en la tributación del contrato de vitalicio en el impuesto sobre sucesiones y donaciones

    Se añade un artículo 12 al texto refundido de la normativa gallega sobre tributos cedidos, regulando especialidades en la tributación del contrato de vitalicio en el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

  6. Artículo 6 — Tipos de gravamen en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas

    Se modifican los tipos de gravamen en transmisiones patrimoniales onerosas, alterando los números 1 y 2 de los apartados 2, 4, 5 y 8, y añadiendo los apartados 10 y 11 del artículo 14 del Decreto legislativo 1/2011.

  7. Artículo 7 — Tipo de gravamen en la modalidad de actos jurídicos documentados

    Se modifican los tipos de gravamen en actos jurídicos documentados. Se alteran los apartados 2, 4, 5, 8 y se añade el 9 del texto refundido gallego.

  8. Artículo 8 — Deducciones y bonificaciones en la cuota íntegra en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas

    Se modifica el artículo 16 del Decreto legislativo 1/2011 sobre tributos cedidos. Se redacta el apartado siete y se añaden los apartados doce y trece para deducciones en transmisiones patrimoniales.

  9. Artículo 9 — Deducciones y bonificaciones en la cuota íntegra en la modalidad de actos jurídicos documentados

    Se modifican los apartados 8, 14 y 15 del artículo 17 del Decreto legislativo 1/2011 sobre deducciones en actos jurídicos documentados.

  10. Artículo 10 — Tasas

    Las tasas fijas no se actualizan. Se modifican la Ley 6/2003 y sus anexos, añadiendo artículos y subapartados, y eliminando otros. Se fijan tarifas por hora para control alimentario: 32,52€ sin desplazamiento y 36,15€ con desplazamiento.

  11. Artículo 11 — Exención del pago de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia para los procedimientos consecuencia de los incendios del verano y el otoño del año 2025

    Se eximen tasas autonómicas por uso de dominio público, servicios y actividades consecuencia de incendios desde el 28/07/2025 (activación Peifoga situación 2). Aplica a residentes en municipios afectados o titulares de establecimientos/instalaciones en ellos. Se devuelve lo ingresado indebidamente.

  12. Artículo 12 — Exención del pago del canon del agua y del canon de gestión de las depuradoras por los usos del agua efectuados como consecuencia de los incendios del verano y el otoño del año 2025

    Exención canon agua y depuradoras por consumos en núcleos afectados por incendios desde 28/07/2025 (Peifoga situación 2). Exento: volumen de un mes de consumo. Las entidades suministradoras deben ajustar facturas o devolver importes. Aguas de Galicia gestiona fuentes propias.

  13. Artículo 13 — Modificación del Decreto 56/2014, de 30 de abril, por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud y en las fundaciones públicas sanitarias

    Se modifica el anexo III del Decreto 56/2014, de 30 de abril, que establece las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud y en las fundaciones públicas sanitarias.

  14. Artículo 14 — Modificación de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales

    Se modifica la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales. Quedan redactados de nuevo el número 3 del artículo 33 y el número 3 del artículo 43 de dicha ley.

  15. Artículo 15 — Modificación de la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia

    Se modifica la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia. Se redacta el número 3 del artículo 51, se suprime el artículo 52, se redacta la letra n) del artículo 61 y se suprime la letra i) del artículo 62.

  16. Artículo 16 — Modificación de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia

    Se modifica el artículo 40 de la Ley 9/2013. Se redacta el artículo 50. Se añade una disposición adicional séptima.

  17. Artículo 17 — Modificación de la Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia

    Se modifican deducciones en IRPF. Se añade el apartado 16. Se modifican los apartados 22 (num. 1 y 4). Se añaden los apartados 24, 25 y 26.

  18. Artículo 18 — Modificación de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de estadística de Galicia

    Se suprime el número 3 del artículo 8 de la Ley 6/2024 de estadística de Galicia. Se modifica el artículo 15 letra c).

  19. Artículo 19 — Modificación del Decreto 1/1991, de 11 de enero, por el que se regula la concesión de la Medalla de Galicia

    Se modifican los artículos 3, 10 y 11 del Decreto 1/1991 que regula la concesión de la Medalla de Galicia.

