Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación
También conocida como: RDL 8/2022, RDL 8/22Esta norma facilita la contratación indefinida de investigadores para mejorar la estabilidad laboral en el ámbito de la ciencia y la tecnología.
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El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Qué ha cambiado
Esta ley no tiene modificaciones registradas desde su publicación.
Artículo por artículo
Qué dice cada artículo, en lenguaje sencillo (7 artículos con resumen).Pulsa en un artículo para leer su texto oficial en el BOE.
Artículo primero — Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
Se modifica la Ley 14/2011 de la Ciencia introduciendo nuevos artículos 23 bis y 32 bis, y modificando los apartados 3, 4 y 5 de la disposición adicional primera.
Artículo segundo — Modificación de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación biomédica
Se introduce un nuevo apartado 5 en el artículo 85 de la Ley 14/2007 de investigación biomédica.
Disposición transitoria única — Régimen aplicable a determinadas modalidades de contratación para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación
Los contratos indefinidos para investigación aplican el art. 23 bis de la Ley 14/2011. Los contratos derivados de procesos selectivos iniciados antes de la entrada en vigor del real decreto-ley también aplican dicho régimen.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se derogan disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al real decreto-ley, especialmente el apartado 2 de la disposición adicional vigesimotercera de la Ley 14/2011.
Disposición final primera
Se modifica el artículo 1 del Real Decreto-ley 8/2021, que regula medidas urgentes tras la finalización del estado de alarma por el SARS-CoV-2.
Disposición final segunda — Título competencial
El real decreto-ley se basa en la competencia estatal sobre legislación laboral (art. 149.1.7.ª CE), excepto el artículo segundo y la disposición final primera, basados en sanidad (art. 149.1.16.ª CE).
Disposición final tercera — Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril, sobre contratación laboral en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Temas
Leyes en las que se basa
- el art. 85 de la Ley 14/2007, de 3 de julio BOE-A-2007-12945
- la disposición adicional 23.2, MODIFICA la disposición adicional 1 y AÑADE los arts. 23 bis y 32 bis a la Ley 14/2011, de 1 de junio BOE-A-2011-9617
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre BOE-A-2021-21788
- el art. 1 del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo BOE-A-2021-7351
Leyes que la modifican
- por Resolución de 28 de abril de 2022 BOE-A-2022-7314
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