Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil
También conocida como: O 576/2021, O 576/21Esta norma regula los estudios y la evaluación que deben superar los alumnos para convertirse en cabos y guardias de la Guardia Civil.
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Artículo 1 — Objeto
La orden regula el plan de estudios y las normas de evaluación, progreso y permanencia para la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
El plan de estudios de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil es de aplicación al alumnado que curse dicha enseñanza.
Artículo 3 — Centros docentes de formación
La formación se imparte en la Academia de Guardias y el Colegio de Guardias Jóvenes. Algunas materias pueden impartirse en universidades o instituciones civiles o militares.
Artículo 4 — La Junta Docente
Se constituye una Junta Docente para asuntos de enseñanza, según determinen los directores. Su composición y funciones se rigen por las normas de organización de los centros. Las propuestas de la Junta se elevan a los directores para su resolución.
Artículo 5 — Convalidación de módulos, materias y asignaturas
Se pueden convalidar módulos previos solicitándolo al director. La Junta Docente valora similitud de contenido y horas. La Jefatura de Estudios gestiona el reconocimiento. La convalidación no exime de asistir a las clases de las asignaturas reconocidas.
Artículo 6 — Perfil profesional a alcanzar en el primer empleo
El guardia civil ejerce funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes desde su primer empleo. Debe seguir el código de conducta y valores del Cuerpo. La formación integral permite una visión global para desempeñar correctamente las funciones asignadas.
Artículo 7 — Objetivo general del plan de estudios
El plan de estudios busca proporcionar competencias para proteger derechos y garantizar la seguridad ciudadana. El guardia civil cumple las funciones y misiones asignadas por la ley, siguiendo las directrices y procedimientos del Cuerpo de la Guardia Civil.
Artículo 8 — Fines del plan de estudios
El plan de estudios forma a Cabos y Guardias en conocimientos teórico-prácticos y competencias profesionales y militares. Integra la formación humana según el código de conducta, la Ley Orgánica 2/1986, la Ley Orgánica 11/2007 y las Reales Ordenanzas.
Artículo 9 — Duración, estructura y carga lectiva
La formación dura dos cursos académicos con 2416 horas lectivas. El primer curso es presencial (1141 horas, incluye 396 horas de Instrucción y Adiestramiento). El segundo curso (1275 horas) se realiza mediante el módulo de Servicio Operativo.
Artículo 10 — Periodo de orientación y adaptación
Al inicio del primer curso, en Instrucción y Adiestramiento, existe un periodo de orientación y adaptación. Su duración se fija en la convocatoria de ingreso y su contenido en el programa de estudios.
Artículo 11 — Distribución de la carga lectiva
Primer curso: máx. 44 semanas. Segundo curso: 40 semanas (1020 horas prácticas, 255 a distancia). Máx. 35 horas lectivas semanales. Lectivos: lunes a viernes, excepcionalmente fines de semana. La carga de Instrucción se computa en días, semanas u horas.
Artículo 12 — Programa de estudios
Anualmente, el Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil aprueba el programa de estudios, que debe incluir el calendario de actividades para la formación de Cabos y Guardias.
Artículo 13 — Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a distancia
Alumnado embarazado o con circunstancias especiales puede solicitar asignaturas del anexo III a distancia. La Junta Docente valora y eleva parecer al Director. El Jefe de Enseñanza puede disponerlas por seguridad o salud.
Artículo 14 — Actividades extraescolares
Los centros docentes pueden establecer actividades extraescolares para ampliar la oferta académica y cultural, de acuerdo con el régimen general del alumnado.
Artículo 15 — Diseño por competencias
Para superar el plan, el alumnado debe adquirir una competencia general y 16 específicas (CE-1 a CE-16). Estas incluyen valores militares, resolución creativa, conocimiento normativo, legislación de seguridad, proceso penal, mando, medios materiales, fronteras UE, TIC, inglés, prevención de riesgos, policía administrativa, comunicación, protección de vulnerables y derechos humanos.
Artículo 16 — Resultados de aprendizaje, criterios de evaluación, módulos, asignaturas y contenidos
La formación incluye 7 módulos: Militar, Jurídicos, Organización, Investigación, Inglés (nivel A2), Instrucción y Servicio Operativo. El primer curso tiene 14 asignaturas (ej. 120h Inglés, 246h Instrucción). El segundo curso consolida conocimientos (255h) y prácticas en unidad (1020h).
Artículo 17 — Actividades de instrucción y adiestramiento
La instrucción y el servicio operativo integran prácticas de mando. El módulo de Instrucción se imparte en el primer curso con ejercicios prácticos. El de Servicio Operativo se realiza en el segundo curso, en la unidad de prácticas asignada, desarrollándose totalmente en ella.
Artículo 18 — Idiomas
Se requiere nivel A2 de inglés. El alumnado puede realizar pruebas de competencia lingüística o impartir asignaturas en inglés para promover su aprendizaje.
Artículo 19 — Informe Personal del Alumno
Se elabora un Informe Personal del Alumno evaluando cualidades profesionales. Una segunda evaluación negativa inicia expediente de baja.