  20. Artículo 20 — Modificación del Reglamento orgánico de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia, aprobado por el Decreto 343/2003, de 11 de julio

    Se modifica el artículo 55 del Reglamento orgánico de la Asesoría Jurídica de la Xunta de Galicia, aprobado por el Decreto 343/2003.

  21. Artículo 21 — Modificación del Decreto 103/2018, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia

    Se modifica el Decreto 103/2018 sobre transporte público de personas en vehículos de turismo: se modifican los artículos 52 y 57, y se suprimen el 55 y la letra i) del 58.

  22. Artículo 22

    Se modifican los apartados 2 del artículo 5 y el artículo 6 del Decreto 226/2022, que regula espectáculos públicos y el Registro de Empresas y Establecimientos.

  23. Artículo 23 — Modificación de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia

    Se añade una disposición adicional a la Ley 7/2008 de protección del paisaje de Galicia.

  24. Artículo 24 — Modificación de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental

    Se modifican los artículos 27, 28, 29, 34, 35, 36, 40 y la disposición adicional tercera de la Ley 8/2009 sobre aprovechamiento eólico, además de la disposición transitoria decimoprimera.

  25. Artículo 25 — Modificación de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia

    Se modifica la Ley 9/2010 de aguas de Galicia: art. 47 (letras b y f), art. 53 (núm. 4) y disp. adicional 18ª (núm. 3) y 19ª.

  26. Artículo 26 — Modificación de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia

    Se modifica la Ley 13/2013 de caza de Galicia: art. 59 (núm. 3), art. 70 (letra a, núm. 1) y art. 85 (núm. 22).

  27. Artículo 27 — Modificación de la Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia

    Se modifica la letra b) del artículo 75 de la Ley 2/2021 de pesca continental de Galicia.

  28. Artículo 28 — Modificación de la Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua

    Se modifica la Ley 1/2022 sobre gestión del agua. Se redacta la letra b) del art. 35. Se añade la letra d) al art. 35. Se modifica el art. 43. Se redacta la letra a) del art. 53. Se añaden letras c) y d) al art. 53. Se modifica el art. 60.

  29. Artículo 29 — Modificación de la Ley 10/2023, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas

    Se añaden los números 3 y 4 al artículo 36 de la Ley 10/2023 de medidas fiscales y administrativas.

  30. Artículo 30 — Modificación de la Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia

    Se añade la disposición adicional quinta a la Ley 2/2024 sobre promoción de beneficios sociales y económicos de proyectos con recursos naturales de Galicia.

  31. Artículo 31 — Modificación del Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 en Galicia

    Se modifican los criterios de los artículos 45, 47 y 57 del Decreto 37/2014, que regula las zonas especiales de conservación y el Plan director de la Red Natura 2000 en Galicia.

  32. Artículo 32 — Modificación del Decreto 97/2019, de 18 de julio, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre

    Se modifica el artículo 20 del Decreto 97/2019, que regula las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

  33. Artículo 33

    Se modifican la numeración y título de la disposición adicional, y se añade una disposición adicional segunda a la Ley 8/1987 sobre gratuidad de estudios en centros públicos de Galicia.

  34. Artículo 34 — Modificación de la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa

    Se añade la disposición adicional octava a la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa.

  35. Artículo 35 — Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia

    Se añade un número 3 al artículo 100 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.

  36. Artículo 36 — Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia

    Se modifica el número 9 del artículo 42 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

  37. Artículo 37 — Modificación de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia

    Se modifica el número 1 del artículo 8 y se suprime la disposición final segunda de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.

  38. Artículo 38 — Modificación de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia

    Se modifica la Ley 3/2008 de minería de Galicia: arts. 23, 30, 46; se crean secciones 1ª y 2ª en el título VI.

  39. Artículo 39 — Modificación del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial

    Se modifica el Decreto legislativo 1/2015 en los artículos 68, 80, 89, 97, 101, 104, 105, 106 y se añaden las disposiciones adicionales décima y décimo primera.

  40. Artículo 40 — Modificación de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia

    Se modifica la Ley 9/2021 de simplificación administrativa en Galicia. Se añade una sección 3.ª al capítulo I del título III y se redacta el número 1 del artículo 47.

  41. Artículo 41 — Modificación de la Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia

    Se modifica la Ley 3/2022 de áreas empresariales en Galicia. Se redactan los artículos 11 (letra e), 24 (núm. 2 y añadido núm. 6), 26 (núm. 4 letra c), 30 (núm. 1), 47 (núm. 3), 77 bis, y la disposición transitoria novena.

  42. Artículo 42 — Modificación de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia

    Se modifica la Ley 2/2015 de empleo público en Galicia. Se redactan los artículos 9, 24 (suprimiendo núm. 2 y letra f del núm. 3), 60 (letra e), 117 (núm. 3), 121, 122, 124, 124 bis, 167 (letra p), y se actualizan escalas de informática, pesca y Guardacostas en disposiciones adicionales y transitora

  43. Artículo 43 — Modificación de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997

    Se modifica el artículo 45 de la Ley 11/1996, de presupuestos generales de Galicia para 1997.

  44. Artículo 44 — Modificación del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre

    Se modifican la letra b) del artículo 9 y la letra a) del artículo 88 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia (Decreto legislativo 1/1999).

  45. Artículo 45 — Modificación de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico

    Se modifican los números 1, 3 y 4 del artículo 35 quater de la Ley 14/2013, y se añade una nueva disposición adicional decimotercera.

  46. Artículo 46 — Modificación de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno

    Se modifican los artículos 28, 32, 33, 34, 35, 36, 51 septies, y las disposiciones adicionales quinta y sexta de la Ley 1/2016 de transparencia y buen gobierno.

  47. Artículo 47 — Modificación de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia

    Se modifican los artículos 25 y 43, se añade el artículo 42 bis y se suprime el número 4 del artículo 49 de la Ley 4/2019 de administración digital de Galicia.

  48. Artículo 48 — Modificación de la Ley 2/2025, de 2 de abril, para el desarrollo y el impulso de la inteligencia artificial en Galicia

    Se modifica la Ley 2/2025 de inteligencia artificial en Galicia. Se redactan los artículos 1, 4 (letras f, g, h, i), 16, 18, 22, 30 (ordinal 19.º del núm. 3), 41 y el título del título IV.

  49. Artículo 49 — Modificación de la Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia

    Se modifica la Ley 3/2023 de juegos en Galicia. Se redactan el artículo 2 (núm. 2, letras b y c), el artículo 14 (núm. 7) y se añade el número 7 al artículo 26.

  50. Artículo 50 — Modificación de la Ley 6/2023, de 2 de noviembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia

    Se modifican los artículos 112 y 128 de la Ley 6/2023 de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se añaden las disposiciones adicionales vigesimocuarta y vigesimoquinta.

  51. Artículo 51 — Objeto

    Se establecen medidas extraordinarias y temporales para aumentar la oferta de suelo y edificaciones de vivienda, aplicables hasta el 29 de diciembre de 2028.

  52. Artículo 52 — Viviendas protegidas o alojamientos compartidos promovidos por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo o por entidades participadas mayoritariamente por el sector público autonómico

    Terrenos públicos pueden usarse para viviendas protegidas sin modificar el planeamiento. El Instituto Gallego propone ordenación, ratificada por el ayuntamiento en 2 meses. Si hay nuevas vías, aplica la Ley 3/2016. Las viviendas son para alquiler o venta; los alojamientos compartidos solo para alqu.

  53. Artículo 53 — Viviendas protegidas o alojamientos compartidos promovidos por entidades privadas

    Entidades privadas pueden construir viviendas protegidas en terrenos dotacionales mediante acuerdo municipal por mayoría absoluta, sin modificar el plan. Deben destinarse al alquiler con cualificación permanente. El acuerdo debe especificar la ordenanza aplicable e inscribirse en el Registro.