Artículo 20 — Evaluación
La evaluación es continua y contribuye al aprendizaje. Se verifica mediante calificaciones e IPA. El método y condiciones de cada materia figuran en el programa de estudios, aprobado por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza.
Artículo 21 — Convocatorias
Se establecen 4 convocatorias máximas (excepto Instrucción y Servicio Operativo). Se superan por evaluación continua, examen final o repetición de curso. Agotarlas implica la baja.
Artículo 22 — Dispensa de convocatoria
El Director, con parecer de la Junta Docente, puede dispensar convocatorias por enfermedad acreditada, circunstancias excepcionales u otras causas valoradas.
Artículo 23 — Calificación académica, ponderada, final y ordenación del alumnado
La calificación final pondera según la convocatoria (coef. 1 a 0,70). Las asignaturas reconocidas valen 5 o 'apto'. La Dirección General fija criterios para la ordenación.
Artículo 24 — Revisión de calificaciones
Se puede solicitar revisión al profesor en 5 días hábiles. Si no se está conforme, cabe recurso ante el Jefe del departamento afectado en los plazos establecidos.
Artículo 25 — Opciones de mejora
Se permite mejorar la nota de evaluación continua mediante prueba, salvo en módulos prácticos o asignaturas reconocidas. La nota final será la mejor obtenida.
Artículo 26 — Progreso en el plan de estudios o permanencia en un curso
Se progresa al 2º curso si se superan todos los módulos del 1º. Si no, se repite el curso evaluando todo, manteniendo la mejor nota. Se permanece si falta al 30% de Instrucción y Servicio Operativo.
Artículo 27 — Permanencia y baja en el centro docente de formación
El alumnado permanece en el centro si progresa o repite curso. Causa baja por las circunstancias del régimen del alumnado de la Guardia Civil.
Artículo 28 — Plazos para superar el plan de estudios
El alumnado debe superar la formación en 3 cursos académicos. Si se repite un curso por accidente, lesión grave o enfermedad acreditada ante los Servicios Médicos, el plazo se amplía un año más. No superar el plan en estos plazos causa baja en el centro de formación.
Artículo 29 — Sistemas de integración en una única clasificación final
La clasificación final se ordena de forma descendente según puntuación típica (nota final menos media dividida por desviación típica). En caso de empate, se prioriza al alumno de mayor edad. La resolución de incorporación tiene fecha única para todos.
Artículo 30 — Evaluación de las asignaturas del módulo Instrucción y Adiestramiento
Máximo 2 convocatorias para Instrucción y Adiestramiento (excl. Formación Física). Se evalúa por continua o examen. Falta al 30% implica no superar. Agotar convocatorias causa baja.
Artículo 31 — Evaluación de la asignatura de Formación Física
Formación Física: marcas mínimas obligatorias. Máx. 4 convocatorias. Se evalúa al menos 2 veces en curso. Si no supera, prueba extraordinaria (2ª). Si falla, repite curso (3ª y 4ª).
Artículo 32 — Evaluación de las asignaturas del módulo Servicio Operativo
El módulo Servicio Operativo tiene 2 convocatorias: continua en 2º curso y repetición de curso. Prácticas se evalúan por observación. Consolidación requiere horas a distancia. La nota es apto/no apto. No apto implica repetir curso con tutor nuevo. No superar módulo tras 2 convocatorias causa baja.
Disposición adicional primera — Protección de la maternidad
La protección de la maternidad en esta orden se regula conforme al Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.
Disposición adicional segunda — Empleo de Guardia Civil Alumno
Al ser nombrados alumnos, se les concede el empleo de Guardia Civil Alumno con carácter eventual, solo para efectos académicos, de prácticas y retributivos, según el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.
Disposición adicional tercera — Continuación en unidades de prácticas
Tras finalizar el periodo de prácticas en Unidades, el alumnado permanece en ellas hasta obtener su primer destino tras ingresar en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Disposición transitoria primera — Aplicación del plan de estudios de formación
El nuevo plan de estudios se aplica al alumnado ingresado desde el inicio del curso académico 2021/2022.
Disposición transitoria segunda — Repetición de curso
Quienes no progresen bajo el plan anterior deben cursar las materias de esta orden e integrarse en la promoción siguiente, cumpliendo los requisitos de acceso.
Disposición transitoria tercera — Extinción de los planes de estudios
El plan de estudios anterior queda extinguido curso por curso académico una vez en vigor esta orden.
Disposición derogatoria única — Derogación normativa
Se deroga la Orden PRE/1478/2006 y las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a esta orden.
Disposición final primera — Facultad de desarrollo
Se autoriza a la Dirección General de la Guardia Civil a dictar instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta orden.
Disposición final segunda — Entrada en vigor
La Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Información general
Leyes en las que se basa
- la Orden PRE/1478/2006, de 5 de mayo BOE-A-2006-8580
- Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio BOE-A-2011-13118
- la Ley 29/2014, de 28 de noviembre BOE-A-2014-12408
- el Reglamento aprobado por Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo BOE-A-2018-3764
- Real Decreto 935/2020, de 27 de octubre BOE-A-2020-13025
Leyes que la modifican
- el art. 13.3, por Orden PJC/598/2025, de 9 de junio BOE-A-2025-11787
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