  54. Artículo 54 — Proyectos de interés autonómico para la creación de suelo residencial promovidos por entidades locales

    Las entidades locales pueden promover proyectos de interés autonómico para crear suelo residencial, donde el 80% de las viviendas sean protegidas. La protección es permanente. Debe garantizarse la ejecución simultánea de viviendas protegidas y de precio libre, sin ocupar estas últimas antes.

  55. Artículo 55 — Tramitación

    La tramitación sigue la Ley 1/2021. Las entidades locales solicitan al Instituto Gallego la declaración de interés autonómico, aportando descripción, localización, adecuación al planeamiento, viabilidad económica y aspectos ambientales. La aprobación sigue el procedimiento de la Ley 5/2024.

  56. Artículo 56 — Desarrollo y ejecución de los proyectos de interés autonómico

    El desarrollo se realiza mediante proyectos de delimitación de fases y urbanización. Los ayuntamientos aprueban y modifican estos instrumentos. Los proyectos de urbanización siguen el procedimiento urbanístico. En la delimitación de fases debe garantizarse siempre el trámite de información pública.

  57. Artículo 57 — Gestión de los proyectos de interés autonómico

    La gestión de proyectos de interés autonómico se realiza mediante los sistemas de gestión previstos en la normativa urbanística.

  58. Artículo 58 — Modificaciones no sustanciales de los proyectos de interés autonómico para la creación de suelo residencial

    Las modificaciones no sustanciales de proyectos de suelo residencial autonómico son aquellas que no alteran objetivos ni elementos esenciales. Siguen los trámites de la Ley 1/2021.

  59. Artículo 59 — Modificación de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia

    Se modifican los artículos 4, 52, 58, 61, 72, 74 bis, 75, 89 y 89 bis de la Ley 8/2012 de vivienda de Galicia, además de añadir disposiciones adicionales y transitorias.

  60. Artículo 60 — Modificación de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia

    Se modifican los artículos 44, 45 bis, 47 y 61 de la Ley 8/2013 de carreteras de Galicia, alterando letras y números específicos y añadiendo nuevas letras en los apartados 2 y 3 del artículo 61.

  61. Artículo 61 — Modificación de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia

    Modifica la Ley del suelo de Galicia. En suelo residencial, la edificabilidad varía: 1 m²/m² (≥50.000 hab), 0,85 (20k-50k), 0,60 (5k-20k) y 0,40 (resto). Se incrementa un 20% si el 60% es vivienda protegida.

  62. Artículo 62 — Modificación de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia

    Modifica la Ley de rehabilitación y renovación urbanas de Galicia. Se actualizan los artículos 44, 46, 48, 60, 82, y se añaden disposiciones adicionales y transitorias.

  63. Artículo 63 — Modificación de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia

    Modifica el artículo 56 de la Ley de ordenación del territorio de Galicia, actualizando su redacción.

  64. Artículo 64 — Modificación de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas

    Modifica la Ley de medidas fiscales y administrativas de 2024. Se actualizan los artículos 66, 67, 74, 77 y se añade el artículo 67 bis.

  65. Artículo 65 — Modificación del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia

    Modifica el reglamento de la Ley del suelo de Galicia (Decreto 143/2016). Se actualizan los artículos 78, 227 y se añade el artículo 312 bis.

  66. Artículo 66 — Creación de la categoría estatutaria de ingeniero/a biomédico/a

    Se crea la categoría de ingeniero/a biomédico/a en el Servicio Gallego de Salud (A1). Requiere grado universitario. Funciones: gestión tecnológica, investigación, datos clínicos, formación y asesoramiento. Retribuciones de ingeniero superior. Plazas estructurales bajo planificación de recursos.

  67. Artículo 67

    La denominación ATS/DUE se cambia a enfermero/a en la Comunidad Autónoma. El régimen jurídico de esta clase profesional no se altera.

  68. Artículo 68 — Reconocimiento de la consolidación de grado personal para el personal estatutario

    El personal estatutario puede solicitar la consolidación de grado personal. Se consideran servicios previos, pero los efectos económicos parten de la fecha de la solicitud estimada.

  69. Artículo 69

    Se reactiva el régimen extraordinario de la Ley 2/2022 para plazas de difícil cobertura del Servicio Gallego de Salud durante 3 años. Las actuaciones iniciadas se rigen por la norma anterior.

  70. Artículo 70 — Modificación de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

    Se modifica la Ley de salud de Galicia. Se añade un apartado k) al artículo 51 y una disposición adicional quinta.

  71. Artículo 71 — Modificación de la Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia

    La Ley 5/2025 modifica el artículo 47.1 de la Ley 3/2019, de ordenación farmacéutica de Galicia. El texto proporcionado no incluye la nueva redacción específica de dicha norma.

  72. Artículo 72

    Se modifica la Ley 2/2022 sobre provisión de puestos de difícil cobertura para personal estatutario especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud, actualizando los artículos 1 y 2.

  73. Artículo 73 — Modificación del Decreto 146/2001, de 7 de junio, sobre planificación, apertura, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia

    Se modifica el artículo 52 del Decreto 146/2001, que regula la planificación, apertura, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia.

  74. Artículo 74

    Se modifican las categorías de técnicos en sistemas y tecnologías de la información (superiores, gestión y especialistas) según el Decreto 291/2001, actualizando el artículo 1.

  75. Artículo 75 — Modificación del Decreto 347/2002, de 5 de diciembre, por el que se regulan los pisos protegidos, viviendas de transición y unidades residenciales para personas con trastornos mentales persistentes

    Se modifica el artículo 7 del Decreto 347/2002, que regula pisos protegidos, viviendas de transición y unidades residenciales para personas con trastornos mentales persistentes.

  76. Artículo 76 — Modificación del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud

    Se modifica la disposición adicional novena del Decreto 206/2005, relativo a la provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud.

  77. Artículo 77 — Modificación del Decreto 91/2007, de 26 de abril, de integración en el régimen estatutario del personal laboral del sector sanitario público gestionado por entidades adscritas a la Consejería de Sanidad

    Se suprime la disposición adicional décimo primera del Decreto 91/2007, que regula la integración del personal laboral del sector sanitario público gestionado por entidades adscritas a la Consejería de Sanidad.

  78. Artículo 78 — Modificación de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia

    Se modifica la Ley del patrimonio cultural de Galicia. Se alteran los artículos 12, 31, 38, 39, 43, 45, 47, 62, 65, 77 bis, 82, 129, 130 y se añaden disposiciones adicionales y transitorias.

  79. Artículo 79 — Modificación de la Ley 3/2024, de 5 de diciembre, de cultura inclusiva y accesible de Galicia

    Se modifica la Ley de cultura inclusiva y accesible de Galicia. Se altera el artículo 3 y se añade un número 3 al artículo 13.

  80. Artículo 80 — Modificación de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia

    Se modifica la Ley 13/2010 de comercio interior de Galicia. Se redactan los artículos 16, 17, 18 y 32; se añaden los 19, 20, 20 bis, 20 ter y 33; y se modifica la disposición final cuarta.

  81. Artículo 81 — Modificación de la Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias

    Se modifican los artículos 31.1, 32.1 y 32.6, se añade el 75.4, se modifican el 81.12 y se añade el 82.52 de la Ley 2/2012 de protección de consumidores.

  82. Artículo 82 — Modificación de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia

    Se modifican los artículos 22.4, 36.1-3 y 36.5-6, y el artículo 54 de la Ley 3/2007 de prevención de incendios forestales de Galicia.

  83. Artículo 83 — Modificación de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia

    Se modifican los artículos 2, 75, 76, 92, 92 bis, 125, 126, 128 y 129 de la Ley 7/2012 de montes de Galicia, añadiendo y suprimiendo apartados.

  84. Artículo 84 — Modificación de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas

    Se modifica el número 1 de la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2017 de medidas fiscales y administrativas.

  85. Artículo 85 — Modificación de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia

    Se modifican los artículos 4, 12, 15, 19, 24, 32, 84, 90, 93 y las disposiciones adicionales y transitorias de la Ley 11/2021 de recuperación de tierra agraria.

  86. Artículo 86 — Modificación de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia

    Se añade el artículo 112 bis a la Ley 1/2024 de calidad alimentaria de Galicia.

  87. Artículo 87

    Se modifica el artículo 15.8 del Decreto 105/2005 sobre prevención de incendios forestales.

  88. Artículo 88 — Modificación del Decreto 52/2014, de 16 de abril, por el que se regulan las instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes de Galicia

    Se modifica el número 6 del artículo 15 del Decreto 52/2014, que regula las instrucciones generales de ordenación y gestión de montes de Galicia.

  89. Artículo 89

    Se modifica el Decreto 73/2020 sobre aprovechamientos forestales privados. Se redacta el art. 22, se añaden letras h) e i) al art. 24 y se crea el artículo 29 bis.

  90. Disposición adicional primera — Duración de la temporada para autorizaciones de servicios temporales e instalaciones desmontables de servicios de temporada en el dominio público marítimo-terrestre de Galicia

    La temporada para autorizaciones de servicios temporales en playas va del viernes anterior a Semana Santa al 31 de octubre. Máximo 4 años. Deben desmontarse en 15 días tras la temporada.

  91. Disposición adicional segunda — Medidas especiales en materia de listas de contratación de personal laboral temporal o de personal funcionario interino durante el año 2026

    En 2026, si no hay candidatos en listas, se puede solicitar personal sanitario y social directamente del Servicio Público de Empleo. La penalización dura 6 meses. Vigencia limitada a 2026.

  92. Disposición adicional tercera

    En 2026 se convocarán 311 plazas fijas discontinuas (68 jefes, 172 bomberos, 71 conductores) mediante concurso de méritos para reducir temporalidad.

  93. Disposición adicional cuarta — Adhesión al Sistema público de gestión de la biomasa de los terrenos rústicos incluidos en las redes de fajas secundarias de gestión de la biomasa

    Los ayuntamientos que no adhieran al sistema de gestión de biomasa o incumplan el convenio sufrirán una retención del 30% de su participación en el Fondo de Cooperación Local. La retención se devuelve al formalizar la adhesión o subsanar el incumplimiento.

  94. Disposición adicional quinta — Aplicación de la deducción por la adquisición de libros de texto y material escolar en la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas aplicable en el período impositivo 2025

    La deducción por libros y material escolar en 2025 aplica solo a facturas emitidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre. La acreditación requiere factura detallada y justificante de pago (tarjeta, transferencia, cheque, ingreso o plataformas electrónicas). En 2025 también se admite pago en metá.

  95. Disposición transitoria primera — Adjudicaciones de destinos con carácter provisional derivadas de la normativa modificada por esta ley

    Las adjudicaciones provisionales firmes previas a la Ley 5/2025 se regularizan. Se mantienen vigentes y deben convertirse en definitivas en 2 años. Si no, pasan a ser definitivas de pleno derecho. Se prioriza el concurso de traslados, luego nuevo ingreso y estabilización. Las resoluciones judiciales

  96. Disposición transitoria segunda — Régimen transitorio aplicable a las reclamaciones frente a las resoluciones en materia de información pública

    Las reclamaciones no resueltas antes del 1 mayo 2026 se resuelven según esta ley. Se crea una comisión paritaria antes del 15 enero 2026 para transferir funciones, concluyendo el 15 julio 2026.

  97. Disposición transitoria tercera — Atribución de competencias sancionadoras a la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

    La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística asume competencias sancionadoras en suelo urbano, rural y urbanizable salvo que el ayuntamiento comunique su decisión de mantenerlas en un mes desde la entrada en vigor.

  98. Disposición transitoria cuarta — Reasignación de medios al Consejo Consultivo de Galicia

    El Consejo Consultivo de Galicia reordena y reasigna medios personales y materiales al entrar en vigor la ley, para cumplir las funciones del Comisionado y la Comisión de la Transparencia.

  99. Disposición final primera — Modificaciones reglamentarias

    Las previsiones de 32 decretos (Medalla de Galicia, farmacia, sanidad, incendios, suelo, transporte, etc.) podrán modificarse mediante norma reglamentaria correspondiente.

  100. Disposición final segunda — Habilitación para el desarrollo normativo

    Se habilita al Consejo de la Xunta de Galicia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de esta ley.

  101. Disposición final tercera — Entrada en vigor

    La ley entra en vigor el 1 de enero de 2026. Excepciones: deducciones por libros y ELA desde el 1/1/2025; talidomida desde el 1/1/2023; exenciones por incendios 2025 desde el 28/7/2025; otros artículos fiscales desde el 28/7/2025; transparencia desde el 1/5/2026.

Información general

Tipo de ley
Ley
Vigencia
En vigor
Publicación
14 de febrero de 2026
Departamento
Comunidad Autónoma de Galicia

Notas oficiales

Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 3, el 1 de enero de 2026.

Publicada en el DOG núm. 252, de 31 de diciembre de 2025.

Leyes en las que se basa

  • el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril BOE-A-1981-9564
  • la disposición adicional, que se numera en 1 y AÑADE la disposición adicional 2 a la Ley 8/1987, de 25 de noviembre BOE-A-1988-3612
  • el art. 45 de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre BOE-A-1997-6015
  • los arts. 9 y 88 de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre BOE-A-1999-23410
  • los arts. 23, 30, los anexos 1, 2 y 3 y AÑADE el art. 12 bis a la Ley 6/2003, de 9 de diciembre BOE-A-2004-741
  • los arts. 22, 36 y 54 de la Ley 3/2007, de 9 de abril BOE-A-2007-10022
  • los arts. 33 y 43 de la Ley 4/2007, de 20 de abril BOE-A-2007-11323
  • los arts. 23, 30, 46 y AÑADE las secciones 1 y 2 al capítulo 1 del título VI de la Ley 3/2008, de 23 de mayo BOE-A-2008-11587
  • una disposición adicional a la Ley 7/2008, de 7 de julio BOE-A-2008-14097
  • el art. 51 y AÑADE la disposición adicional 5 a la Ley 8/2008, de 10 de julio BOE-A-2008-14134
  • el art. 100 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre BOE-A-2009-807
  • los arts. 27, 28, 29, 34, 35, 36, 40, las disposiciones adicional 3, transitoria 11, y la entrada en vigor, a 1 de enero de 2027, de los arts. 11 bis, 14 a 16, de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre BOE-A-2010-1708
  • los arts. 47, 53, la disposición adicional 18 y AÑADE la disposición adicional 19 a la Ley 9/2010, de 4 de noviembre BOE-A-2010-18559
  • la disposición adicional 8 a la Ley 4/2011, de 30 de junio BOE-A-2011-13121
  • 16, 17, 18, 32, la disposición adicional 4 y AÑADE los arts. 19, 20, 20 bis, 20 ter y 33 a la Ley 13/2010, de 17 de diciembre BOE-A-2011-1649
  • con los efectos indicados, los arts. 3, 5, 6, 8, 14, 15, 16, 17 y AÑADE el art. 12 al texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio BOE-A-2011-18161
  • el art. 42 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre BOE-A-2011-2544
  • determinados preceptos y AÑADE el art. 76 bis a la Ley 7/2012, de 28 de junio BOE-A-2012-11414
  • determinados preceptos y AÑADE las disposiciones adicionales 26, 27 y transitorias 10 y 11 a la Ley 8/2012, de 29 de junio BOE-A-2012-11415
  • los arts. 31, 32, 75, 81 y 82 de la Ley 2/2012, de 28 de marzo BOE-A-2012-5595
  • los arts. 51, 61, 62 y SUPRIME el art. 52 de la Ley 4/2013, de 30 de mayo BOE-A-2013-7477
  • los arts. 44, 45 bis, 47 y 61 de la Ley 8/2013, de 28 de junio BOE-A-2013-8086
  • el art. 35 quáter y AÑADE la disposición adicional 13 a la Ley 14/2013, de 26 de diciembre BOE-A-2014-1586
  • los arts. 40, 50 y AÑADE la disposición adicional 7 a la Ley 9/2013, de 19 de diciembre BOE-A-2014-883
  • los arts. 59, 70 y 85 de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre BOE-A-2014-887
  • determinados preceptos y AÑADE el art. 124 bis y las disposiciones adicionales 19 y 20 a la Ley 2/2015, de 29 de abril BOE-A-2015-5677
  • el art. 51 septies y la disposición adicional 6 y, con efectos desde el 1 de mayo de 2026, los arts. 28, 32, 33, 34, 35, 36 y la disposición adicional 5 de la Ley 1/2016, de 18 de enero BOE-A-2016-3190
  • determinados preceptos y AÑADE el art. 83 bis, las disposiciones adicional 5 y transitoria 11 a la Ley 2/2016, de 10 de febrero BOE-A-2016-3191
  • determinados preceptos y AÑADE el ar. 77 bis, las disposiciones adicional 14 y transitoria 10 a la Ley 5/2016, de 4 de mayo BOE-A-2016-5942
  • la disposición transitoria 4.1 de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre BOE-A-2018-1753
  • el art. 47.1 de la Ley 3/2019, de 2 de julio BOE-A-2019-13517
  • los arts. 25, 43, 49 y AÑADE el art. 42 bis a la Ley 4/2019, de 17 de julio BOE-A-2019-13518
  • los arts. 44, 46, 48, 60, 82 y AÑADE las disposiciones adicional 6 y transitoria 5 a la Ley 1/2019, de 22 de abril BOE-A-2019-7839
  • determinados preceptos, SUPRIME la disposición transitoria 2 y AÑADE las disposiciones adicionales 8, 9 y 10 a la Ley 11/2021, de 14 de mayo BOE-A-2021-10669
  • el art. 56 de la Ley 1/2021, de 8 de enero BOE-A-2021-4519
  • el art. 75.b) de la Ley 2/2021, de 8 de enero BOE-A-2021-4520
  • el art. 8 y SUPRIME la disposición final 2 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero BOE-A-2021-5136
  • el art. 47 y AÑADE la sección 3 al capítulo I del título III de la Ley 9/2021, de 25 de febrero BOE-A-2021-5210
  • los arts. 35, 43, 53 y 60 de la Ley 1/2022, de 12 de julio BOE-A-2022-18599
  • los arts. 1, 2 y PRORROGA, con los efectos señalados, lo indicado de la Ley 2/2022, de 6 de octubre BOE-A-2022-18600
  • los arts. 11, 24, 26, 30, 47 y AÑADE el art. 77 bis y la disposición transitoria 9 a la Ley 3/2022, de 18 de octubre BOE-A-2022-18601
  • los arts. 2, 14 y 26 de la Ley 3/2023, de 4 de julio BOE-A-2023-19355
  • los arts. 112, 128 y AÑADE las disposiciones adicionales 24 y 25 a la Ley 6/2023, de 2 de noviembre BOE-A-2023-24124
  • los arts. 32 y 39 de la Ley 10/2017, de 27 de diciembre BOE-A-2023-6377
  • el art. 36 de la Ley 10/2023, de 28 de diciembre BOE-A-2024-2777
  • el art. 112 bis a la Ley 1/2024, de 11 de enero BOE-A-2024-2778
  • los arts. 1, 4, 16, 18, 22, 30, 41 y el título del título IV de la Ley 2/2025, de 2 de abril BOE-A-2025-21026
  • los arts. 66, 67, 74, 77, la disposición final 3 y AÑADE el 67 bis a la Ley 5/2024, de 27 de diciembre BOE-A-2025-2145
  • los arts. 8 y 15 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre BOE-A-2025-2146
  • la disposición adicional 5 a la Ley 2/2024, de 7 de noviembre BOE-A-2025-237
  • los arts. 3 y 13 de la Ley 3/2024, de 5 de diciembre BOE-A-2025-590
  • los arts. 68, 80, 89, 97, 101, 104 y AÑADE los arts. 105, 106 y las disposiciones adicionales 10 y 11 al texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero DOG-g-2015-90508

Leyes que la modifican

  • con efectos desde el 1 de enero de 2025, la disposición adicional 5, por Ley 2/2026, de 27 de febrero BOE-A-2026-7044
  • en DOG núm. 20 de 30 de enero de 2026 DOG-g-2026-90015
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